DERECHO PROCESAL PENAL TEMAS 37 A 43

TEMA 37.- RÉGIMEN GENERAL, RECURSOS NO DEVOLUTIVOS Y DEVOLUTIVOS

37.1.- LOS RECURSOS: CONCEPTO Y SISTEMATIZACIÓN
  • Medios de impugnación o recursos
    • Actos postulación perjudicado por Resolución Judicial
      • A fin mismo órgano que lo dictó u órgano jurisdiccional superior
        • Anule Resolución
          • Sustitución por otra
            • Aplicando Derecho
              • Acceda a petición parte recurrente
  • Recursos penales
    • Devolutivos
      • Conoce de ellos órgano jurisdiccional superior
        • Apelación, casación y queja
    • No devolutivos
      • Conoce de ellos propio órgano que dictó Resolución impugnada
        • Reforma, súplica, revisión y nulidad
  • Facultades enjuiciamiento órgano superior (ad quem) y carácter tasado o no motivos impugnación recursos
    • Ordinarios
      • Órgano ad quem misma situación que órgano judicial autor resolución impugnada a quo
        • Facultado conocer vicios procesales (defectos in procedendo)
        • Vicios materiales o errores enjuiciamiento valoración prueba
        • Aplicación Derecho Penal (vicios in iudicando)
      • Reforma, súplica, aplicación, queja
    • Extraordinarios
      • Facultan a Tribunal a revisar corrección aplicación Derecho efectuada por órgano instancia y tasados motivos LECrim
      • Apelación contra Sentencias Tribunal Jurado
      • Recurso casación ante TS
      • Recurso nulidad Sentencia
      • Recurso amparo ante TC
    • Medios rescisión cosa juzgada
      • Tasados motivos impugnación
      • Sólo procedentes contra Sentencias firmes
      • Recurso de revisión y recurso de audiencia al rebelde


37.2.- PRESUPUESTOS PROCESALES
  • Presupuestos procesales que condicionan admisibilidad recursos
    • Comunes
      • Gravamen
      • Conducción procesal
    • Especiales o requisitos concurrencia ejercicios medios impugnación extraordinarios
      • Exigencia prestar depósito o caución para interposición determinados recursos (art. 875 LECrim)
    • Incumplimiento requisitos
      • Resolución inadmisión recurso
        • Y firmeza Resolución recurrida


37.2.1.- COMUNES
  • El gravamen
    • Desajuste pretensión - fallo
      • Fallo perjuicio material o moral
        • Si no gravamen  no interés o legitimación para recurrir
    • Lo ocasiona la parte dispositiva de la sentencia (se erige en objeto de recurso)
      • Y no la declaración de hechos probados o el fundamento jurídico
        • Aunque fueran incorrectos
          • No generan gravamen
            • No se pueden recurrir
  • El derecho de conducción procesal
    • Uso recursos
      • Haber sido gravado por resolución judicial
      • Estátus parte procesal, con independencia posición que ocupe
        • No reclamable para objeto procesal penal
          • En nuestro ordenamiento se prohiben sentencias en ausencia física acusado
            • Y si se autoriza condenados rebeldes y contumaces pueden ejercitar medios rescisión cosa juzgada
              • Incluido recurso amparo si hubieran sido condenados sin posibilidad ejercer defensa alguna
        • Si reclamable en personación acusadores particulares y privados, y al objeto procesal civil
          • Impidiendo que puedan recurrir los que no se constituyeron en parte formal en instancia
            • Salvo supuestos litisconsorcio pasivo necesario responsables civiles

37.2.2.- ESPECIALES
  • El depósito del acusador popular
    • Carácter previo a interposición recurso
      • 25 euros recurso reposición
      • 30 euros recurso queja
      • 50 euros demás
    • En notificación Resolución debe informarse del depósito, bajo sanción inadmisión recurso
    • Efectuar en entidad financiera habilitada
      • O Cuenta Depósitos y Consignaciones órgano jurisdiccional
        • Carácter previo a interposición recursos no devolutivos
          • O anuncios no devolutivos
    • Presupuesto procesal sanable
      • Si incurriera en defecto, omisión o error, plazo dos días subsanación
        • Principio subsanación actos irregulares (art. 231 LEC)
  • El depósito de las partes privadas en el recurso de casación
    • Art. 875 LECrim
      • Cuando recurrente en recurso extraordinario casación fuera acusador privado, y delito perseguible de oficio
        • Satisfacer
          • Delito perseguible de oficio 72 euros
          • Delito perseguible a instancia de parte  36 euros
          • Delito interpuesto por actor civil  45 euros

37.3.- EFECTOS
  • Proceso penal interposición recurso
    • Efecto devolutivo
      • Recursos apelación, queja y casación conoce órgano judicial distinto jerárquicamente superior
    • Efecto suspensivo
      • Taxativos supuestos
        • Resoluciones interlocutorias LECrim
        • Sentencias
      • Suspensión efectos Resolución impugnada
        • LECrim sólo asocia efecto devolutivo a la interposición recursos
          • Necesidad precepto que disponga que interposición recurso contra Resolución opera en doble efecto
            • Si sólo concede interposición en un sólo efecto
              • No produce efectos suspensivos
    • (Efecto extensivo)
      • Obedece a postulados
        • Justicia material
        • Valor preponderante libertad
      • Cuando sea recurrente procesado, nueva sentencia aprovechará a los demás en lo que les fuere favorable
        • Siempre que se encuentren en misma situación que recurrente
          • Y aplicables motivos alegados por los que se declare casación sentencia
            • No perjudicar lo que les fuere adverso (art. 903 LECrim)

37.4.- LOS RECURSOS NO DEVOLUTIVOS

37.4.1.- EL RECURSO DE REFORMA: CONCEPTO Y NOTAS ESENCIALES
  • Medio impugnación ordinario
    • No devolutivo
    • Con carácter general no suspensivo
    • Procede contra resoluciones interlocutorias dictadas por órgano unipersonal
      • Interposición se erige
        • Sumario ordinario
          • Presupuesto admisibilidad recursos devolutivos
    • Procede contra Autos y Providencias dictadas por órganos jurisdiccionales personales
      • Que resuelvan puntos sustanciales o no mera tramitación
        • Interposición ante mismo Juzgado que dictó Resolución impugnada
          • 3 días posteriores a notificación Resolución
            • Escrito concentración alegaciones, firma Abogado
              • Juez da traslado a demás partes
                • Eventual impugnación
                  • Resolución Recurso en forma Auto
                    • Resolución todas cuestiones planteadas
                    • Si desestimatorio
                      • Informará sobre recursos
                      • Decisión admisión recurso apelación interpuesto subsidiariamente

37.4.2.- EL RECURSO DE SÚPLICA
  • Misma tramitación que recurso reforma
    • Régimen resoluciones recurribles
      • Recurso reforma procede contra Autos y Providencias dictados por órganos unipersonales
        • Recurso súplica sólo admisible frente autos dictados por órganos colegiados

37.5.- LA IMPUGNACIÓN DE LAS DILIGENCIAS DE ORDENACIÓN
  • Contra diligencias ordenación no definitivas
    • Cabe interponer
      • Sin necesidad satisfacer caución
        • Recurso reposición ante LAJ
          • Excepto casos que Ley prevea recurso revisión
            • Si se trata de Decreto
              • Recurso reposición sólo procedente si exceptuado interposición recurso revisión
          • Interpuesto con firma Letrado
          • Tantas copias como partes personadas
          • Expresará presunta infracción en que Resolución hubiera incurrido
          • LAJ traslado a MF y demás partes
            • Plazo común 2 días
              • Resolución mediante Decreto
                • No cabe interposición recurso 

37.6.- EL RECURSO DE APELACIÓN

37.6.1.- FUENTES LEGALES
  • Distintos regímenes recurso apelación según naturaleza procedimiento
    • Régimen general recurso apelación aplicable contra resoluciones interlocutorias Juez Instrucción (sumario ordinario)
      • Con carácter subsidiario en demás procedimientos
        • Importantes especialidades ámbito procedimiento abreviado art. 766 LECrim
    • Recurso apelación contra Sentencias Jueces Penal procedimiento abreviado arts. 790 - 792 LECrim
      • Aplicación Sentencias Juzgados Penal ámbito enjuiciamiento rápido delitos
        • Y Juzgados Instrucción juicios delitos leves
          • Y recursos frente Autos y Sentencias AP o Sala Penal AN primera instancia
    • Recurso apelación frente Sentencias y Autos Magistrado Presidente Tribunal Jurado, en ámbito AP primera instancia
  • Art. 846 ter agilización justicia penal y fortalecimiento garantías procesales
    • Autos finalización proceso por falta jurisdicción o sobreseimiento libre y sentencias dictadas AP o Sala Penal AN primera instancia recurribles en apelación ante Salas Civil y Penal TSJ territorio y ante Sala Apelación AN  que resolverán apelaciones sentencia.
    • Salas Civil y Penal TSJ y Sala Penal AN se constituirán con 3 Magistrados para conocimientos recurso apelación.
    • Recursos apelación contra resoluciones previstas se regirán por arts. 790 - 792 Ley
      • Referencias Juzgados Penal = órgano dictado resolución recurrida
      • Referencias Audiencia = órgano competente conocimiento recurso

37.6.2.- EL RECURSO DE APELACIÓN FRENTE A RESOLUCIONES INTERLOCUTORIAS
  • El procedimiento ordinario
    • Medio impugnación ordinario, devolutivo y generalmente no suspensivo
    • Subsidiario recurso reforma
      • Admisión condicionada a previa interposición y desestimación recurso reforma
    • Opera en un solo efecto
      • No suspende efectos resolución impugnada
    • Procede frente Autos dictados por órganos instructores causas penales
    • Hace posible que otro órgano superior jerárquico enjuicie de manera global decisiones Jueces y Magistrados instructores
      • Órgano ad quem competente conocimiento causa en juicio oral
        • Juzgado Penal ó AP
    • Juez Instrucción autor Resolución impugnada
      • Conocimiento fase interposición y admisión recurso
    • AP, AN, Sala Civil y Penal TSJ
      • Instrucción, vista y resolución recurso
    • Actuaciones ante Juez Instrucción que dictó Resolución
      • Interposición plazo 5 días contados desde siguiente a notificación
      • Escrito autorizado con firma Abogado
      • Interposición
        • Contra Auto desestimación recurso reforma
          • O junto recurso reforma con carácter subsidiario
        • Juez Instrucción comprueba presupuestos procesales que condicionan admisibilidad recursos
          • Admisión en uno o ambos efectos
            • Si admisión en ambos efectos
              • LAJ  remitirá Autos originales al Tribunal que deba conocer apelación
                • Emplazará a partes para comparecer en plazo 
                  • 15 días TS
                  • 10 días TSJ ó AP
            • Si admisión en un solo efecto
              • Juez en resolución admisoria
                • Mandará expedir testimonio
                  • Para remisión a AP Auto recurrido en reforma, escrito interposición recurso, Auto apelado y particulares considerados necesarios
                    • 2 días tras resolución admisoria, MF y apelante podrán solicitar añadir particulares omitidos que consideren interés
                    • Completados testimonios se emplazará a partes para que en el plazo 15 días comparecer ante Tribunal que haya de reconocer recurso
    • Actuaciones ante Audiencia o ante el TSJ
      • Emplazamiento partes ... LAJ vista causa para Instrucción
      • Recepción Autos Tribunal competente
        • Si en término emplazamiento no personado apelante
          • LAJ Decreto oficio desierto recurso
            • Comunicación inmediata certificación Juez
              • Devolución Autos originales si recurso admitido en ambos efectos
            • Cabe contra este Decreto recurso revisión
      • Si no comparecen partes apeladas
        • Precluirá derecho a conocimiento testimonio
          • Sin perjuicio comparecencia en vista para sostener pretensión
      • LAJ señalará día celebración vista
        • MF y defensa partes información conveniente a derecho y presentar documentos funden pretensión
      • Tras Vista
        • Tribunal resolverá Auto
          • No cabe interposición recurso alguno
  • El procedimiento abreviado
    • Recurso apelación puede interponerse sin haber interpuesto previamente reforma
      • No excluye posibilidad presentarlo subsidiariamente al de reforma
    • Concentración
      • Razones economía
        • Interposición y alegaciones en escrito interposición
        • Incluir motivos recurso sin limitación alguna (naturaleza recurso ordinario)
          • Señalar particulares testimoniables
            • Acompañar documentos justificativos peticiones formuladas (art. 766.3 LECrim)
    • Si recurso apelación interpuesto subsidiariamente con el de reforma
      • Y el de reforma total o parcialmente desestimado
        • Antes de traslado a demás partes personadas
          • LAJ concederá a apelante posibilidad alegaciones y documentos justificativos pretensiones (art. 766.4)
    • Admitido a trámite recurso
      • LAJ dará traslado a demás partes personadas
        • Plazo 5 días alegaciones, señalar particulares testimoniables y documentos justificativos pretensiones
          • Remisión testimonio particulares señalados a AP
            • Sin más trámites resolverá en 5 días siguientes
              • Ausencia celebración vista
                • Excepciones
                  • Auto recurrido en apelación acordado prisión provisional algún imputado, y apelante solicitado celebración vista
                  • Resolución pronunciamiento medidas cautelares
                    • Vista no carácter preceptiva, sino potestativo
                  • LAJ señalará vista 10 días siguientes a recepción causa en AP

37.6.3.- EL RECURSO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIAS DICTADAS EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO, JUICIOS RÁPIDOS Y POR DELITOS LEVES
  • Fuentes y notas esenciales
    • Frente Sentencias Juzgado Penal (procedimiento abreviado, juicios rápidos) o Juzgado Instrucción (juicios delitos leves)
      • Ante AP
    • Sentencias Juez Central Penal
      • Ante Sala Penal AN
    • Doble efecto
      • Impide ejecución provisional fallo
  • Procedimiento
    • Presupuestos
      • Si pretensión restablecer garantía procesal o vicio in procedendo resolución interlocutoria
        • Necesario ejercicio previo recurso reforma
          • Art. 790.2 exige petición subsanación falta o infracción en primera instancia
      • Si se denegó práctica medio prueba
        • Protesta para conseguir práctica dicho medio en segunda instancia
    • Interposición
      • Escrito autorizado con firma Abogado y Procurador
        • Dentro 10 días siguientes a notificación Sentencia
          • Durante periodo actuaciones en Oficina Judicial a disposición partes
            • En plazo 3 días siguientes a notificación sentencia
              • Solicitud copia soportes grabación sesiones (suspensión plazo interposición recurso)
        • Concentrar totalidad alegaciones, y en su caso solicitar práctica prueba
          • Prueba en segunda instancia restringida
            • Sólo las que recurrente no pudo proponer en primera instancia, propuestas indebidamente denegadas y admitidas no practicadas por causas no imputables
          • Si recurso denuncia infracción normas o garantías procesales
            • Determinar normas infringidas
    • Admisión
      • Interpuesto recurso Juez decidirá admisión
        • Si apreciara concurrencia defecto subsanable
          • Concesión a recurrente plazo no superior a tres días para subsanación
      • Admitido recurso
        • LAJ traslado a partes
          • Plazo 10 días escrito alegaciones
            • Posible solicitar práctica prueba
        • Presentadas alegaciones o precluido plazo para presentación
          • LAJ traslado a partes
            • Impugnar adhesión en plazo dos días
              • LAJ elevará a AP Autos originales con escritos presentados
    • Vista
      • Concentración alegaciones en escrito interposición
        • Hace innecesaria reproducción oral
      • Sólo procedente si escritos interposición o alegaciones contienen proposición prueba, o reproducción grabaciones
        • Y es admitida por Tribunal
          • LAJ señalará día para Vista
            • Partes tras práctica prueba y reproducción grabaciones otra oportunidad de presentar oralmente alegaciones
      • También celebración vista
        • De oficio o a instancia parte
          • La estime Tribunal para correcta formación convicción fundada
    • Sentencia de Apelación
      • Fundamento recurso error hecho en valoración prueba o infracción ley sustantiva (in iudicando)
        • Dictar nuevo pronunciamento sobre objeto procesal
      • Fundamento recurso infracción algún vicio (in procedendo)
        • Tribunal anulará actuaciones de las que se derive el vicio
      • Comunicación a ofendidos y perjudicados por delito
        • Aunque no se hayan mostrado parte en causa
      • Contra Sentencia dictada en apelación
        • Sólo cabe recurso casación
          • O medios de rescisión cosa juzgada
            • O incidente nulidad Sentencia

37.7.- EL RECURSO DE APELACIÓN EN EL PROCESO PENAL ANTE EL TRIBUNAL DEL JURADO
  • Recurso extraordinario, devolutivo, y en ocasiones suspensivo
  • Procede frente Sentencias y Autos dictados por Magistrado - Presidente Tribunal Jurado
    • Consecución invocando motivos tasados art. 846 bis c LECrim
      • Segundo pronunciamento judicial frente objeto procesal
      • Retroacción actuaciones momento comisión infracción normas o garantías procesales invocadas
  • Carácter tasado
    • Recurso extraordinario
      • Más restrictivo que casación
        • No contempla error de hecho en la valoración de la prueba art. 849.2
          • Al haber instaurado legislador modelo anglosajón Jurado que contesta con monosílabos a preguntas Presidente
            • Imposibilitado explicitar razonamiento prueba
              • No puede Tribunal ad quem revisar valoración en conciencia

37.8.- EL RECURSO DE REVISIÓN CONTRA LOS DECRETOS
  • Recurso devolutivo, no suspensivo
  • Opera contra Decretos autorizados por LECrim
  • Interposición ante Juez o Tribunal ante el que está transcurriendo el procedimiento
    • No necesidad interposición caución
    • Firma Letrado y tantas copias como partes personadas
    • Hacer constar supuesta infracción cometida
    • Admitido a trámite
      • LAJ dará traslado a MF y demás partes
        • Alegaciones escritas 2 días
          • Transcurrido plazo Juez o Tribunal dictará Resolución
            • No cabe recurso alguno


TEMA 38.- LOS RECURSOS EXTRAORDINARIOS

38.1.- LOS RECURSOS EXTRAORDINARIOS
  • Tasadas resoluciones impugnables, y motivos impugnación
    • Finalidad esencial obtener aplicación Derecho por parte Tribunales ordinarios
      • Recursos extraordinarios
        • Casación
        • Nulidad Sentencia
        • Recurso constitucional amparo
      • Medios rescisión cosa juzgada
        • Procedente contra Sentencias firmes
          • También tasados motivos impugnación
            • Dirigidos única y exclusivamente aplicar valor justicia al caso concreto

38.2.- EL RECURSO DE CASACIÓN

38.2.1.- CONCEPTO Y FUNCIONES
  • Recurso casación es un recurso extraordinario
    • Conoce Sala Penal TS
      • Pretende anulación por vulneración ley procesal o material
        • Sentencias y Autos dictados por AP
  • Función casación
    • Aplicación Ley
      • A partir interpretación normas materiales y procesales TS
        • Emisión doctrina legal
          • Uniforme
            • Garantía aplicación igualitaria en todo territorio nacional
            • Emisión doctrina legal
              • Dota de seguridad jurídica a ordenamiento
            • Impide vulneración principio constitucional igualdad en aplicación art. 14 CE
  • En ordenamiento procesal español no instaurado derecho doble instancia
    • Derecho condenado apelación Sentencias dimanantes AP
      • Compensación ausencia legal
        • Impropio motivo casación error hecho en apreciación prueba (art. 849.2)
          • Encierra motivo apelación vs casación
            • Interpretación restrictiva

38.2.2.- RESOLUCIONES RECURRIBLES (art. 847 LECrim)
  • Infracción ley y quebrantamiento forma
    • Sentencias única instancia o apelación Sala Civil y Penal TSJ
    • Sentencias Sala Apelación AN
  • Infracción ley motivo art. 849.1 contra sentencias apelación AP y Sala Penal AN
  • SÓLO SENTENCIAS SALA APELACIÓN AN ÚNICA INSTANCIA RECURRIBLES EN CASACIÓN
    • INFRACCIÓN LEY
    • QUEBRANTAMIENTO FORMA
  • Sentencias AP y apelación AN
    • Sólo recurribles por motivo infracción ley
      • Sala Penal TS podrá unificar jurisprudencia en interpretación normas penales
        • Conocen Juzgados Penal 1ª instancia
          • Susceptibles apelación AP (mayoría)
            • Contra sentencias apelación AP
              • Interposición recurso casación por infracción ley
                • Permite TS unificar doctrina
                  • Garantiza principio igualdad ante Ley Penal en todo territorio nacional
    • Quedan exceptuadas Sentencias que declaran nulidad sentencias recaídas en primera instancia (art. 847.2)
      • Se se declara nulidad
        • No hay gravamen para recurrir
    • Recurso infracción ley contra sentencias AP y apelación AN
      • Inadmisión a trámite recurso casación por infracción ley
        • Acuerdo Providencia sucinta motivación si unanimidad carencia interés casacional
    • Art. 848 LECrim
      • Recurso casación por infracción Ley
        • Autos ley expresamente autorice y Autos definitivos apelación AP o Sala Penal AN
          • Finalización proceso falta jurisdicción o sobreseimiento libre
            • Y causa dirigido contra sujeto pasivo
              • Mediante Resolución judicial que suponga imputación fundada
                • Necesidad alguien procesado como culpable
                  • Y jurisprudencia incorpora exigencia dictada procedimientos competencia AP y AN (delitos graves)
                  • Contra Autos sobreseimiento procedimiento abreviado delitos leves y menos graves competencia Juzgados Penal
                    • No cabe interposición recurso casación

38.2.3.- LEGITIMACIÓN
  • Art. 854 LECrim
    • Interposición recurso casación
      • MF, partes juicios criminales, condenados en sentencia y herederos
        • Actores civiles no podrán interponer recurso sino afectar restituciones, reparaciones e indemnizaciones reclamadas
          • MF (parte imparcial defensora legalidad)
            • Legitimado para recurrir aunque no producido gravamen
              • También legitimadas partes penales personadas
                • Y herederos
                  • Condenado fallecido, heredero no puede recurrir, ya que muerte causa extinción responsabilidad penal
                  • Acusadores privados, herederos legitimación segundo grado o producción gravamen Sentencia
  • Acusador popular satisfacción caución 50 euros con carácter previo anuncio interposición
  • Condenados no parte
    • Hipotético supuesto autores delito conexo aparejada pena privativa libertad inferior a dos años
      • Ordenamiento no permite condena en rebeldía
  • Actor civil sólo puede impugnar en casación fallo civil Sentencia Penal
    • Igual que responsable civil LECrim silencio
      • Jurisprudencia TC y TS responsable civil subsidiario puede impugnar fallo penal en casación
        • Si no existe delito, tampoco nace responsabilidad civil
          • Le legitima para discutir fuente obligación

38.2.4.- MOTIVOS DE CASACIÓN
  • Naturaleza recurso extraordinario casación tasados motivos
  • Infracción precepto constitucional
    • Evitar formalista y jurisprudencia TS recaída sobre los clásicos motivos casación
      • Inadmisión a limine recurso
        • Ante concurso leyes constitucional y procesal
  • Casación por infracción Ley (art. 849 in iudicando)
    • Infracción norma sustantiva material
      • Hechos declarados probados en resoluciones artículos anteriores
        • Infringidos precepto penal carácter sustantivo u otra norma jurídica que deba ser observada en aplicación Ley Penal.
      • Norma sustantiva = norma material aplicable al hecho declarado probado
        • TS no puede cambiar ni modificar declaración hechos probados 
        • Norma material = norma CP infringida en tipos penales perfectos
          • Alcanzando imperfectos a cuestiones prejudiciales
            • Valoración necesaria para integración tipo
    • Error en valoración prueba
      • Cuando error en apreciación prueba, basado documentos Autos, equivocación juzgador sin resultar contradichos por otros elementos probatorios
        • Error precepto de hecho vs derecho
          • En proceso penal rige sistema libre valoración
          • TS interpretación restrictiva
            • Relevancia error
              • Si existe pero error no repercusión fallo
                • No prosperará motivo
            • Determinación documentos y designación particulares fundamento motivos
            • Literosuficiencia documento
              • Basta por sí mismo para llegar a conclusión acreditativa que se pretende
                • Sin necesidad acudir a otras fuentes probatorias
            • Eficacia probatoria no desvirtuada ni contradicha merced a otras pruebas que obren igualmente en la causa
            • Integración factum
              • Nueva relación hechas probados propuestas por recurrente
                • Y que surjan de resultado probatorio
            • Integración factum medio para crear premisa distinta de establecida
              • Posibilitar subsunción jurídica diferente de impugnada
  • Casación por vulneración norma procesal: el quebrantamiento de forma
    • Infracción normas procesales que afectan a regularidad juicio oral atinentes a vicios sentencia y modo dictarse
    • Quebrantamiento de forma por defectos procedimiento (art. 850)
      • Denegada diligencia prueba, propuesta en tiempo y forma por partes
        • Jurisprudencia Sala 2ª TS
          • Requisitos formales
            • Pruebas propuestas en tiempo y forma, conforme reglas específicas proceso
            • Resolución Tribunal fundada rechazando pertinentes o denegando suspensión juicio ante imposibilidad practicar las previamente admitidas
              • Previa protesta proponente prueba
                • Haciendo constar preguntas que hubiera formulado al testigo
                  • Finalidad Tribunal y TS valoren transcendencia
          • Requisitos materiales prueba rechazada
            • Pertinente (relación con objeto enjuiciamiento)
            • Necesario
              • Juzgador extracción información decisión aspecto esencial
            • Posible
              • No bloqueo absoluto trámite o incurrir en violación derecho a juicio sin dilaciones indebidas
              • Juez no se le puede exigir diligencia más allá agotamiento posibilidades realización prueba
              • Testigos directos declaración indebidamente rechazada en juicio oral
                • Procede admisión aunque no fueran sumariales y no se hubiera formulado protesta
                  • Pero solicitado práctica en estado defensa
      • Omitido citación procesado, responsable civil subsidiario, parte acusadora o actor civil para comparecencia en acto juicio oral, a no ser que partes hubiesen comparecido en tiempo, dándose por citados
        • TC resaltado trascendencia corrección llamamiento proceso sujeto pasivo
          • De llamamiento depende conocimiento imputado existencia proceso y recurso
            • Intervención imputado y ejercicio defensa frente a acusación
              • Emplazamiento en proceso penal
                • Derecho para imputado
                • Correlativa obligación Tribunal cuidado y diligencia
                  • No mera formalidad ley
                  • Asegurar efectividad real
                    • Citación personal actos dependa comparecencia imputado
      • Presidente Tribunal se niegue a testigo conteste en audiencia pública, o diligencia fuera de ella a preguntas pertinentes e influyentes
        • Cualquier parte dirigido preguntas a testigo
        • Presidente Tribunal no autorizado que testigo conteste alguna pregunta
        • Pregunta pertinente, relacionado con puntos controvertidos
        • Pregunta manifiesta influencia en causa
        • Transcripción literal en acto juicio
        • Hacer constar en acta oportuna protesta
      • Desestimación pregunta por capciosa, sugestiva o impertinente, no siéndola en realidad y tuviese importancia para resultado juicio
      • Tribunal decidido no suspender juicio para procesados comparecidos, en caso no haber concurrido algún acusado, siempre que hubiera causa fundada que se oponga a juzgar con independencia y no recaída declaración rebeldía
        • Art. 746 LECrim admite enjuiciamiento separado acusados
          • No comparecido citado personalmente
          • Tribunal antes pronunciarse sobre el particular oído a partes
          • Acuerdo constancia en acta juicio con expresión razones que lo motiven
          • Realmente existan elementos suficientes para juzgar separadamente a procesados
          • Decisión no cause indefensión al procesado comparecido
    • Vulneración requisitos sentencia (art. 851)
      • Requisitos externos
        • En proceso penal Sentencia ha de contener declaración expresa y terminante hechos probados
          • Incumplimiento requisito ... casación
        • Supuestos remediados a través recurso aclaración sentencias
          • Falta claridad hechos probados
          • Contradicción entre hechos probados
          • Predeterminación fallo
        • Art. 142.2 recurso casación cuando sentencia solo exprese que los hechos alegados por acusaciones no se han probado sin hacer expresa relación de los que resulten probados
      • Requisitos internos
        • Infracción normas congruencia sentencia cualitativa o cuantitativa
        • Cuando no se resuelva en ella todos los puntos objeto de la acusación y defensa
          • Puntos, no sólo contenidos partes dispositivas Sentencia
            • También extremos jurídicos que conforman ratio decidendi
          • Concurrencia requisitos para prosperar
            • Omisión producida venga reducida a temas carácter jurídico suscitados por partes en escritos conclusiones definitivas y no meras cuestiones fácticas
            • Resolución haya dejado pronunciarse sobre problemas derecho debatidos legal y oportunamente
              • Omisión peticiones pretensiones jurídicas y no alegaciones individuales que no exigen contestación jurídica pormenorizada
              • Vulneración no apreciable cuando silencio judicial interpretable como desestimación implícita constitucionalmente admitida que no afecte a pretensiones
            • Que existiendo vicio no puede ser subsanado por casación a través resolución otros planteamientos fondo
            • No acudido al incidente art. 267.5 para subsanación en instancia u omisión
        • Pena delito más grave que objeto acusación si Tribunal hubiera procedido art. 773
          • Comprende condena delito más grave sino delito distinto del que fue objeto de la acusación
            • O estimación grado perfección o participación más grave o circunstancia agravación no pedida
              • Salvo homogeneidad solicitado acusaciones vs estimado Tribunal que impliquen conocimiento previo acusación por defensa
          • Jurisprudencia entiende no vulneración principio acusatorio cuando Tribunal impone una pena que excede a solicitada por acusación dentro límites impuestos por Ley
            • Congruencia delito - clase pena impuesta
            • Exceso impuesto obedece ejercicio facultades individualización
              • Tribunal ha de motivarlo y sobre todo si se aparta de pena solicitada por MF (interés general) y acusación particular (interés afectado)
                • Ausencia motivación ... estimación motivo
          • Incongruencia omisiva cuando no existan pronunciamientos tácitos
        • Sentencia dictada por menor número Magistrados que señalado en Ley, sin concurrencia votos conformes
          • Tres Magistrados para formar Sala. Número votos conformes se exige mayoría absoluta salvo Ley señale mayor proporción
        • Concurrido dictar Sentencia Magistrado cuya recusación intentada en tiempo y forma, fundada en causa legal
          • Uno o más Magistrados recusación tiempo y forma hubiese sido estimada
          • Uno o más Magistrados recusación tiempo y forma hubiese sido estimada, pese a ser procedente
          • Cuando no tramitado pieza recusación pese a haberse intentado en tiempo y forma o sustanciado pieza por no competentes o sin respetar trámites legales
            • Prosperar motivo Magistrado prejuicio o asumido imputación y no conocido recurso que la presuponga

38.2.5.- PROCEDIMIENTO
  • Ante el órgano a quo
    • Preparación
      • Escrito anuncio interposición recurso autorizado Abogado y Procurador
      • Plazo 5 días desde notificación
      • Recurrente pide a Tribunal instancia testimonio resolución objeto impugnación
        • Manifiesto clase recurso pretendido (posible interponer acumulativamente)
          • Infracción precepto constitucional
            • Error hecho apreciación prueba
              • Acompañar documentos que demuestren error (sin razonamiento)
          • Quebrantamiento forma
            • Infracciones cometidas y reclamación para subsanación
        • Promesa constituir depósito cuantía variable
          • Si insolvente o beneficio justicia gratuita
            • Pedirá a Tribunal constancia circunstancia en certificación Sentencia
              • Compromiso responder importe depósito si llega a mejor fortuna
    • Tramitación
      • Tribunal dentro 3 días
        • Preparado recurso si resolución reclamada recurrible en casación y se han cumplido requisitos,
          • En caso contrario denegación
            • Auto motivado
              • Copia certificada en acto notificación a parte recurrente
                • Recurrente puede interponer recurso queja
          • LAJ expedirá testimonio Sentencia o Auto recurrido 
            • Emplazamiento partes comparecencia ante TS término improrrogable 15 días
          • LAJ remitirá certificación
            • Expresión sucinta circunstancias causa
            • Identificación partes
            • Delito enjuiciado
            • Fecha entrega testimonio al recurrente
            • Fecha conclusión situación acusado prisión provisional
            • Emplazamiento partes
        • Si recurso preparado por quebrantamiento de forma (art. 850)
          • Remisión causa donde se haya cometido falta denunciada
        • Si recurso infracción Ley (art. 849.2)
          • Documento citado en escrito preparación recurso
            • La parte no preparado recurso, podrá adherirse a él 
              • En plazo emplazamiento
              • Instrucción formulada por la otra parte
  • Ante el Tribunal Supremo
    • Escrito interposición recurso casación
      • Presentación ante Sala 2ª TS en plazo 15 días para que partes comparezcan ante TS
        • Si transcurre plazo sin interponer
          • LAJ dictará Decreto declarando desierto recurso
            • Consentida y firme resolución impugnada con imposición costas
            • Cabe recurso directo revisión (art. 874)
      • Contenido
        • Fundamento doctrinal y legal motivos casación por quebrantamiento forma o infracción ley, o ambas cosas, encabezados con breve extracto contenido
        • Artículo LECrim que autorice motivo casación
        • Reclamaciones subsanar quebrantamiento forma (comisión quebrantamiento y fecha)
        • Parte recurrente puede solicitar celebración vista
        • Testimonio resolución recurrida entregado al recurrente por Tribunal  a quo (art. 859)
        • Copias partes emplazadas
        • Resguardo acreditativo haber constituido depósito
    • Instrucción, impugnación y adhesión al recurso
      • Interpuesto recurso y transcurrido emplazamiento
        • LAJ designará Magistrado ponente
          • Dará traslado a demás partes escrito interposición
            • Plazo 10 días instrucción y presentación escritos impugnación y adhesión al recurso
            • Sala puede decidir sin celebración Vista
              • Salvo partes soliciten celebración, y duración pena impuesta o posible imposición superior a 6 años
                • Salvo aunque fuera menor, Tribunal de oficio o a instancia parte estime necesario, y se trate determinados delitos
    • Admisión
      • Art. 884 inadmisión Auto
        • Interposición por causas distintas de arts. 849 - 851
        • Interposición contra resoluciones no recurribles en casación
        • No respeto hechos sentencia declarados probados o alegaciones juridicas en notoria contradicción o incongruencia con ellos
        • No observado requisitos Ley preparación o interposición
        • Supuestos quebrantamiento forma art. 850 si no se hubiese reclamado previamente subsanación falta o efectuado protesta
        • Supuestos infracción Ley por error apreciación prueba
          • Si documento no consta en causa
          • No designados particulares documentos oposición
        • Art. 885 fondo
          • Carecer manifiestamente fundamento
          • Desestimado en fondo otros recursos sustancialmente iguales
    • Decisión
      • Admitido recurso Sala señalará día deliberación y fallo
        • O LAJ señalará día celebración vista pública
          • Dación cuenta LAJ
            • Información Abogado recurrente
            • Abogado parte adherido a recurso
            • Abogado parte recurrida impugnatoria
          • Si MF recurrente informará primero
            • Si apoya recurso intervendrá tras quien hubiera interpuesto
      • Presidente de oficio o a instancia Magistrado solicitud aclaraciones cuestiones debatidas
        • Respeto hechos declarados probados
          • Salvo recurso vía error hecho
            • Presidente llamará al orden a quien intente discutirlos, pudiendo retirar la palabra
      • Finalizada audiencia pública o deliberación
        • Sala resolverá recurso en 10 días
      • Si recurso aparece fundamentado en varios motivos acumulados
        • Sala examen quebrantamiento de forma
          • Si estimados remisión de nuevo causa al Tribual a quo
            • Reponer actuaciones al momento y estado comisión infracción
            • Anulación resolución impugnada, ordenando devolución depósito y declarando costas de oficio
          • Si son desestimados pasarán a examen motivos infracción Ley o precepto constitucional
            • Si estimados dictar segunda constancia
              • Limitación prohibición reformatio in peius
              • Anulación resolución impugnada, ordenando devolución depósito y declarando costas oficio
        • Si desestimados totalidad motivos invocados
          • No lugar recurso y condena recurrente pago costas (excepto MF) y pérdida depósito (en el caso beneficio justicia gratuita, satisfacción cantidad mejor fortuna)
      • Sentencia casación
        • No susceptible recurso alguno
          • Salvo recurso amparo TC

38.3.- EL REMEDIO DE NULIDAD DE LA SENTENCIA
  • No recurso sino remedio
  • Interponer dentro 20 días desde notificación resolución
    • Ante órgano que dictó Resolución que hubiera adquirido firmeza
  • Naturaleza extraordinaria
  • Tasados motivos interposición
    • Infracción derecho fundamental art. 53.2 CE
    • No podido denunciar antes recaer resolución fin proceso y resolución no susceptible recurso ordinario ni extraordinario
  • Presupuesto procesal recurso amparo
    • Agota vía judicial ordinaria previa a dicho recurso amparo
  • Si se desestima
    • Recurso amparo ante TC
      • 30 días contados desde notificación


TEMA 39.- MEDIOS RESCISIÓN SENTENCIAS FIRMES

39.1.- EL RECURSO DE REVISIÓN

39.1.1.- CONCEPTO Y NOTAS ESENCIALES
  • Acción impugnación autónoma
  • Naturaleza excepcional
    • Supuestos tasados
      • Injusticia sentencia firme condena
        • Finalidad prevalencia verdad
          • Justicia material sobre formal
  • Notas esenciales
    • No medio impugnación como tal
    • Proceso nuevo e independiente
      • Ejercicio acción impugnación autónoma
        • Fin lograr anulación sentencia firme
          • No susceptible recurso alguno
    • Acción impugnativa marcado carácter excepcional
      • Si prospera ... quebranto cosa juzgada
        • Certeza o seguridad Derecho
          • Sólo viable intento sanar situaciones acreditadamente injustas
            • Evidencia a favor del reo inocencia hecho fundamento Sentencia condenatoria
    • Revisión penal frente resoluciones
      • Sentencia
      • Firme, no susceptible de recurso alguno
      • Contenido condenatorio
    • Finalidad
      • Prevalezca auténtica verdad sobre sentencia firme
        • Justicia material sobre formal
      • Mecanismo refuerzo consolidación y preservación derechos y principios
        • Defensa, presunción de inocencia y tutela judicial efectiva

39.1.2.- LEGITIMACIÓN
  • Art. 955 LECrim legitimados promover e interponer recurso revisión penado (y si fallecido cónyuge y conviviente), ascendientes y descendientes con objeto rehabilitar memoria difunto y que se castiga al verdadero culpable.
  • Posibilidad Ministerio Justicia (previa formación expediente)
    • Ordenar a Fiscalía TS interposición recurso si hay fundamento para ello
      • También legitimación a FGE interponer de oficio recurso revisión si conocimiento algún caso

39.1.3.- COMPETENCIA
  • Conocimiento revisión materia penal
    • Sala Segunda TS

39.1.4.- MOTIVOS DE REVISIÓN
  • Nuevo proceso rescindir sentencias firmes
    • Ataca cosa juzgada
    • Recurso excepcional admisible supuestos art. 954 LECrim
      • Condenada persona sentencia penal firme en que valorado como prueba documento o testimonio, después declarado falso, confesión encausado arrancada con violencia o coacción, o hecho punible ejecutado por tercero. No aplicable sentencia condenatoria cuando proceso penal iniciado archivado por prescripción, rebeldía, fallecimiento encausado, o causa que no suponga valoración de fondo
        • Requisitos
          • Sentencia penal firme carácter condenatorio, salvo archivo por prescripción, rebeldía, fallecimiento encausado o causa que no suponga valoración de fondo
          • Existencia otro pronunciamento firme causa criminal manifiesto existencia falsedad documental servido para condena reo
          • Entre hecho punible posterior y condena anterior pretensión anular mediante revisión exista relación valoración hecho punible posterior como prueba relevante condena
      • Recaído sentencia penal firme condenando delito prevaricación Magistrados o Jueces en virtud resolución proceso sentencia cuya revisión se pretende, sin la que resultado hubiera sido distinto
        • Sentencia penal posterior condena Magistrado por prevaricación art. 446 - 447 CP por haber dictado resolución injusta en proceso recaído sentencia cuya revisión se solicita, tanto si Juez Penal prevaricador sentencia confirmada por AP como Magistrado Tribunal apelación prevaricador.
          • No suficiente prevaricación
            • Debe demostrar juicio relevancia prevaricación - sentencia condena
              • Si prevaricación no influencia en sentencia
                • No prospera motivo
      • Sobre mismo hecho y encausado hayan recaído dos sentencias firmes
      • Después Sentencia sobrevenga conocimiento nuevos hechos o nuevos elementos prueba, que de haber sido aportados hubiera determinado absolución o condena menos grave
      • Resuelta cuestión prejudicial por Tribunal Penal se dicte con posterioridad sentencia firme por Tribunal no penal competente resolución cuestión contradictoria penal
      • Motivo revisión sentencia firme decomiso autónomo contradicción hechos declarados probados en dicha sentencia y en sentencia penal firme que se dicte
      • Solicitar revisión resolución judicial firme TEDH declarado resolución violación algún derecho reconocido en Convenio Europeo Protección Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, violación naturaleza y gravedad efectos persistentes y no pueden cesar de ningún otro modo que no sea revisión, revisión legitimado para interponer recurso demandante TEDH en plazo 1 año desde sentencia firme
        • Demandante debe justificar
          • Violación derecho fundamental entrañe efectos que persistan
            • Si condenado a Reino España por tortura o trato inhumano, o infringido derecho libertad y preso cumplido condena, no viable motivo revisión
              • Recurrente puede ejercitar pretensión resarcitoria por error judicial o funcionamiento anormal justicia
          • Efectos no cesan sino es por medio de recurso de revisión
            • Si acude a procedimiento responsabilidad patrimonial Estado, solicitud indulto o vía acuerdos amistosos art. 39 CEDH
              • No puede solicitar recurso revisión
        • Además legitimado activamente demandante TEDH
          • Cierra puerta extensión efectos Sentencia a litisconsortes inactivos
            • ¿Vulneración regla procesal civil litisconsortes activos benefician a inactivos?
            • ¿Se conculca en proceso penal derecho fundamental a libertad a quienes no acudieron al TEDH?
              • Si TS rechaza a litisconsortes inactivos recurso revisión
                • Recurrir Auto inadmisorio en amparo ante TC
                  • Vulneración derecho tutela judicial efectiva
                  • Principio igualdad
                  • Principio libertad

39.1.5.- PROCEDIMIENTO
  • Promoción
    • Salvo interposición MF oficio o a instancia Ministerio Justicia
      • Promoción sujetos legitimados
        • Escrito motivado, autorizado por Abogado y Procurador
          • Dirigido a Sala Penal TS
            • Solicitud autorización interposición
              • Sala (previa audiencia MF y práctica diligencias)
                • Auto autorizando o denegando interposición
                  • No cabe interposición recurso alguno
    • Objeto fase promoción
      • Equilibrio
        • Derecho tutela judicial efectiva (derecho penado)
        • Seguridad jurídica (impidiendo plantear alegaciones infundadas o que incidan en hechos o elementos prueba ya considerados y valorados por Tribunal sentenciador)
  • Interposición
    • Autorizada formalización recurso 
      • Partes no hayan promovido proceder a interposición ante TS
        • Escrito motivado
          • Dentro 15 días a autorización Sala (art. 957)
  • Sustanciación o juicio rescindente
    • Formalizada revisión
      • Comienza fase sustanciación o juicio rescindente (iudicium rescindes)
        • Acreditar concurrencia motivo como fundamento revisión
          • Procedencia rescisión sentencia firme condena objeto revisión
            • Oir MF y penados
              • Seguir trámites recurso casación por infracción ley
                • Sala, previa celebración vista oral
                  • Dictar sentencia irrevocable (art. 959)
  • Juicio rescisorio y efectos sentencia estimatoria
    • Si Sentencia firme impugnada rescindida
      • Nuevo proceso o juicio rescisorio (iudicium rescisorium) art. 958
        • Art. 954.1 Sala declarará  contradicción entre Sentencias, anulando una y otra, mandará instruir causa a Tribunal a quien corresponda conocimiento delito
        • Art. 954.2 Sala comprobada identidad persona cuya muerte hubiese sido penada, anulará sentencia firme
        • Art. 954.3 Sala vista ejecutoria declare falsedad documento y mandará al Tribunal conocimiento delito instruir nuevo causa
        • Art. 954.4 Sala instruirá información suplementaria, dará vista a Fiscal y si evidencia inocencia condenado, anulación Sentencia y mandará a Tribunal competente conocimiento delito instruir causa
    • Sentencia estimatoria
      • Efecto principal y directo anulación sentencia firme condena
      • Efectos materiales
        • Compensación penas privativas libertad en supuesto una vez tramitado juicio rescisorio se dicte nueva sentencia condena
        • Si en juicio rescisorio se dicta sentencia absolutoria 
          • O cuando nuevo proceso no necesario porque sentencia absolutoria se dicta por TS
      • Condenados y herederos
        • Derecho a percibir de Estado indemnización daños y perjuicios

39.2.- EL RECURSO DE ANULACIÓN

39.2.1.- CONCEPTO, FUNDAMENTO Y NATURALEZA
  • Art. 793 LECrim
  • Acción impugnación específica
  • Interposición pretensión constitutiva anulación Sentencia condenatoria firme
    • Incumplimiento requisitos legales que hacen posible celebración juicio oral en ausencia acusado
  • Fundamento
    • Derecho fundamental a obtener tutela judicial efectiva
      • Exigencia en ningún momento indefensión
        • En todo proceso judicial, y especialmente penal
          • Respeto derecho defensa contradictoria partes contendientes
            • Oportunidad alegar y probar procesalmente derechos o intereses
              • Sin justificar resolución inaudita parte
                • Sólo en caso incomparecencia por voluntad expresa o tácita
                  • O negligencia imputable a parte que hace valer derecho fundamental
  • Naturaleza jurídica
    • No verdadero recurso para obtener revisión resolución judicial impugnable, prejudicial y no firme
      • Sino acción impugnación autónoma
        • Sólo procedente frente Sentencias condena firmes
          • Efectos cosa juzgada material
            • Impugnación encaminada a demostrar que decisión judicial que ordenó celebración juicio oral en ausencia acusado
              • No ajustado a ordenamiento jurídico
                • Solicitud anulación sentencia condenatoria y juicio indebidamente celebrado
                  • Devolución causa a órgano a quo
                    • Reponiendo causa a estado comisión falta
                      • Subtanciación y finalización con arreglo a Derecho
            • Impugnación sólo procedente supuestos condena en contumacia
              • Si imputado no citado personalmente
                • No procedente condena en ausencia
                  • Procedente suspensión procedimiento

39.2.2.- MOTIVOS DE IMPUGNACIÓN
  • Art. 793.2 LECrim
    • Recurso anulación iguales requisitos y efectos que recurso apelación
      • Recurso apelación ordinario por excelencia
        • Otorga plenas facultades a Tribunal ad quem resolver cuestiones planteadas de hecho o derecho
          • No restricciones fundamentación
      • Recurso anulación
        • Acción impugnación específica
          • Fundada no cumplimiento requisitos legales celebración juicio en ausencia
            • Pretensión constitutiva anulación motivada por ausencia
              • Acusado citado personalmente o en domicilio o persona designada por imputado en primera comparecencia ante el Juez, y advertido celebración juicio en ausencia
              • Juicio oral en ausencia celebrado previa petición alguna parte acusadora y audiencia previa reo ausente
              • Pena solicitada no exceda dos años privación libertad, o seis años distinta naturaleza
              • Juez o Tribunal estimen elementos suficientes enjuiciamiento ausencia acusado
              • Acusado dejare de asistir a juicio oral sin motivo legítimo

39.2.3.- RESOLUCIONES RECURRIBLES Y COMPETENCIA JUDICIAL
  • Sólo cabe recurrir en anulación
    • Sentencias firmes condena dictadas en ausencia por Juez Penal
      • Dictadas por AP no susceptibles recurso apelación
      • Jueces Penal son los competentes por razón competencia objetiva celebración juicios en ausencia
    • No descartar Sentencias condenatorias AP y AN
      • Competencia funcional conocimiento Sala 2ª TS
  • Competencia funcional conocer recursos anulación
    • Si Sentencia dictada por Juez Penal ... conoce AP
    • Si Sentencia dictada por Juzgado Central Penal ... conoce AN

39.2.4.- PROCEDIMIENTO
  • Interposición
    • Escrito debidamente autorizado por Abogado y Procurador
      • Ante órgano a quo
        • Único legitimado condenado
          • Dentro diez días a contar desde la notificación Sentencia
            • Notificada en cualquier momento comparezca o habido el condenado en ausencia (art. 793)
      • Parte impugnante formular motivos impugnación
        • Infracción normas y garantías procesales determinantes indefensión
          • Celebrado juicio en primera instancia en ausencia sin concurrir presupuestos legales que lo hacen posible
        • Solicitud práctica diligencia pruebas
          • Referidas a concurrencia requisitos
  • Admisión y escrito alegaciones partes
    • Presentado escrito formalización recurso
      • Comprobación concurrencia requisitos y presupuestos
        • Decretado admisión a trámite
          • LAJ traslado a partes para alegaciones en plazo 10 días
            • Transcurrido plazo
              • Elevación a AP Autos originales con escritos
  • Sustanciación (juicio rescindente)
    • Examen actuaciones Tribunal ad quem
      • Dictar Sentencia
        • Plazo Recurso Apelación
          • Si hubo vista 5 días
          • Si no hubo vista 10 días
        • Controlar si Tribunal  sentenciador respetó requisitos legales que exige juicio en ausencia
        • Estimación recurso anulación
          • Anulación Sentencia condenatoria impugnada
            • Ordenando reposición procedimiento al momento inicio sesiones juicio oral indebidamente celebrado en contumacia
              • Proceder a celebración nuevo juicio oral
                • Sin perjuicio validez actos contenido idéntico
        • Desestimación recurso anulación
          • No produce efecto jurídico alguno
            • Sentencia dictada en ausencia acusado firme y ejecutable
              • Llevarla a cabo efectos cumplimiento pena aún no prescrita


TEMA 40.- LOS PROCESOS ORDINARIOS

40.1.- SISTEMATIZACIÓN
  • Cinco procesos ordinarios
    • Proceso penal común ordinario (conocimiento delitos muy grave)
    • Proceso Ley Jurado (conocimiento reducido listado delitos)
    • Procedimiento abreviado (enjuiciamiento delito menos graves y leves)
    • Procedimiento enjuiciamiento delitos leves
    • Proceso penal menores
    • Juicios rápidos (formalmente especial)

40.2.- EL PROCESO COMÚN O SUMARIO ORDINARIO

40.2.1.- ÁMBITO APLICACIÓN, NORMATIVA Y FASES
  • Proceso ordinario delitos graves
    • Enjuiciamiento causas delito pena privativa libertad superior a 9 años
      • Excepción Tribunal Jurado y menores 14 - 18 años
      • O duda determinación procedimiento aplicable o colisión entre normas procedimiento común
  • Fases procedimiento declarativo
    • Iniciación
      • Ordinaria o conversión
    • Fase instructora o sumario
      • Sumario Juez Instrucción
      • Auto Procesamiento
    • Fase intermedia
      • Sumario Juez Instrucción
        • Revocación sumario
        • Sobreseimiento
      • Auto Procesamiento
        • Juicio oral AP
        • Escritos calificación provisional
    • Juicio oral
      • Práctica de la prueba AP

40.2.2.- INICIACIÓN
  • Iniciación procedimiento
    • Originaria
      • Primera calificación notitia criminis Juez Instrucción llega a conclusión de que  gravedad delito aconseja aplicación sumario ordinario
        • Denuncia, querella o iniciación de oficio
    • Conversión de otro procedimiento ordinario (normalmente diligencias previas proceso penal abreviado)
      • En práctica forense sustitución a sumarios en procedimiento común

40.2.3.- FASE DE INSTRUCCIÓN
  • Fase instrucción en procedimiento ordinario = Sumario
    • Contenido art. 299 LECrim
      • Función genérica Instrucción = preparar juicio oral
      • Funciones específicas
        • Efectuar actos instructorios
          • Averiguar preexistencia, tipicidad hecho y autoría
            • Carecen de valor probatorio
              • Excepción prueba anticipada y preconstituida
          • Adoptar medidas cautelares penales
          • Disponer medidas cautelares civiles o aseguratorias pretensión civil
  • Sumario
    • Piezas desarrollo funciones
      • Principal
      • Personal
      • Responsabilidad civil
      • Terceros
    • Principio escritura
    • Ante Juez Instrucción
      • Bajo inspección directa MF
  • Auto Procesamiento
    • Acto judicial específico imputación procesamiento ordinario
      • Función esencial determinación legitimación pasiva
        • Evitar acusaciones sorpresivas
          • Presupuesto medidas cautelares y declaración indagatoria
            • Posibilita derecho defensa dentro instrucción

40.2.4.- FASE INTERMEDIA
  • Decidir apertura o no juicio oral
    • Inicio auto conclusión sumario
      • Pérdida Juez Instrucción competencia funcional
        • Pasa a conferirse Audiencia Provincial
          • Soluciones
            • Revocación sumario
              • Práctica nuevas diligencias que alguna parte considere necesarias para adecuada preparación juicio oral
            • Sobreseimiento
            • Apertura juicio oral
              • Sobreseimiento
                • Si triunfa algún artículo previo pronunciamiento
              • Formalización partes escrito calificación provisional

40.2.5.- EL JUICIO ORAL
  • Comienza con Auto apertura
    • Formalización escritos calificación provisional
      • Sin acusación no existe juicio
        • Puede truncarse apertura juicio oral
          • Si prospera artículo previo pronunciamiento
            • Juicio oral se inicia con escrito acusación y defensa
              • Finaliza con Sentencia
                • A partir del trámite calificación AP no puede utilizar fórmula sobreseimiento
  • Actividad probatoria
    • Conformidad
    • Actos previos
    • Juicio
    • Ejecución prueba
    • Conclusiones definitivas
    • Informes
    • Última palabra
    • Sentencia

40.3.- EL PROCESO PENAL ABREVIADO

40.3.1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN, NORMATIVA Y FASES
  • Instrucción y enjuiciamiento delitos castigados con pena privativa libertad no superior a 9 años
    • O penas distinta naturaleza únicas, conjuntas o alternativas cualquier duración
  • Procedimiento especial
    • Verdadero proceso penal ordinario
      • Operativa en función cuantía pena asignada a delito
    • Proceso penal tipo
      • Investigación y enjuiciamiento mayoría hechos delictivos
        • Mayoría Juzgados Instrucción proceden a apertura Diligencias Previas
          • Momento final instrucción Juez decide
            • Conversión diligencias previas en sumario
            • Procedimiento instructorio Ley Jurado
            • Calificación conducta delito menos grave
            • Remisión procedimiento a Jurisdicción militar
    • Mismas fases que proceso común
      • Iniciación
      • Fase de instrucción o diligencias previas
      • Fase intermedia o de preparación juicio oral
        • Corresponde a Juez Instrucción
      • Juicio oral

40.3.2.- INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
  • Diligencias informativas MF
    • Anteriores a incoación instrucción judicial

40.3.3.- INICIACIÓN
  • Comparecencia ofendidos y perjudicados LAJ informará derecho
    • Ofrecimiento acciones
    • Intervención adhesiva
    • MEDIANTE SIMPLE COMPARECENCIA APUD ACTA
      • Sin necesidad interponer querella
        • Extensión a procedimiento ordinario

40.3.4.- FASE DE INSTRUCCIÓN
  • Recepción Juzgado Instrucción
    • Denuncia o querella
    • Atestado policial
    • Diligencias preprocesales MF
  • Ordenar formación Diligencias Previas (denominación fase instrucción)
    • Si considera que hechos presuntamente delictivos entran dentro procedimiento abreviado
    • Mismas funciones que sumario proceso común
  • Primera comparecencia imputado ante el Juez Instrucción
    • LAJ ilustración derechos y hechos que se le imputan forma comprensible
  • Ley 38/2002 novedades refuerzo garantía imputado
    • Preceptiva asistencia Abogado a todo imputado
      • No sólo desde detención sino desde imputación delito contra persona determinada
      • Entrevista reservada Abogado con imputado, antes como después de prestar declaración
  • Práctica diligencias investigación pertinentes, interrogatorio imputado e información derechos
  • Juez Instrucción nueva calificación indiciaria hechos objeto investigación y adopción Resolución
    • Sobreseimiento
      • Si hecho no constitutivo de infracción penal o no suficientemente justificada su perpetración
    • Remisión a Juez competente
      • Si hecho formación diligencias previas constitutivo delito menos grave
    • Inhibición al órgano competente
      • Si hecho atribuido a Jurisdicción Militar o Juzgado Menores
        • Remisión en caso menores a Fiscal Menores
    • Continuación procedimiento trámites proceso común
      • Si hecho enjuiciado no comprendido ámbito aplicación abreviado
        • O incoación procedimiento Tribunal Jurado
    • Continuación procedimiento trámites proceso penal abreviado
      • Dictará Auto imputación formal
        • Auto Iniciación Procedimiento Penal Abreviado
          • Susceptible impugnación mediante recurso apelación
          • Art. 779.4
            • TC Juez Instrucción no puede clausurar diligencias previas sin prestar declaración a imputado
              • Ser oído antes Auto apertura juicio oral
                • Auto conclusión Diligencias Previas, o Auto Transformación Procedimiento Penal Abreviado
                  • Determinación hechos punibles
                  • Identificación persona imputada
                  • No adoptable sin toma previa declaración imputado en primera comparecencia (art. 775)
                  • Resolución susceptible impugnación ante AP mediante recurso apelación (art. 776)
          • Funciones
            • Determinar imputado o legitimación pasiva
              • Partes acusadoras no podrán dirigir escrito acusación contra persona no imputada
            • Hechos punibles objeto proceso
              • Partes acusadoras no podrán afirmar hechos distintos de relatados
                • Independientemente de sostener distinta calificación jurídica

40.3.5.- FASE INTERMEDIA
  • Fase preparación juicio oral
    • Ante el Juez de Instrucción (a diferencia proceso común por delitos graves, que corresponde fase intermedia a AP)
  • Fase intermedia o juicio acusación
    • Comienza con Auto PPA
      • Resolución acordando seguir trámites proceso penal abreviado
        • Resolver procedencia o no abrir juicio oral
          • Fijación procedimiento adecuado
          • Órgano competente enjuiciamiento
  • Actuaciones
    • Traslado LAJ Diligencias Previas a MF y acusaciones personadas
    • Petición diligencias complementarias
    • Solicitud sobreseimiento
    • Petición apertura juicio oral
      • Presentación escrito acusación
    • Escrito defensa
    • Traslado actuaciones a órgano jurisdiccional encargado enjuiciamiento

40.3.6.- JUICIO ORAL
  • Ante Juzgado Penal o AP según gravedad hecho punible
  • Desarrollo actividad probatoria
  • Juicio ... Sentencia
  • Actuaciones
    • Examen y admisión o rechazo pruebas propuestas por partes en escritos acusación y defensa
    • Señalamiento fecha comienzo sesiones juicio oral
    • Celebración juicio oral
      • Inicio sesiones audiencia preliminar
        • Acumular en un solo acto resolución cuestiones que en proceso común  sucesivas incidencias que dilatan el proceso (competencia órgano judicial, vulneración derecho fundamental, artículos previo pronunciamiento, causas suspensión juicio oral, alegación contenido y finalidad pruebas propuestas, o propuestas para desarrollo en el acto art. 786.2)
    • Práctica pruebas admitidas Juez o Audiencia
      • Principios concentración, oralidad, publicidad, inmediación y contradicción

40.4.- EL PROCESO ANTE EL JURADO

40.4.1.- FUENTES
  • Normativa
    • LO 5/1995 (arts. 145 y ss)
    • LECrim de aplicación supletoria

40.4.2.- COMPETENCIA OBJETIVA

  • Art. 1 competencia objetiva delitos
    • Muy graves: homicidio arts. 138 - 140 CP
    • Contra el libre ejercicio de los derechos fundamentales (allanamiento de morada, amenazas)
    • Contra el patrimonio social e incumplimiento deberes cívicos
      • Omisión deber socorro
      • Delitos medioambientales incendios forestales
    • Funcionarios
      • Infidelidad custodia presos y documentos
      • Cohecho
      • Malversación caudales públicos
      • Fraude, exacción ilegal, negociación prohibida
      • Tráfico influencias
    • Recientemente cambio doctrina
      • Conocimiento delitos conexos
        • Comisión delito para perpetrar otros, facilitar su ejecución, o procurar su impunidad
          • Excepto delitos conexos sin romper continencia causa
            • Puedan juzgarse por separado
              • Cada uno lo juzgará órgano competente
                • Se atendrá a la finalidad, si finalidad no puede determinarse, a la gravedad hecho
    • Se excluyen delitos competencia AN

40.5.- EL JUICIO SOBRE DELITOS LEVES

40.5.1.- CARACTERES GENERALES
  • Diferencia delitos vs delitos leves
    • Escasa lesión social
    • Mitigada entidad pena (no suele ser privativa libertad)
    • Arts. 926 - 977 LECrim
    • Procedimiento acelerado
      • Procedimiento juicio delitos leves
        • Procedimiento informado por principio oralidad
          • Consecuencias inmediación, concentración y publicidad

40.5.2.- COMPETENCIA Y PARTES
  • Competencia objetiva genérica
    • Compartida (art. 14.1 LECrim)
      • Juez de Instrucción
      • Juez de Violencia sobre la Mujer
  • Normas competencia objetiva orden público
    • Si dentro fase instructora procede remisión a juicio delito leve
      • Reconducir procedimiento
        • Remisión actuaciones a Juzgado competente
  • Competencia conocimiento delitos leves FCSE ... Juzgados de Instrucción
  • Competencia territorial
    • Rigen normas comunes LECrim
      • Locus delicti salvo delitos Juzgado Violencia sobre la Mujer (lugar domicilio víctima sin perjuicio Orden protección o medidas urgentes Juez lugar comisión delito)
  • Competencia funcional
    • Primera Instancia
      • Juez Instrucción
      • Juez de Violencia sobre la Mujer
    • Segunda Instancia
      • AP Sala 1 Magistrado
    • Presupuesto procesal capacidad postulación
      • Asistencia Abogado potestativo
        • Si bien  enjuiciamiento delitos leves multa límite máximo 6 meses, aplicación reglas defensa y representación (art. 967)
        • TC derecho asistencia abogado oficio juicios delitos leve su ausencia desigualdad armas frente contraparte provista Abogado

40.5.3.- INICIACIÓN
  • Actos iniciación ordinarios
    • Con respecto querella art. 969.1 LECrim no obligatoriedad representación Procurador y defensa técnica Abogado
      • Exime necesidad firma Abogado y Procurador
  • También posible iniciación
    • Transformación procedimiento penal abierto por delito
    • Conversión diligencias previas procedimiento abreviado
    • Conversión diligencias urgentes juicio rápido

40.5.4.- FASE PREPARATORIA O INSTRUCTORIA
  • Ausencia fase instructoria
    • Recepción atestado o denuncia ofendido ante órgano judicial
      • Conveniencia oir a imputado o práctica diligencias completa calificación notitia criminis
      • Juzgado Guardia celebrará inmediatamente juicio delito leve
        • Si no se puede celebrar durante Guardia
          • LAJ procederá señalamiento celebración juicio y citaciones procedentes día hábil más próximo
            • Presencia imputado, denunciante, testigos y peritos
              • Citaciones denunciante, ofendido e imputado informando que pueden ser asistidos por Abogado si lo desean y acudir con todos los medios de prueba de los que intenten valerse
              • Citación imputado con copia querella o denuncia presentada
            • Plazo no superior a 7 días
      • Si Juez estima competencia otro Juzgado
        • LAJ remitirá actuado para señalamiento juicio y citaciones

40.5.5.- JUICIO ORAL

  • Inexistencia fase intermedia
    • Recibido atestado o denuncia ofendido ante órgano judicial Juez Resolución
      • Sobreseimiento procedimiento y archivo diligencias, será comunicada a ofendidos.
      • Acordará celebrar juicio inmediato, si identificado denunciado, fuere posible citar personas que deban ser convocadas para que comparezcan durante servicio de guardia y concurran requisitos art. 963
    • LO 1/2015 nuevo motivo sobreseimiento razones oportunidad delitos bogatela
      • Art. 963.1 Juez acordará sobreseimiento a solicitud MF
        • Delito leve muy escasa gravedad a vista naturaleza hecho, circunstancias y personales autor
        • No interés público relevante en persecución hecho
          • Delitos leves patrimoniales no interés público relevante si se ha procedido a reparación daño y no existe denuncia perjudicado
            • Comunicación inmediata suspensión juicio
            • Sobreseimiento notificado a ofendidos
    • Fuera preceptos sobreseimiento y citaciones partes, testigos y peritos
      • No contempla Ley fase intermedia
      • No prevé Ley trámite conformidad
        • Pero no dificultad admitir allanamiento a pretensión acusador
          • Finalización juicio arts. 689 y ss LECrim
      • No prevé previa y suspensivamente artículos previo pronunciamiento
        • Cuestiones previas ejercicio como defensas, acumuladas al fondo del asunto
  • El derecho al conocimiento de la  acusación
    • Art. 969 Juicio oral público
      • Se inicia por lectura querella o denuncia
        • Pero proceso puede iniciarse de oficio
          • Y ni querella ni denuncia constituyen acta acusatoria alguna
            • Aplicación directa e inmediata art. 24.2
              • Reconoce derecho imputado a conocimiento previo acusación
                • También aplicable a procedimiento juicios delitos leves
        • A falta denuncia o querella
          • MF sucinta exposición oral acusación
            • Determinación hecho punible, calificación legal y autor
              • LAJ acta
  • Ejecución de la prueba
    • Tan sólo prueba suficiente desvirtuar presunción inocencia practicada en juicio oral
      • Bajo principios contradicción, inmediación y publicidad
        • Salvo supuestos prueba documental preconstituida y anticipada
    • Proposión prueba verbal al inicio juicio
      • Partes acusadores privadas y públicas propondrán prueba
        • Admitida
          • Ejecución en acto
            • Interrogatorio testigos y demás medios prueba (art. 969)
              • Oir a acusado
                • Ejecución prueba propuesta por acusado pertinente
                  • Informes orales
                    • MF
                    • Partes acusadoras
                    • Acusado
  • Desarrollo sesiones juicio oral registro en soporte apto para grabación y reproducción sonido e imagen
    • LAJ custodiar documento electrónico
      • Parte pueden pedir, a su costa, copia grabaciones
  • Ausencia acusado debidamente citado a juicio
    • No suspenderá celebración juicio oral
      • A no ser que Juez, de oficio, o a instancia de parte crea necesaria declaración
  • Sentencia
    • Congruente con hecho punible
      • No condenar al acusado por hechos no objetos acusación ni calificación leve distinta
        • Salvo calificación judicial por infracción homogénea bien jurídico protegido, con afirmada escrito acusación
        • Si Juez considera delito grave o menos grave
          • Inhibirse y remisión actuaciones a Juzgado Instrucción
            • Sentencias delitos menos graves producen totalidad efectos materiales cosa juzgada
              • Jurisprudencia TS incumplimiento obligación ocasionará nulidad sentencia
                • Incoación proceso penal por delito
    • Art. 975 sentencias in voce
      • Prohíbe ejercicio recursos si conocido fallo partes expresan voluntad no ejercitar recurso alguno
    • Se comunicará a ofendidos y perjudicados por delito leve
      • Aunque no mostrado parte en procedimiento
        • Haciendo constar recursos procedentes contra resolución comunicada
          • Y plazo presentación y órgano judicial interposición (art. 973.2)




TEMA 41.- LOS PROCESOS ORDINARIOS ( II )

41.1.- EL PROCESO PENAL DE MENORES

41.1.1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
  • LO 5/2000, Responsabilidad Penal Menores
    • Proceso ordinario
      • Art. 18 CP 14 - 18 años (art. 1.1 LORPM)
        • Menores 14 años cometido hecho punible
          • MF debe remitir testimonio particulares a entidad pública protección
            • Adopción medidas tuitivas o protección pertinente

41.1.2.- PRINCIPIOS
  • Proceso penal menor no dirigido aplicación ius puniendi
    • Sino rehabilitación menor y solución conflicto intersubjetivo agresor - víctima
      • Redefinición funciones Juez Instrucción y personal colaborador
        • Fundamentalmente MF
      • Consagrar principio oportunidad persecución penal
  • Si menor comete delito público
    • MF puede 
      • Desistir de incoación expediente
      • Obtención sobreseimiento proceso
      • Sustituir pena privativa libertad por otra limitativa derechos
    • Alternativas posibles si
      • Naturaleza hecho
      • Personalidad imputado
      • Pronta reparación víctima
    • Fin reinserción imputado y tutela víctima
    • Decae existencia interés público en persecución penal

41.1.3.- FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS INSTRUCTORES
  • Juez Instrucción
    • No efectúa instrucción
      • Pero no se encuentra ausente instrucción
        • Adopta actos jurisdiccionales
          • Resoluciones limitativas derechos fundamentales
            • En especial medida cautelar internamiento
          • Declaración secreto instructorio
          • Decisión apertura juicio oral
            • Conocimiento juicio oral
            • Emisión Sentencia
          • Sobreseimiento
    • Juez Central Instrucción
      • Competencia terrorismo y delitos menores cometidos en extranjero
  • Ministerio Fiscal
    • Realización actos policiales y de investigación
    • Director instrucción
      • Investigación hecho punible y participación autor
        • Preparar juicio oral o proponer sobreseimiento
    • Dos roles concurrentes
      • Instruir expediente reforma
        • Principio imparcialidad
          • Consignar circunstancias adversas y favorables imputado
      • Asumir función parte acusadora juicio oral
        • Principio defensa sociedad
    • Asume además principio asunción fines procesales penales reinserción imputado y protección víctima
      • Función mediador
        • Contribución rápida solución
          • Conflicto social Estado - imputado
          • Conflicto intersubjetivo ofensor - víctima
        • Conocer personalidad menor
        • Conocer daños esfera patrimonial y moral víctima
        • Proponer partes y al Juez soluciones penales y civiles
          • Evitar contagio criminal al menor por entrada en prisión
          • Cumplimiento fines prevención pena
          • Puntual reparación daños
          • Auxilio equipos técnicos
            • Proponer sanción art. 7 LORPM cumplimiento fines proceso
              • Y posibilitar conciliación imputado - perjudicado
    • Conciliación procesal penal o perdón judicial
      • A través puesta en práctica principio oportunidad
        • Fundamento protección derechos ciudadanos e interés público tutelado por Ley
          • Art. 124 CE
            • Archivo actuaciones
              • Si delito imputado no grave, no violento y menor no reincidente
            • Sobreseimiento
              • Bajo condición cumplimiento futuras prestaciones
            • Ejercitar conformidad
            • Polémica suspensión fallo
            • Sustitución ejecución medida por otra más adecuada para obtener reinserción menor

41.1.4.- LAS DILIGENCIAS PRELIMINARES Y EL DESISTIMIENTO DE LA INCOACIÓN DEL EXPEDIENTE
  • Fase instructora = expediente
  • FGE distingue en Instrucción
    • Diligencias Preliminares
    • Expediente Reformador
  • Diligencias Preliminares
    • Inicio mediante denuncia
      • Finalización
        • Decreto archivo
          • Falta tipicidad o autor conocido
          • Desistimiento incoación expediente
        • Decreto incoación expediente reforma
    • Finalidad:
      • Comprobar tipicidad hecho
      • Posibilidad determinar autor
  • Decreto Archivo por desistimiento de la incoación del expediente
    • Sobreseimiento directo MF (demás Juez Menores)
    • Presupuestos desistimiento
      • Objetivos
        • Imputación delito menos grave (pena privativa inferior a 3 años)
          • Sin violencia o intimidación
        • Delito leve
      • Subjetivos
        • No reincidencia hechos misma naturaleza
    • MF dicta Resolución archivo
      • Notificación a perjudicado (incide en derecho tutela)
      • Notificación a entidad pública protección menores
        • Ejercicio actividad preventiva desamparo
      • Traslado responsabilidad civil a órden jurisdiccional correspondiente

41.1.5.- LA INSTRUCCIÓN POR EL MINISTERIO FISCAL: EL EXPEDIENTE REFORMADOR
  • Proceso habitual
    • Fase instrucción
      • LORPM expediente
    • Fase intermedia
      • LORPM fase alegaciones
    • Juicio oral
      • LORPM audiencia
  • Si denuncia tipicidad hecho y autor conocido
    • MF dicta Decreto Incoación Expediente Reformador
      • Da cuenta a Juez Menores
        • Apertura diligencias trámite y pieza responsabilidad civil
      • Da cuenta a partes ... vista expediente en plazo 24 h
        • Menor imputado
        • Perjudicado
  • Decreto incoación ... comienza fase instrucción MF
    • Incoación expediente por cada hecho (si hechos delictivos conexos)
    • Actos investigación que no supongan limitación derechos fundamentales
      • Práctica diligencia sometida al contradictorio
        • Defensa y el que ejerce acción penal derecho a conocer diligencias, proponer y participar
          • Salvo declaración judicial secreto
    • Actos investigación que impliquen limitación derechos fundamentales y adopción medidas cautelares corresponde a Juez Menores
      • Internamiento o prisión provisional
        • Dictar tras pertinente audiencia
        • Duración inferior a 6 meses
    • Perjudicado puede personarse en procedimiento
      • En su calidad de parte principal 
        • Puede ejercitar acusación particular
        • Instar imposición medidas
        • Tener vista actuado
        • Proponer práctica actos investigación pertinentes
        • Participar en su práctica
        • Interponer los recursos procedentes
  • Finalización expediente reformador
    • Auto sobreseimiento por conciliación o reparación
      • Manifestación principio oportunidad art. 19 LORPM
      • Presupuestos
        • Objetivos
          • Hecho punible atribuido leve o delito menos grave
          • No violento
          • No alteración orden público ni revele peligrosidad autor
        • Subjetivos
          • Voluntad reinserción imputado
            • Puntual reparación víctima con solicitud perdón
          • Voluntario cumplimiento futuro medidas rehabilitadoras
            • Aceptación perdón perjudicado
            • Realización efectiva medidas
        • Formales
          • Mediación equipo técnico
            • Informará a MF
              • MF solicitará sobreseimiento
      • Art. 19 permite que sobreseimiento contemple responsabilidad civil
        • Actividad transaccional partes
        • Tener en cuenta vía reparadora para cálculo cuantía indemnizatoria pieza responsabilidad civil
      • También sobreseimiento por razones oportunidad
        • Si equipo técnico estimara en informe
          • Conveniencia no continuar tramitación expediente en interés menor (art. 27.4 LORPM)
    • Decreto conclusión expediente
      • Práctica actos instructorios
      • Interrogatorio menor
      • Informe equipo técnico
      • No procedente sobreseimiento LECrim
      • DECRETO CONCLUSIÓN EXPEDIENTE
        • Formulación escrito acusación o alegaciones
          • Notificación a partes
          • Remisión expediente y piezas convicción a Juez Menores

41.1.6.- LA FASE INTERMEDIA O DE LEGACIONES
  • Presupuesto
    • Decreto conclusión expediente
  • Objeto
    • Decidir Juez
      • Sobreseimiento LECrim (tasados motivos legalidad)
        • Art. 30.4
          • MF puede solicitar sobreseimiento al Juez Instrucción
            • Motivos previstos LECrim
          • Juez oficio pese a escrito acusación MF y acusador particular
      • Conformidad
        • Limitada en fase alegaciones
        • Ilimitada en fase juicio oral
      • Apertura juicio oral (audiencia)


41.1.7.- EL JUICIO ORAL O AUDENCIA
  • Presidido por principio acusatorio (nemo iudex sine acusatore)
    • Presupuesto apertura juicio oral
      • Presentación MF, y en su caso acusador particular escrito alegaciones o acusación
        • Describir hecho punible e identificar presunto autor (a partir de ese momento acusado)
          • Descripción hecho con circunstancias
          • Calificación jurídica
          • Grado participación menor
          • Breve reseña circunstancias personales y sociales
          • Solicitud medida
        • Proposición prueba
          • MF
          • Acusación particular
  • Traslado a defensa escrito alegaciones MF y acusador particular
    • Contestación defensa 
      • Articulando sus alegaciones
      • Solicitud ejecución (en calidad prueba anticipada) 
        • Diligencias pedidas en el expediente y denegadas por MF
          • Y no pudieran practicarse en audiencia
  • Recepción escritos
    • Acusación
    • Defensa
  • Si no conformidad
    • Juez
      • Dispondrá admisión medios prueba pertinentes
      • Efectuará señalamiento juicio oral
        • Actos preparatorios
          • Citaciones a partes, testigos y peritos
      • Dispondrá acerca publicidad audiencia
  • Publicidad
    • LORPM invierte términos principio publicidad juicio oral adultos
      • Prohibición asistencia medios (prohibición publicidad absoluta y mediata)
      • Juez puede decretar para salvaguardar intimidad menor y no dañar reinserción
        • Secreto audiencia
        • Abandono parcial menor
  • Inicio sesiones
    • Señalamiento día y hora
      • Comienzo audiencia
        • Principiará puesta en conocimiento LAJ en términos inteligibles acusación
          • Pregunta Juez acerca conformidad (ilimitada)
            • Si menor se allana a pretensión
              • Juez sentencia conformidad
            • Si menor sólo confiesa hechos
              • Juicio continuará referente determinación medida idónea
  • Comparecencia previa
    • Finalizado trámite conformidad
    • Art. 37.1 comparecencia previa (similar proceso penal abreviado)
      • Vulneración derecho fundamental
      • Práctica nuevas pruebas
      • Aplicar distinta calificación o medida de solicitada
      • Extensión
        • Planteamiento cuestiones previas
        • Causas suspensión audiencia (art. 786.2 LECrim)
  • Práctica prueba, informes y última palabra
    • Finalización comparecencia previa
    • No procedencia subsanación derecho
      • Reanudación audiencia práctica prueba
        • Reglas LECrim
          • Perjudicado personado puede interrogar todos intervinientes prueba
      • Oir como prueba pericial Informe Equipo Técnico circunstancias menor
      • Conclusión práctica prueba
        • Juez concederá palabra
          • MF
          • Acusadores particulares
          • Defensa
          • INFORMAR VALORACIÓN PRUEBA, CALIFICACIÓN JURÍDICA Y PROCEDENCIA MEDIDAS PROPUESTAS
          • Oirá a Equipo Técnico
            • Información procedencia medidas propuestas
    • Finalización trámite Informes
      • Art. 733 Juez puede ilustrar a MF y acusación particular
        • Posibilidad aplicar calificación distinta
        • Posibilidad aplicar medida distinta a solicitada
          • Respeto principio acusatorio
      • Juez oirá a menor (derecho última palabra)
        • Declarará causa vista para sentencia
          • Plazo máximo 5 días
    • Sentencia
      • Observar requisitos externos (art. 39.1)
        • Autoriza adelantar in voce fallo
      • En ella o Auto motivado
        • Suspensión ejecución fallo



TEMA 43.- LOS PROCESOS ESPECIALES ( II )

43.1.- EL PROCESO POR ACEPTACIÓN DE DECRETO

43.1.1.- OBJETO PROCESAL: REQUISITOS
  • Art. 803 bis.a objeto proceso especial, requisitos
    • Formales
      • Instrucción en curso
        • Investigación MF
        • Incoación diligencias previas
        • PJ no autorizada emisión propuesta sanción
    • Subjetivos
      • Positivos
        • Delito castigado con pena multa trabajos en beneficio comunidad o pena prisión no exceda de un año, y posible suspensión art. 80 CP con o sin privación derecho conducir vehículos a motor y ciclomotores
        • Ministerio Fiscal entienda que pena aplicable es pena multa o trabajos en beneficio de la comunidad, y en su caso pena privación derecho conducir vehículos a motor y ciclomotores
      • Negativos
        • No personada acusación popular o particular causa.
      • Pena objetiva aunque fuera pena privativa 1 año
        • Posible sustitución por otra privativa de derechos
          • MF proponer pena multa o privativa derechos
      • Procedimiento
        • Acto postulación MF
          • Propuesta imposición pena
            • MF calificar hecho incluido en objeto procesal
              • Y no exista acusador popular o particular causa
                • No exime a LAJ si Juez hubiera incoado diligencias previas
                  • Trámite acciones a ofendido
                    • Si no compareciera como acusador particular
    • Objetivos
      • Acción penal ejercitada para imposición de pena multa o trabajos en beneficio comunidad, y en su caso privación derecho conducir vehículos motor y ciclomotores
        • Procedimiento aplicable a delitos menos graves
          • Pena multa
          • Prisión sustituible por multa
            • Con o sin privación derecho conducir vehículos a motor y ciclomotores
            • MF todavía puede (sustituto procesal perjudicado)
              • Ejercitar acción civil (art. 108 LECrim)
                • Obtención restitución cosa
                • Indemnización perjuicio
              • Si no ejercita acción civil
                • Reservada para que perjudicado la ejercite en proceso civil

43.1.2.- NATURALEZA JURÍDICA
  • Proceso especial
    • Desarrollo ante Autoridad Judicial
      • Puede finalizar con Sentencia conformidad (método autocompositivo solución controversias penales)
        • Allanamiento pretensión penal aplicación supletoria
    • Finalidad
      • Emitir al principio fase instructora
        • Propuesta sanción pena no privativa libertad
          • Si aceptada por imputado con concurso voluntad Abogado
            • Sentencia firme condena
      • Descongestiona papel inútil al Juzgado
        • Absoluto respeto derecho defensa encausado
          • Puede oponerse a propuesta sanción
            • Ejercitar derecho ser juzgado proceso plenas garantías

43.1.3.- EL DECRETO DE PROPUESTA DE IMPOSICIÓN DE PENA
  • Art. 803 bis.c
    • Cuando MF estime concurrencia requisitos determinantes objeto procesal
      • Redacción Decreto propuesta imposición pena (similar escrito acusación)
        • Identificación investigado
        • Descripción hecho punible
        • Indicación delito cometido y mención sucinta prueba existente
        • Breve exposición motivos justificando sustitución pena prisión
        • Penas propuestas
          • Pena multa o trabajos en beneficios comunidad
            • Y en su caso privación derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores
            • Reducción hasta un tercio pena legalmente impuesta
              • Incluso si imposición pena inferior a límite mínimo previsto en CP
        • Peticiones restitución e indemnización

43.1.4.- LA HOMOLOGACIÓN JUDICIAL DEL DECRETO
  • Presentación Decreto propuesta imposición pena ante Juzgado Instrucción competente
    • Juez
      • Aceptará
        • Si estima procedencia notificación a imputado junto Decreto
          • Citación comparecencia ante Tribunal fecha y día señalada
          • Se ilustrará derecho comparecen con Abogado de confianza o solicitar Abogado oficio
            • Nombramiento Abogado 5 días antes comparecencia
              • Intervención Abogado defensor (Recomendación D67 Consejo Europa) e imposición pena privativa libertad
                • Preceptiva para válida celebración comparecencia
                  • Pero como procedimiento conlleva pena no privativa libertad
                    • Hace innecesaria presencia
                      • Evita lentitud y carestía proceso
      • Denegará
        • Si inadmite, Decreto sin efecto
          • Sin perjuicio que al trasladar notitia criminis delito público
            • Ha de incoar diligencias previas
              • MF cese investigación
        • Si Decreto propuesta pena ineficaz
          • No autorización por Juez Instrucción, incomparecencia o falta aceptación encausado
            • MF no vinculado por contenido
              • Proseguirá causa
                • Incoación Diligencias Previas
                  • MF podrá instar de nuevo conformidad

43.1.5.- OPOSICIÓN
  • Modos oposición
    • Tácita
      • Sola comparecencia sin la de Letrado
        • Sin perjuicio Juez suspenda comparecencia y señale nueva fecha
    • Expresa
      • Rechazo total o parcial penas o restitución o indemnización
        • Queda sin efecto
          • Continuación fase instructora
  • Conformidad válida
    • Manifestación expresa
      • Abogado defensor (autonomía en proceso penal)
        • Si Abogado reputa conveniente continuación procedimiento contraviniendo voluntad patrocinado, o a la inversa
          • Juez debe disponerlo
          • Exigencias constitucionales derecho defensa obligan a Juez a reemplazar Abogado
            • Originario al prestar conformidad moralmente descalificado
      • Patrocinado

43.1.6.- ACEPTACIÓN
  • Art. 803 bis.i
    • Encausado acepta en comparecencia pena propuesta en todos términos
      • Aceptación imputado y Abogado defensor
      • Juez Instrucción atribuirá carácter Resolución Judicial firme
        • En plazo tres días documentará forma y efectos sentencia condenatoria firme
          • No cabe recurso alguno
            • Nadie puede ir contra sus propios actos
              • Excepcionalmente defensa recursos
                • Vicios consentimiento
                • Pena impuesta no procedente

43.2.- EL PROCESO POR INJURIAS Y COLUMNAS
  • Proceso ordinario con especialidades
    • No aplicación normas proceso ordinario
      • Aplicación normas procedimiento abreviado
    • Naturaleza privada ilícitos penales
      • Más que informado por principio acusatorio ... principio dispositivo
        • Inicio del proceso a instancia de parte
          • Si ofendido no interpone querella, no se inicia de oficio el procedimiento
        • Proceso puede quedar truncado por medios anormales finalización
          • Perdón ofendido
          • Renuncia a acción penal
          • Abandono querella
        • Naturaleza privada procedimiento ... vedada participación MF
        • Proceso regido por congruencia civil
          • Juzgado Penal no puede utilizar tesis
            • Ni otorgar más de lo pedido
            • Menos de lo resistido
            • Ni cosa distinta a lo planteado en pretensión penal y civil

43.3.- EL PROCEDIMIENTO POR DELITOS COMETIDOS POR MEDIOS O SOPORTES MECÁNICOS DE DIFUSIÓN
  • Secuestro, prohibición difusión, y condena penal y civil autores delitos
    • Imprenta
    • Grabado
    • Medios mecánicos publicación
    • Medios sonoros
    • Medios fotográficos
    • Radio, TV, cinematografía y similares
    • Telefonía móvil e Internet

43.3.1.- NATURALEZA
  • Procedimiento ordinario con especialidades
    • Reclamadas ante delitos cometidos a través medios mecánicos difusión
      • Injuria o calumnia a través medios mecánicos difusión
        • Procedimiento propio injurias y calumnias
          • Particularidad
            • Utilización medios mecánicos difusión
              • PUBLICIDAD
            • Solicitud y obtención medidas provisionales procedimiento delitos medios mecánicos difusión

43.3.2.- MEDIDAS PROVISIONALES
  • Secuestro
    • Art. 816
      • Principio sumario delito medio imprenta, grabado  u otro medio mecánico, Juez acordará secuestro ejemplares impreso o estampa, también molde
        • Juez Instrucción debe proceder efectuar secuestro
          • Publicado
          • Molde (máster)
          • Soporte magnético
          • Demás objetos cuerpo delito
    • Objetivo
      • Asegurar cuerpo delito
      • Conjurar peligro reiteración delictiva
      • No medida cautelar
        • No garantiza cumplimiento Sentencia
    • Resolución Provisional
      • Recae sobre derecho fundamental libertad información
        • Sometida a principio proporcionalidad y subsiguientes principios
          • Jurisdiccionalidad
            • Acto reservado a la Autoridad Judicial (art. 20 CE)
          • Especial motivación Resolución Judicial
            • Juicio ponderación derechos fundamentales en conflicto
          • Necesidad e inexistencia alternativa menos gravosa
            • Medida potestativa
            • No se puede secuestrar medio comunicación, ni medio mecánico
              • Sólo soporte que permita producción delito
                • Sin perjuicio Juez pueda disponer clausura medio
                  • Si concurren supuestos consecuencias accesorias
  • Orden prohibición difusión
    • Art. 823 bis párrafo segundo
      • Jueces al inicio procedimiento podrán acordar secuestro publicación, o prohibición difusión o proyección medio a través del cual actividad delictiva, contra dicha resolución podrá interponerse recurso apelación, resuelto en plazo 5 días
        • Prohibición difusión
          • Resolución Provisional
            • Orden cesación actividad delictuosa susceptible generar delito desobediencia
              • Excepcionalmente cometido por imputado
                • Medida en nada afecta derecho defensa
                  • Dirigida conjurar riesgo reiteración delictiva

43.3.3.- DETERMINACIÓN DE LA LEGITIMACIÓN PASIVA
  • Segundo objeto Instrucción
    • Determinar autoría hecho punible
      • Art. 823
        • Unidos a causa impreso, grabado u otro medio mecánico publicación haya servido para comisión delito y averiguado autor o persona subsidiariamente responsable, se dará por terminado sumario
          • Arts. 817 y 818
            • Juez Instructor obligación prestar declaración a Director y Redactor medio
          • Art. 819
            • Juez debe dirigir investigación contra sucesivos responsables subsidiarios si no pudiera averiguarse autor material hecho o se encuentre en rebeldía
              • Si durante curso causa aparece persona que por orden CP deba responder criminalmente delito antes que procesado
                • Sobreseimiento causa
                  • Dirigir procedimiento  contra la persona aparecida
              • Si condenado responsable subsidiario por hecho punible
                • No se podrá abrir de nuevo procedimiento contra responsable principal si llegare a ser conocido
                  • Prescripción superflua
                    • Efectos excluyentes responsabilidad
                    • Cosa juzgada penal

43.4.- LOS PROCESOS ESPECIALES POR RAZÓN DE LAS PERSONAS: EL ENJUICIAMIENTO DE DIPUTADOS Y SENADORES
  • Durante mandato
    • Incluso antes, si momento imputación, ostentaren dicho cargo
  • Similar protección Presidente y miembros Gobierno
    • Respuesta penal delito traición o delito contra seguridad Estado
      • Iniciativa 1/4 miembros Congreso
        • Aprobación mayoría absoluta
  • Fundamento
    • Art. 71.2 CE
      • Inmunidad parlamentaria
        • TC fundamento prerrogativa
          • Protección libertad, autonomía e independencia Cámaras Legislativas
  • Especialidad procedimiento
    • Obtención suplicatorio para dirigir proceso penal contra Diputado o Senador
      • Ante fundada imputación contra aforado
        • Juez se dirige a Presidente Cámara
          • Previo acuerdo Mesa
            • Remisión a Comisión Estatuto Diputados
              • Audiencia interesado
                • Emisión Dictamen
                  • Someter a primer Pleno ordinario
                    • Aprobación o denegación suplicatorio
      • Si no ocurre
        • Artículo pronunciamiento art. 666.5
          • Falta autorización administrativa para procesar
            • Sobreseer libre causa
    • Instrucción y juicio Diputados y Senadores
      • Sala Penal TS
        • STS 2014
          • Si pronunciado Auto apertura juicio oral
            • Aforado renuncia a Acta Diputado
              • Tribunal aforamiento continua competencia objetiva
    • Recomendable aforamiento circunscrito a delitos con ocasión función parlamentaria
      • STS 22/1997
        • Cuando Diputado o Senador cesa en representación
          • No necesidad instar suplicatorio
            • También pierde aforamiento




TEMA 42.- LOS PROCESOS ESPECIALES ( I )

42.1.- DETERMINACIÓN
  • Procesos especiales responden a razones política criminal
    • Enjuiciamiento determinados delitos (ratione materiae)
    • Infracciones cometidas por determinadas personas (ratione personae)
  • Salvo enjuiciamiento Diputados y Senadores
    • Demás procesos penales especiales razones materiales política criminal
      • Incremento delincuencia callejera
        • Juicios rápidos
      • Abusos ejercicio libertades emisión pensamiento
        • Enjuiciamiento delitos imprenta, grabado u otro medio comunicación
      • Proceso especial delitos injuria y calumnia
  • LO 2015 reforma LECrim
    • Proceso por aceptación Decreto
      • Razones economía procesal
      • Descongestión carga Juzgados

42.2.- LOS JUICIOS RÁPIDOS

42.2.1.- CONCEPTO Y NATURALEZA
  • Proceso especial competencia Juzgados Penal arts. 795 - 803 LECrim
    • Aplicable delitos flagrantes o instrucción sencilla
      • Autor detenido o a disposición judicial
      • Incoado  mediante Atestado
        • Concentrada Instrucción ante Juzgado Guardia
          • Inmediata conformidad acusado
          • Celebración juicio oral plazo no superior a 15 días
  • Principios
    • Oralidad, inmediación y concentración procedimiento
  • Especial
    • Hechos punibles, sobre los que extiende ámbito aplicación
    • Diligencias Urgentes yuxtapuestas a Diligencias Previas
      • Pueden reconvertirse diligencias urgentes en diligencias previas
        • Clara vocación convertirse en práctica en proceso ordinario

42.2.2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
  • Infracciones punibles en que concurran circunstancias:
    • Criterio formal
      • Proceso penal incoado en virtud de atestado policial
        • Consecuencia detenido persona
          • Puesta a disposición judicial
            • O aún sin detenerla citado para comparecencia ante Juzgado Guardia por calidad denunciado en atestado policial
    • Criterio cuantitativo material
      • Delitos competencia Juzgados Penal
        • Pena privativa libertad no superior a cinco años
          • O cualquier otra pena única, conjunta o alternativa duración no superior a 10 años
    • Presupuestos procesales
      • Incoación proceso penal por atestado policial
      • Qantum pena
      • Art. 795
        • Delitos flagrantes
        • Hecho comprendido en letra segunda
        • Hecho punible instrucción sencilla y no procedente secreto actuaciones

42.2.3.- LA PREINSTRUCCIÓN DE LA POLICÍA JUDICIAL
  • Esencial
    • Incoación actuación inicial atestado
    • Instrucción concentrada ante Juzgado Guardia
    • Actuación inmediata práctica diligencias
  • Plazo práctica diligencias
    • Art. 796.1 plazo PJ tiempo imprescindible
      • Concluirlas durante plazo detención
        • Salvo si imputado no detenido ni localizado
          • Retener realización diligencias 5 días
  • Actuaciones asistenciales
    • Art. 770.1 auxilio personal sanitario que fuese habido, o requerir presencia facultativo o sanitario
      • Solicitud copia informe asistencia para unión a atestado
        • Acreditación realización asistencia médica
        • Lugar, día y hora
        • Naturaleza lesiones apeciadas
        • PRUEBA DOCUMENTAL PRECONSTITUIDA
  • Actuaciones relativas derecho defensa
    • Art. 796.1.2º
      • Policía debe informar a persona que se atribuye hecho aunque no detención derecho que asiste comparecer ante Juzgado Guardia asistido de Abogado
        • Si interesado no manifestación expresa voluntad comparecer asistido de Abogado
          • PJ recabará de Colegio Abogados un Abogado oficio
      • En relación art. 767 LECrim
        • Irrenunciabilidad derecho defensa técnica
          • Desde detención o actuaciones resultantes imputación delito contra persona determinada
            • Necesidad asistencia letrada
    • Una vez incoadas diligencias urgentes
      • Juez Instrucción pondrá atestado en conocimiento defensa
  • Actos citación
    • Emplazamientos imperativos PJ
      • Personas o entidades referencia denunciado en atestado policial
        • Testigos, ofendidos, perjudicados, aseguradoras, responsables y perjudicados
          • Coordinación con Juzgado de Guardia
            • Posibilidad por razones urgencia citaciones verbales
  • Diligencias periciales
    • PJ obligación colaborar o excepcionalmente por si misma análisis sustancias intervenidas
      • Art. 796.6 PJ remitirá Instituto Toxicología o Instituto Medicina Legal o laboratorio sustancias aprehendidas
        • Análisis por medio más rápido
          • Antes día y hora citación personas indicadas en reglas anteriores
            • Si no fuera posible remisión análisis en dicho plazo
              • PJ práctica por sí misma análisis
                • Sin perjuicio debido control judicial

42.2.4.- LA INCOACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
  • Art. 797.1
    • Tras recibir atestado
      • Juez Guardia incoará diligencias urgentes
        • Juez tener en cuenta concurrencia presupuestos ámbito aplicación procedimiento art. 795 LECrim
          • Juez incoación procedimiento enjuiciamiento inmediato sin realizar otro tipo valoración
            • Auto
              • No cabe recurso alguno contra Auto
            • Juez Guardia práctica actos prueba sumarial anticipada
            • Defensa derecho publicidad instrucción
              • Conocimiento atestado y actuaciones
  • Diligencias obligatorias
    • Aportación antecedentes penales
      • Art. 797.1.1ª
        • Juez recabará por medio más rápido antecedentes penales detenido o persona imputada
          • Esencial para correcta calificación jurídica hecho
            • Extensión pena
            • Aplicación o no agravante reincidencia
            • Acordar o no suspensión ejecución
              • Habida cuenta posibilidad conformidad inmediata por imputado ante Juez Guardia y / o suspensión ejecución
    • Declaración imputado
      • Art. 797.1.3ª
        • Juez Guardia tomará declaración detenido puesto a disposición judicial o persona imputada atestado comparecido a citación judicial
          • Interrogatorio judicial ante Juez
            • Citación para ser oído art. 486
              • Ante falta comparecencia imputado a citación policial ante Juzgado Guardia
                • Aplicación art. 487
                  • Orden detención (sanción LECrim para incumplimiento citación)
  • Diligencias facultativas
    • Declaraciones testigos, careos, diligencia en rueda, informes periciales
      • Dos limitaciones
        • Material
          • Adopción diligencias
            • Condicionada a regla pertinencia, necesidad y utilidad
        • Temporal
          • Ejecución efectuarse dentro preclusivo plazo de guardia

42.2.5.- LA COMPARECENCIA EN LA FASE INTERMEDIA: LA AUDIENCIA PRELIMINAR
  • Funciones
    • Practicadas diligencias instrucción necesarias y facultativas imprescindibles finalidades Instrucción
      • Inicio Fase Intermedia
        • Comparecencia partes ante Juez Guardia
        • Competencia
          • Juez Instrucción en funciones Guardia
            • A diferencia proceso penal abreviado en juicios rápidos se realiza de forma oral (rapidez procedimiento)
              • E incremento funciones
                • Clásicas
                  • Decidir sobreseimiento
                  • Decidir apertura juicio oral
                    • Actos acusación y defensa
                • Adicionales
                  • Decisión procedimiento adecuado
                  • Adopción medidas cautelares
            • Cometidos cronológicos
              • Decidir procedimiento adecuado
                • Ratificar diligencias urgentes
                • Convertir diligencias urgentes en diligencias previas
                • Archivo
                • Reenvío juicio faltas
                • Reenvío Jurisdicción Militar
                • Reenvío proceso menores
              • Adopción decisión medidas cautelares y destino piezas convicción
              • Resolver petición sobreseimiento o apertura juicio oral
                • Instar a partes formalización acusación y defensa
  • Plazo
    • Instrucción concentrada y fase intermedia
      • Dentro preclusivo plazo duración servicio guardia
  • Forma
    • Principio oralidad
      • Oirá a partes personadas y MF
        • Documentar actuaciones
  • Partes
    • Juez
    • LAJ
    • Partes personadas
    • MF
  • Contenido
    • Art. 798 doble contenido intervención partes en comparecencia
      • Instar lo que estimen conveniente acerca continuidad  o no procedimiento
      • Alegar conveniencia medidas cautelares frente imputado y responsable civil
        • Si Juez dispone continuación procedimiento rápido
          • Traslado a momento posterior resolución petición apertura juicio oral
    • Intervención partes
      • Exposición oral alegaciones procedimiento adecuada
        • MF
        • Acusación personada, si la hay
        • Defensa
      • Procedimiento
        • Recabar opinión sobre estado instrucción
          • Suficiencia o no diligencias para continuar procedimiento
          • Propuesta actos investigación para conclusión
          • Procedencia ratificación
            • Diligencias urgentes 
              • O conversión en diligencias previas procedimiento abreviado ordinario
        • Exponer procedencia alguna resolución prevista
          • Archivo actuaciones
          • Incoación juicio faltas
          • Proceso menores
          • Remisión actuaciones a Jurisdicción Militar
  • Resolución judicial
    • Tras oir alegaciones partes
      • Juez Guardia debe pronunciarse sobre continuación o no procedimiento
        • Procedimiento adecuado
        • Medidas cautelares instadas por acusaciones
    • Auto imputación requisitos art. 779.1.4ª
      • Determinación hechos punibles
      • Identificación persona o personas imputadas

42.2.6.- LA PREPARACIÓN Y APERTURA DEL JUICIO ORAL
  • Tras celebración comparecencia art. 798
    • Previa audiencia padres Juez ha de dictar Auto
      • Considera suficientes diligencias practicadas
      • Ordena continuación procedimiento trámites enjuiciamiento inmediato
      • Declaración continuación Diligencias Urgentes
        • Oirá MF y partes personadas pronunciamiento si procede apertura juicio oral o sobreseimiento
          • Solicitado
            • Estimación procedencia
              • Auto motivado dictado en forma oral y documentado en Acta
                • No susceptible recurso alguno (igual que proceso penal abreviado)
                • Art. 800 doble cauce procesal según exista o no acusación particular
  • Supuesto no exista acusación particular
    • Mayoría casos en enjuiciamiento rápido
    • Art. 800.2 MF presentará inmediato escrito acusación o formulará oralmente
      • Si MF no presenta escrito acusación en momento apertura juicio oral
        • Juez
          • Sin perjuicio emplazar ofendidos o perjudicados
            • Requerirá superior jerárquico Fiscal plazo dos días presente escrito procedente
              • Si en plazo no presenta escrito
                • Se entiende que no pide apertura juicio oral
                  • Procede sobreseimiento libre
                    • Consagra norma efecto preclusivo
                      • Incumplimiento presentar escrito acusación MF conlleva abandono punitivo Estado
                      • Sobreseimiento libre por razones oportunidad art. 800.5
  • Supuesto exista acusación particular
    • Acusación particular personada
      • Solicitado apertura juicio oral
        • Juez Guardia emplazará acusador y MF presentación escritos acusación plazo dos días
          • Se abandona modalidad acusación oral
            • Razón calificación oral inmediata para MF basada realización misma comparecencia
              • Al concederse dos días plazo
                • No deducción en propia comparecencia
                  • Presentación por escrito
          • Se mantiene plazo preclusivo para MF si no se presentan escritos acusación
            • Requerimiento a Fiscal Jefe para que en dos días presente escrito acusación
              • Si no se presenta entiende que no solicita apertura juicio oral
                • Sobreseimiento libre
  • Escrito defensa
    • Art. 800 doble regulación
      • Existencia acusación pública y particular
      • Existencia sólo acusación pública
    • No constitución acusación particular y MF hubiera presentado escrito acusación o formulado oralmente
      • Defensa en misma comparecencia conocimiento pretensión punitiva
        • Prestar conformidad premiada (art. 801)
          • Juez Guardia dictará sentencia conformidad
            • Decidirá suspensión o no ejecución sentencia
              • Remisión a Juzgado Penal actuaciones para ejecución
        • Presentar inmediatamente escrito defensa o formulación oral
        • Pedir plazo cinco días presentar escrito defensa
          • Concesión no potestativa sino obligatoria para Juez
            • Tratados Internacionales Convenio Europeo todo acusado derecho disponer tiempo y facilidades preparación defensa
            • Art. 800.2 Juez fijará prudencialmente plazo cinco días atendidas circunstancias hecho imputado y restantes datos manifiesto en investigación
            • Notas
              • Formulación acto contestación a pretensión penal por escrito, no cabe forma verbal
              • Presentación escrito defensa ante Juez Penal
                • No Juez Guardia
                • Citar partes celebración juicio oral, y emplazamiento acusado y responsable civil para que presente escritos ante órgano enjuiciamiento
              • Imposibilidad defensa obtener conformidad premiada
                • Sólo posible en juicios rápidos dentro actuaciones Juez Guardia
                  • Sin permiso conformidad ordinaria ante Juez Penal
                    • A diferencia de premiada, a más alta petición pena, sin posibilidad rebaja
    • ¿Constitución acusación particular y pública?
  • El señalamiento para juicio oral
    • LAJ Juzgado Guardia
      • Fecha más próxima posible
        • Máximo plazo 15 días
          • De acuerdo Juzgado Penal
      • Citaciones propuestas por partes
        • Citar testigos y peritos
          • Sin perjuicio Juez si no se hubieran citado deba proceder a práctica
        • Citaciones MF en acto por Juez

42.2.7.- LA CONFORMIDAD PREMIADA DEL ART. 801
  • Competencia
    • Calificaciones delitos pena privativa libertad no superior a dos años prisión
    • Competencia dictar Sentencia conformidad premiada
      • No corresponde a órganos enjuiciamiento
        • Sino instrucción
          • Juez Instrucción (si Diligencias Previas)
          • Juez Guardia (si Diligencias Urgentes juicios rápidos)
  • Beneficio rebaja pena, suspensión o sustitución pena privativa libertad
  • Presupuestos
    • Requisitos formales
      • Si incoado Diligencias previas (art. 779.1)
        • Imputado asistido de Abogado reconoce hechos presencia judicial, y constitutivos delito pena límites art. 801, mandará convocar a MF y partes personadas a fin de que manifiesten formulación escrito acusación conformidad con acusado, caso afirmativo incoará diligencias urgentes y ordenará continuación trámites.
          • Órgano competente conformidad Juez Instrucción que conozca Diligencias Previas
            • No Juez de Guardia
          • Celebración comparecencia art. 800.2
            • Sin que partes hayan tenido que solicitar ni Juez adopción apertura juicio oral
              • Pero hay que formular escrito acusación
                • No cabe acusación oral
                  • Partes han de comparecer con conformidad negociada
                    • Negocios jurídicos procesales
                    • Escritos acusación imputado reconocido comisión hecho y acepta cumplimiento voluntario mayor pena propuesta por partes acusadoras
                    • Ratificación personal imputado y Abogado
                    • Juez transformación diligencias previas en urgentes
                      • Dictar sentencia conformidad
      • Si incoado Diligencias urgentes
        • Conformidad ante Juez Guardia
        • Comparecencia regulada art. 800
          • Requiere previa petición y adopción apertura juicio oral
            • Abierto juicio oral si no constituido acusación particular
              • MF presentará escrito acusación o formulará oralmente
                • Acusado podrá prestar en mismo acto conformidad
                  • Conformidad - allanamiento acusado a petición pena MF
    • Requisitos materiales
      • Conformidad premiada no reclamable ante comisión delito
        • Sólo ante acusación delito menos grave
          • No lesión bienes jurídicos relevantes
          • Ausencia violencia y reproche social
            • Permite inferior resocialización acusado
      • Criterio pena subjetiva (preside conformidad)
        • Art. 801.1
          • Requiere que si pena es privativa libertad
            • Pena solicitada o suma penas solicitadas
              • No supere (reducida en 1/3) 2 años prisión
        • Incentivar conformidades en guardia
          • Evitar realización juicios orales innecesarios
            • Si partes acusadoras posibilitan conformidad
              • Reducida pena en 1/3
                • No exceda de 2 años privación libertad
            • Si se trata de pena multa y privativa derechos
              • Posible Juez Guardia reducirla en 1/3
            • Si se trata pena privativa libertad
              • Facultado Juez Guardia
                • Reducir en 1/3 pena privativa libertad
                • Suspender ejecución
                • Sustituir pena privativa libertad por pena no privativa

42.8.- EL JUICIO ORAL EN LOS JUICIOS RÁPIDOS
  • Arts. 786 - 788 LECrim
    • Especialidades celeridad
      • Plazo dictar sentencia 3 días
      • Si suspensión
        • Señalar celebración en plazo más breve posible
          • En todo caso dentro 15 días siguientes

42.9.- MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
  • Contra Sentencias dictadas por Juzgados Penal en juicios rápidos
    • Recurso ordinario apelación
      • Alegaciones escritas contra Resolución
        • Ante Juzgado Penal
          • Plazo interposición 5 días
            • Admitido recurso y formalizadas alegaciones partes
              • Remisión a AP en plazo 5 días
                • Sentencia AP plazo 3 días con vista
                  • O 5 días resolver alegaciones escritas



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