DERECHO PROCESAL PENAL TEMAS 1 A 5

TEMA 1.- FUENTES Y FUNCIÓN DEL PROCESO PENAL

1.1.- FUENTES DEL PROCESO PENAL

1.1.1.- LA CONSTITUCIÓN 1978
  • Norma suprema ... adecuación ordenamiento procesal penal
    • Si algún precepto no se adapta ... cuestión inconstitucionalidad TC
  • Normas constitucionales naturaleza procesal
    • Normas constitucionales ordinarias
      • Dirigido al poder legislativo
        • Obligación respetar mandatos o derechos constitucionales establecidos
          • No posible negar a posteriori por legislador ordinario
    • Normas constitucionales garantía reforzada
      • Tuteladoras derechos fundamentales naturaleza procesal = garantía reforzada
        • Vulneración restablecible por Tribunales ordinarios
          • Si no interesado recurso constitucional amparo
            • Restablecimiento TC
              • Sección 1ª Cap II CE
      • Derechos fundamentales materiales incidencia procesal
        • Vida, integridad física, prohibición tortura
          • Tener en cuenta ordenación inspecciones e intervenciones corporales
        • Libertad ideológica, religiosa, expresión, información veraz y cátedra
        • Derechos fundamentales emisión pensamiento
          • Se enfrentan con fundamentales honor, intimidad e imagen
        • Derecho libertad
          • Se erige en un objeto proceso penal
        • Inviolabilidad domicilio y secreto comunicaciones
        • Libertad residencia
        • Derecho de asociación
          • Susceptible limitación mediante consecuencia accesoria
        • Derecho acceso y permanencia en cargos públicos
          • Limitado en supuestos terrorismo
        • Principio legalidad y non bis in idem
        • Vulneración derechos fundamentales materiales
          • Valoración prohibida prueba
            • Denuncia vulneración otros derechos fundamentales procesales
              • Derecho presunción de inocencia
              • Derecho proceso con todas las garantías
                • Restablecimiento Tribunales superiores TC
                  • Declaración nulidad sentencia condenatoria o juicio oral
      • Derechos fundamentales procesales (art. 24)
        • Titularidad asiste al investigado
          • Manifestación dignidad humana proceso contemporáneo
            • Derechos defensa o instrumentales
              • Hacer valer derecho libertad ciudadano
        • Víctima (ofendido o perjudicado)
          • Derecho tutela judicial efectiva, juez legal y prueba

1.1.2.- PACTOS INTERNACIONALES DERECHOS HUMANOS
  • Tratados Internacionales incidencia procesal fuente producción Derecho Procesal
    • Destacan por fuerza vinculante Pactos Internacionales Derechos Humanos
      • Normas derechos humanos CE se interpretarán de conformidad Declaración Universal Derechos Humanos y acuerdos internacionales
        • DUDH
        • Pacto Internacional Derechos Civiles y Políticos (Pacto NY)
        • Convenio Protección Derechos Humanos y Libertades Fundamentales (Roma) y Protocolos Adicionales
          • Derecho debido proceso (proceso justo)

1.1.3.- LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL
  • Código Procesal Penal
    • 7 Libros
      • 1º Parte General Derecho Procesal Penal
        • Presupuestos, requisitos actos y derechos procesales
  • Múltiples reformas parciales
    • Inseguridad jurídica y factor retardo
  • Avances Ciencias Auxiliares Proceso Penal ... nuevo Código Procesal Penal
    • Conquistas materia defensa y principio acusatorio

1.1.4.- LEYES ESPECIALES

  • Materias que afectan desarrollo derechos fundamentales ... LO
  • Materias no afectan a libertad ni derecho fundamental ... Ley ordinaria


1.2.- LAS DIVERSOS FUNCIONES DEL PROCESO PENAL
  • Multiplicidad funciones proceso penal
    • Clásica función derecho penar Estado
    • Sistemas democráticos
      • Protección derecho libertad
      • Derecho tutela víctima
      • Reinserción

1.2.1.- LA ACTUACIÓN DEL IUS PONIENDI
  • Proceso penal instrumento jurisdicción para exclusiva aplicación ius puniendi
    • Prohibición autotutela penal
      • Estado ostenta en régimen monopolio
        • Declaración existencia delito y participación en él del encausado
          • Irrogación por Tribunal Penal pena Código Penal

1.2.2.- LA PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA LIBERTAD
  • Función proceso penal no identificación exclusiva con ius puniendi
    • Destinado a declarar derecho libertad ciudadano inocente
      • Proceso penal instrumento neutro jurisdicción
        • Finalidad
          • Aplicar ius puniendi
          • Restablecer derecho fundamental libertad a través habeas corpus
            • Valor superior ordenamiento jurídico
              • Posición preferente a la potestad jurisdiccional imposición penas


1.2.3.- LA PROTECCIÓN DE LA VÍCTIMA
  • Proceso penal conversión en instrumento útil reparación víctima
    • Segunda función subordinada a la primera
      • Sin delito no hay fuente de obligación civil
  • Art. 24 CE
    • Derechos fundamentales
      • Investigado
        • Libertad
        • Defensa
      • Perjudicado
        • Tutela judicial efectiva
        • Obtención eficaz y rápida satisfacción pretensión resarcitoria


1.2.4.- LA REHABILITACIÓN DEL INVESTIGADO
  • Reinserción proceso penal contemporáneo
    • Penas cortas privativas libertad difícil alcanzar
      • Aconseja introducir penas alternativas a privación libertad
        • Evitar contagio criminal



TEMA 2.- EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD Y LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE DERECHO JUDICIAL ORGÁNICA

2.1.- EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
  • No es suficiente acto investigación emane de autoridad competente, sino necesario
    • Previsto en ley
    • Objetivamente se justifique
    • Resolución judicial ordenante limitación derecho fundamental minuciosamente motivada
      • Plasmar ineludible juicio necesidad sacrificio derecho fundamental
  • Implícitamente contenido en art. 25 y en preceptos limitantes ejercicio derechos fundamentales
    • Acto limitativo derecho fundamental fundado y previsto en LO (principio legalidad)
    • Limitación o restricción ejercicio derecho fundamental motivada
    • Observar cumplimiento subprincipio necesidad
      • Medidas limitadoras necesarias para conseguir fin perseguido por acto investigación
        • Fin o interés constitucionalmente protegido
    • Adecuación o congruencia entre medida prevista / aplicada vs procuración bien constitucionalmente relevante
    • Finalidad perseguida por acto instructorio y lesivo derecho fundamental
      • No alcanzable sino mediante acto concreto y no otro igualmente eficaz pero no restrictivo derecho fundamental
        • No poder comprobar ex post que mismo objetivo alcanzable  con medio menos restrictivo derecho fundamental
  • Infracción principio proporcionalidad en limitación derecho fundamental incidencia procesal
    • Violación derecho fundamental carácter material
    • Al erigirse acto probatorio en supuesto prueba valoración prohibida
      • Sentencia penal condena basada en prueba valoración prohibida
        • Infringirá
          • Presunción inocencia
          • Proceso con todas las garantías
            • Restablecimiento a través recursos ordinarios
              • En último término a través recurso constitucional amparo


2.2.- EL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EN EL JURADO
  • Art. 125
    • Participación ciudadanos en la Admón Justicia a través institución Jurado procesos penales que ley determine
      • Relación con artículo 23.2
        • Derecho a cargos y oficios públicos en condiciones igualdad
  • Derecho fundamental acceder al Jurado y ser juzgado por el Jurado
    • Derecho configuración legal
      • Ejercicio necesita interposición legislador
        • LO 5/1995


2.3.- EL DERECHO AL JUEZ LEGAL
  • Derecho juez legal penal
    • Derecho fundamental ser juzgado por órgano jurisdiccional
      • Creado mediante LO y perteneciente a jurisdicción penal ordinaria
        • Respetuoso con principios constitucionales
          • Igualdad
          • Independencia
          • Imparcialidad
          • Sumisión a la Ley
  • JUEZ LEGAL Y RESERVA DE LEY ORGÁNICA
    • Art. 24.2 no régimen especial para regulación derecho fundamental
      • Arts. 53.1 y 81.1
        • LO desarrollo derechos fundamentales
  • JUEZ LEGAL Y JURISDICCIÓN PENAL ORDINARIA
    • Principio monopolio jurisdiccional imposición penas y derecho acceso a jurisdicción siendo juzgado por Tribunal independiente e imparcial
      • Ilegitimidad órgano administrativo habilitado para imposición sanciones penales
        • Art. 26 prohibición Tribunales Honor
        • Infracción principio juez legal
        • Si Admón infringe principio non bis in idem
          • Con independencia medidas cautelares
            • Imposición a funcionario por causa comisión delito sanción suspensión definitiva funciones (inhabilitación) sin recaer sentencia penal
      • Ilegitimidad jurisdicciones especiales extralimitándose en funciones pretendieran imponer
        • Art. 117.5 principio unidad jurisdiccional
          • Infracción abre puertas recurso amparo
        • Única jurisdicción especial constitucionalmente legítima MILITAR
          • Ceñida a ámbito castrense
            • Si extralimita competencia = Tribunal excepción
    • Juez ordinario en materia procesal penal
      • Juez o Tribunal Penal integrante Jurisdicción ordinaria o Poder Judicial
  • JUEZ LEGAL Y PRINCIPIO DE IGUALDAD
    • Juez legal
      • Ordinario
      • Pretederminado por la Ley
        • Constitución sin atender a criterio discriminatorio alguno
          • Absoluto respeto principio constitucional igualdad
            • Valor superior ordenamiento jurídico
  • JUEZ LEGAL E INDEPENDENCIA: LA DOCTRINA CONSTITUCIONAL  SOBRE EL JUEZ LEGAL IMPARCIAL
    • Subsunción CE al derecho al juez imparcial
      • Juez pretederminado por Ley 
        • Independencia Judicial
          • Titulares potestad jurisdiccional Jueces y Magistrados independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la Ley
    • Denuncia infracción juez legal imparcial
      • Jurisprudencia TC
        • Vulneración derecho juez predeterminado por Ley
        • Derecho proceso todas las garantías
          • Imparcialidad garantía esencial Poder Judicial sociedad democrática
            • Imparcialidad no sólo subjetiva Juez o Magistrado
              • Se presume siempre
              • También imparcialidad objetiva objeto proceso
                • Juez se acerca al thema decidendi sin postura en relación con él
                  • Ajeno al asunto
                    • No deteriorar confianza ciudadanos
            • Garantía imparcialidad
              • Abstención y recusación
                • Si infracción amparo constitucional
                • Recusación poner en conocimiento Magistrado Ponente y Magistrados no plantilla Sala
              • TEDH vedar conocer fase juicio oral contra encausado
                • Si intervención en fases instructoras
  • JUEZ LEGAL Y COMPETENCIA
    • Juez ordinario pretedeterminado por Ley
      • Juez territorial, objetiva y funcionalmente competente
        • Normas competencia penal gran relevancia constitucional
          • Integran concepto juez legal
      • Normas competencia objetiva = ius cogens = orden público
        • Auténtico presupuesto procesal
          • Cumplimiento vigilado oficio por órganos jurisdiccionales en todas y cada una instancia
            • Infracción acarrea nulidad radical e insanable
      • No toda infracción normas competencia
        • Vulneración principio juez legal
          • Sólo aquellas susceptibles violar concepto juez legal
            • Lo mismo que competencia objetiva y territorial
              • Salvo infracción normas competencia entrañe vulneración juez constitucionalmente competente
                • O vulneración conculque
                  • Derecho tutela
                  • Derecho proceso justo
            • Más problemática vulneración normas competencia funcional
              • Reparto asuntos
              • Constitución órganos jurisdiccionales colegiados
                • Irregularidades manipulaciones que violen independencia judicial


TEMA 3.- DERECHOS FUNDAMENTALES MATERIALES A LA LEGALIDAD Y AL NON BIS IN IDEM

3.1.- PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD
  • Clásico principio Derecho Penal nullum crimen nulla poena sine lege 
    • Art. 25.1 CE
      • Nadie condenado o sancionado por acciones u omisiones que en momento producirse no delito, falta o infracción administrativa, según Ley vigente
        • Complemento con CEDH
          • No impuesta pena más grave que aplicable en momento infracción cometida
  • Derecho persona a no ser condenada a pena privativa libertad no prevista en norma con rango LO anterior a comisión hecho punible
    • O posterior más favorable
      • Y predeterminación suficiente conducta ilícita, y sanción aplicable para conocimiento autor
        • Y no incremento condena por obra revisión legislativa o jurisprudencial
  • Notas esenciales 3.1.1. y 3.1.2.

3.1.1.- REQUISITOS LEGALES: LA RESERVA DE LEY
  • TC
    • Instrumento normativo adecuado para establecer conducta penalmente antijurídica
      • Disposición con rango de Ley
        • Podría ser Decreto - Ley
        • Excluir delitos normas CP asocien penas privativas libertad
          • Inciden en derecho fundamental libertad
            • Desarrollo normativo LO

3.1.2.- REQUISITOS MATERIALES: PREVISIÓN Y CERTEZA
  • TC exige concurrencia garantía material
    • Requerir a órganos jurisdiccionales penales
      • Para integración determinada conducta
        • Predeterminación normativa conductas ilícitas y penas o sanciones aplicables
          • Escrupulosa con cumplimiento requisitos lex scripta, praevia et certa 
            • Ley escrita
              • Anterior al hecho sancionable
                • Y describa supuesto hecho estrictamente determinado
    • Previsión: prohibición irretroactividad Ley penal desfavorable
      • Art. 9.3 CE
        • Irretroactividad disposiciones sancionadoras desfavorables o restrictivas derechos individuales
        • No dice nada sobre aplicación norma penal posterior más favorable
          • Supuesto sucesión normas penales
            • Art. 25
              • Implícito derecho reo a aplicación norma penal más favorable
                • Requisito laex previa
                  • Vigente
                    • Momento comisión delito
                    • Aplicación
                    • Cumplimiento condena
          • Sin norma penal previa y vigente ... no responsabilidad penal
            • No ius poniendi Estado
              • Supuestos despenalización
                • TC sentencia inconstitucionalidad norma penal
                  • Extensión efectos retroactivos sentencia en lo que al reo favorable
    • Certeza: predeterminación normativa
      • Aplicación garantía material
        • Predeterminación suficientemente clara
          • Conocimiento por destinatarios norma penal y sanción
      • Consustancial al principio de legalidad
        • Consecuencias prácticas: prohibiciones
          • Utilización analogía in mala partem
          • Integración mediante normas reglamentarias claúsulas generales abiertas

3.2.- PRINCIPIO DE NON BIS IN IDEM

3.2.1.- REGULACIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
  • Una persona no puede ser condenada más de una vez por comisión de un mismo hecho
    • No expresa consagración constitucional
      • TC considera incluido en principio legalidad art. 25
        • Veda imposición dualidad sanciones
          • Casos apreciación identidad
            • Sujeto
            • Hecho
            • Fundamento
  • Concurso leyes penales y administrativas
    • Hecho susceptible sanción por Tribunal Penal y Administración
      • Procedimiento administrativo sancionador debe respetar garantías materiales y procesales
        • Prohibición presente en supuestos aplicación a mismos hechos
          • Sanción
            • Penal
            • Administrativa
      • TC principales garantías art. 24 y art. 25 presentes en procedimiento administrativo sancionador
        • Pero TC no suscrito double jeopardy
          • Nadie perseguido o condenado penalmente por Tribunales Estado
            • Por infracción absuelto o condenado sentencia firme conforme Ley y procedimiento Estado
              • Art. 102 CE y Tratados Internacionales

3.2.2.- LA DOCTRINA DEL TC
  • Preferencia jurisdicción penal sobre administrativa
    • Administración Pública debe suspender actuaciones hasta que recaiga sentencia judicial firme cuando hecho objeto procedimiento penal
  • Doctrina TC principio non bis in idem
    • No alcanza doble incriminación  conductas vía administrativa y penal
      • Ni siquiera doble condena
        • Si posteriormente Tribunal Penal compensa sanciones
          • Computa condena administrativa en sentencia penal
            • TC también permite y legitima a legislación funcionarios
              • Posterior a condena penal funcionario
                • Irrogar sanción administrativa más grave
                  • Por motivo comisión delito doloso


TEMA 4.- LOS DERECHOS FUNDAMENTALES PROCESALES (I)

4.1.- DERECHO A UN PROCESO CON TODAS LAS GARANTÍAS
  • Art. 24.2 derechos fundamentales incidencia procesal que no puedan ser subsumidos en los demás derechos art. 24
    • Especialmente derechos tutela, defensa y presunción inocencia
  • Derecho a proceso con todas las garantías
    • TC individualizando violaciones derechos (en detrimento presunción inocencia)
      • Secreto comunicaciones y escuchas ilegales
      • Derecho a no ser condenado en segunda instancia mediante nueva valoración pruebas carácter personal
  • Restablecimiento vulneración derecho a presunción inocencia
    • Encierra error in iudicando
      • Declaración Sentencia amparo nulidad Sentencia Penal derecho proceso con todas garantías
        • Vicios in procedendo
          • Nulidad sentencia y actuaciones practicadas
            • Reenvío a Tribunal Penal instancia
              • Emitir nueva sentencia
                • Podría volver a ser condenatoria
                  • Respetando derecho fundamental
  • 4 derechos fundamentales TC subsumido derecho fundamental
    • Igualdad armas
    • Principio acusatorio
    • Prueba prohibida por sustentarse en intervención ilegal comunicaciones
    • Inmediación tribunal ad quem en valoración pruebas carácter personal

4.2.- IGUALDAD DE ARMAS
  • Tras ejercicio derecho acción
    • Y comparecidas ambas partes (acusación y defensa)
      • Postulación en condiciones igualdad procesal
  • Acusador e investigado gozan de mismos medios ataque y defensa
    • E idénticas posibilidades y cargas alegación, prueba e impugnación
  • Proyección genérico principio igualdad art. 14 CE
    • Norma procesal (generalidad) no puede contener situaciones diferenciadas
      • Todos ciudadanos intervinientes en proceso penal
        • Idéntico tratamiento procesal por órganos jurisdicción penal
          • Contrario a principio otorgamiento privilegios procesales
            • Carentes fundamento objetivo y razonable
    • Derecho a proceso con todas garantías art. 24.2
      • Vulnerado si legislador crea privilegios procesales carentes fundamentación constitucional alguna
        • O legislador u órgano jurisdiccional
          • Crean posibilidades procesales negadas a parte contraria
            • O gravan indebidamente con cargas procesales desorbitadas
              • Sin que posibilidades y cargas procesales justificación objetiva y razonable
  • Hay discriminaciones justificación objetiva y razonable
    • No contrarias a principio procesal igualdad
      • Derecho no perseguibilidad delito
      • Institución perdón asiste a ofendidos por delito privado o semipúblico
      • Especial posición imparcial MF
      • Petición vinculante sobreseimiento
        • MF y ofendido
          • No acusador popular
  • Principio igualdad presente en juicio oral
    • Especialmente proposición y ejecución prueba
      • LECrim  garantía principios contradicción e igualdad
        • Escasos supuestos prueba anticipada 
          • Practicada dentro instrucción
  • Art. 24.2 no obliga a reclamar principio igualdad en todos actos y fase procedimiento penal
    • Sino ante actuaciones procesales o jurisdiccionales que requieran
      • Inmediación órgano jurisdiccional
      • Vigencia principios contradicción e igualdad

4.3.- PRINCIPIO ACUSATORIO
  • Implícito en derecho a proceso con todas las garantías
  • Rige en proceso penal si fase instrucción y juicio oral se encomiendan a órganos jurisdiccionales diferentes
    • Prohibición a órgano decisor realizar funciones parte acusadora
      • Parte acusadora deducción pretensión penal
        • Vinculará actividad decisoria Tribunal
      • Segunda instancia vedada posibilidad gravar más al recurrente

4.3.1.- NOTAS ESENCIALES
  • Atribución de la instrucción y juicio oral a distintos órganos jurisdiccionales
    • Actividad instructora labor inquisitiva
      • Encomendación a órgano unipersonal
        • Vedar entender la fase de juicio oral (conferida a órgano colegiado)
    • TEDH exigencia imparcialidad art. 6.1 CEDH
      • Tribunal subjetivamente imparcial
        • Ningún miembro Tribunal prejuicio o predisposición personal
      • También imparcialidad objetiva
        • Garantía para excluir dudas legítimas
          • Si de apariencia juez o actos dudas imparcialidad
            • Vulneración derecho al juez legal imparcial
  • Distribución funciones acusación y decisión
    • Nemo iudex sine acusatore
    • No tanto fase instrucción, como la de juicio oral
      • Inicio parte legítima y distinta a órgano decisor
        • Vedar posibilidad sostener acusación
    • Acusación debe preceder a defensa y ser conocida por ella
      • En caso contrario vulneración derecho conocimiento previo acusación
    • Desdoble funciones acusación y decisión, otorgadas a distintos sujetos procesales
      • Sostener acusación en juicio oral
        • Si retirada acusación Tribunal habrá de absolver en el fondo al encausado
          • No constitucionalmente admisible
            • Atribución a juzgador posibilidad sancionar infracciones penales
              • Sin existencia y mantenimiento pretensión acusadora
  • Correlación acusación y fallo
    • Congruencia subjetiva y objetiva acusación y parte penal dispositiva sentencia
      • Finalidad posibilitar ejercicio derecho defensa
    • Subjetiva
      • No condena sin previa acusación, derecho información acusación formulada, tiempo y facilidades preparar defensa
        • No suficiente determinar encausado escritos calificación
          • Necesidad informar acusación con tiempo suficiente para preparar defensa
            • Cautela nadie se siente en banquillo de manera sorpresiva
            • Nadie acusado sin haber sido declarado judicialmente investigado
    • Objetiva 
      • Derecho encausado conocer acusación formulada contra él
        • Determinación subjetiva
        • Información punible (comisión se le atribuye)
          • A fin pueda exculparse
            • Articulando actividad probatoria
              • Ejerciendo derecho a defensa
    • Vulneración principio acusatorio y art. 24.2 
      • Si sentencia condena a encausado pena principal o hecho punible no objeto acusación
      • Pena más grave que solicitada por acusación
      • Tribunal aplica en sentencia calificación jurídica diferente y causante indefensión material
        • Acusación sostiene delito continuado
          • Tribunal condena hechos por separado
            • Hecho = hecho histórico
              • Objeto proceso penal y cosa juzgada
      • Cambio calificación entraña violación distintos bienes o intereses protegidos heterogéneos
      • Si partes acusadoras en calificaciones definitivas
        • Ampliación acusación a nuevos hechos
          • Sobre los que no recaído prueba en juicio oral
            • Respeto Derechos Fundamentales obliga al presidente del Tribunal si acuerdo con calificación nuevo hecho
              • Si defensa manifestara disconformidad
                • Suspender juicio
                  • Formalizar acusación adicional
                    • Contestar acusado
                      • Practicar prueba
    • No indefensión ni vulneración acusatorio
      • Si hecho histórico descrito en escrito calificación provisional
        • Aún cuando partes acusadoras en calificaciones definitivas y Tribunal sentencia
          • Modifiquen título condena sobre mismo hecho
            • Permanencia bien jurídico vulnerado
              • Delitos homogéneos
                • Cambio calificación no entrañe vulneración derecho defensa
  • Prohibición reformatio in peius
    • Segunda o sucesivas instancias no se puede gravar más ni imponer qantum pena superior a apelante que sentencia recurrida
      • Salvo que apelado impugne independientemente sentencia o se adhiera a apelación iniciada
        • Órgano ad quem vinculado por límites subjetivos y objetivos trazados por acusación y defensa en segunda instancia.

4.3.2.- LA LEGALIDAD ORDINARIA

  • El juez instructor decisor
    • Figura desterrada LO 7/1988
      • LO 7/1988 reinstauró garantía esencial principio acusatorio y derecho al juez legal imparcial
  • Información acusación
    • LECrim consagró derecho fundamental
      • Instauración resolución imputación formal (auto procesamiento)
        • Impide no acusación persona no declarada procesada
      • Plasmar en auto procesamiento indicios racionales criminalidad
      • Obligación partes acusadoras reflejar en escritos calificación provisional
        • Hechos punibles que resulten de sumario
    • TC estableció doctrina
      • Juez Instrucción obligado
        • Determinar persona imputada
        • Recibir declaración investigado antes conclusión diligencias previas
    • Auto conclusión diligencias previas
      • Determinación hechos punibles
      • Identificación persona imputada
      • Imposibilidad adopción auto conclusión diligencias previas sin haber tomado declaración a persona imputada términos art. 775
  • Apertura juicio oral a instancia parte legítima
    • LECrim exigencia juicio oral sólo apertura a instancia acusación legítima
      • Si partes acusadoras legitimadas solicitan sobreseimiento
        • Juez Penal o AP no pueden abrir de oficio juicio oral
          • MF
          • Acusador particular (ofendido o perjudicado) ... parte acusadora
            • No Acusador popular
              • No legitimado para obtener apertura juicio oral por sí solo
  • Correlación acusación y sentencia
    • LECrim cautela protección derecho defensa frente a mutaciones partes o Tribunal
      • Art. 733 salvaguarda acusatorio frente eventuales cambios título condena
        • Garantizar derecho conocimiento previo acusación
          • Facultad Tribunal finalidad extender correlación acusación - fallo
            • Incluso causa petendi pretensión penal
              • Ampliar ámbito cognoscitivo Tribunal a nueva calificación delictuosa
                • Se autoriza a partes informar nueva calificación jurídica
                  • Informe posible postponer al día siguiente juicio si alguna parte no estuviera suficientemente preparada
      • Art. 733 no autoriza a sugerir tesis jurídicas hechos nuevos no objeto calificación y prueba en juicio oral
        • Si surge eventualidad ... suspensión juicio oral
          • Práctica sumaria instrucción complementaria
            • Y adicional calificación provisional
              • Juicio oral para ese nuevo hecho
    • Motivo casación segunda congruencia índole cuantitativa
      • Cumplida exigencia ne eat iudex ultra petita partium
        • Juez no va más allá de lo pedido por partes
          • Infracción art. 733 para pretensión amparo
            • Condicionada a circunstancia cambio calificación jurídica ... indefensión o menosprecio derecho encausado conocimiento previo acusación
              • Y articulación pertinente actividad probatoria frente nueva acusación Tribunal
                • Sólo cuando se de entrada a nuevos hechos
                  • O cuando cambio calificación jurídica conlleve nuevas circunstancias fácticas exijan ser probadas
    • En proceso penal abreviado
      • Art. 789.3 congruencia cuantitativa
        • Prohibición Tribunal irrogación quantum pena superior a solicitado por partes acusadoras
          • Generalizada por TS
            • Sumario ordinario
            • Proceso penal delitos graves

4.4.- EL DERECHO A UN PROCESO CON TODAS LAS GARANTÍAS Y LA INMEDIACIÓN DEL TRIBUNAL AD QUEM EN LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA DE CARÁCTER PERSONAL
  • Encausado no gravado más en condena (o no condenado si absuelto en primera instancia) por nueva valoración pruebas Tribunal segunda instancia
  • TEDH
    • Tribunal ad quem no puede revisar valoración pruebas Tribunal primera instancia
      • Que requieran vigencia principios inmediación, publicidad y contradicción
        • Carácter personal
          • Reconducir a declaraciones partes, testigos, peritos
          • No alcanza
            • Prueba documental
              • Tribunal apelación valoración totalidad prueba instructora anticipada y preconstituida
            • Informes periciales documentados que no exijan oir al perito
            • Prueba indiciaria cuando no se explicita razonamiento resultado probatorio
              • O razonamiento erróneo por no acomodación a reglas lógica y experiencia
                • Signos externos alcoholemia
            • Sentencias Instancia no determinan elementos convicción base órgano judicial para fijación hechos probados
      • No aplicable si Tribunal efectúa revisión jurídica objeto procesal


TEMA 5.- LOS DERECHOS FUNDAMENTALES PROCESALES

5.1.- LIBRE VALORACIÓN Y PRESUNCIÓN INOCENCIA
  • Art. 24.2 proceso todas las garantías y yuxtapuesto presunción inocencia
    • Hasta no recaimiento sentencia penal firme condena
      • Derecho presente en todas las fases e instancias proceso penal
        • Fase instructora
          • Actos limitativos derechos fundamentales y prisión provisional no adoptar sin motivos fundados participación en hecho punible y resolución motivada cumplimiento exigencias principio proporcionalidad
        • Se quebranta si no práctica actividad probatoria cargo suficiente para deducir razonablemente participación acusado en hecho punible
  • Doctrina constitucional reconducida a actividad probatoria
    • Dentro de ella libre valoración prueba (singular relevancia práctica)
      • Art. 741 LECrim auténticas pruebas y no meros actos instructorios
        • Pruebas lícitas (sin violación derechos fundamentales)
        • Pruebas practicables en juicio oral
  • Derecho encausado absuelto si no práctica mínima prueba válido cargo
    • Acreditativa hechos motivadoras acusación
      • Desarrollada o constatada y ratificada en acto juicio oral
        • Sujeción a principios oralidad, inmediación, contradicción y publicidad
  • Actividad probatoria fundamenta sentencia condenatoria
    • Presunción inocencia opera dentro reglas distribución carga material prueba
      • Desplazamiento hasta acusación
    • Presunción inocencia confiere a encausado derecho a no ser condenado
      • Sino con arreglo a auténticos actos de prueba válidos
        • No confesión atestado policial o actos instructorios
        • Tampoco acusado condenado mediante declaraciones testificales coinvestigados o testigos indirectos

5.1.1.- LA CARGA MATERIAL DE LA PRUEBA
  • Corresponde  partes acusadoras vs defensa
    • Proponer y ejecutar prueba válida y suficiente para demostrar participación encausado en hecho punible
      • Primera garantía reforzamiento carga prueba en partes acusadoras
        • Han de probar en juicio elementos constitutivos pretensión penal
          • Acusación corresponde actividad probatoria cargo

5.1.2.- ACTOS DE PRUEBA
  • Presunción inocencia exige que sentencia condena se funde en actos prueba juicio oral
    • Impide valorar como prueba actos instructorios
      • Excepción prueba anticipada o preconstituida
        • No posible reproducir en sesión juicio oral
          • Intervención Autoridad independiente u órgano jurisdiccional
            • Posibilidad contradicción
            • Escrupuloso respeto derecho defensa
            • Introducida en juicio oral a través lectura documentos
  • Documento sumarial valorable como prueba
    • Objeto contenido reproducido en juicio oral
      • A través prueba personal
        • Ratificación contenido autores
          • Lectura ... confrontación
            • Posibilidad contradicción

5.1.3.- ATESTADOS Y DEMÁS ACTOS INVESTIGACIÓN POLICÍA JUDICIAL
  • Presunción inocencia efectos atestado policial y declaración detenido
    • Nadie condenado con base en sola confesión prestada en Comisaría
  • Atestados policía mero valor denuncias
    • No consideración medios sino objeto prueba
    • Si partes acusadoras pretenden hechos atestado estimados probados por Tribunal sentenciador
      • Recibir declaración (en calidad testigo) y en juicio oral funcionario policía que intervino en atestado
      • Acuerdo Sala Penal TS 04/06/2015
        • Declaraciones detenido o testigos no valoración pruebas ni incorporación a acervo probatorio
          • Llamando como testigos a los agentes policía que las recogieron
    • Reciente doctrina jurisprudencial
      • Otorga excepcional valor prueba actuaciones policiales constitutivas prueba preconstituida
        • Objeto mera constatación datos objetivos: fotografías, croquis, resultados pruebas alcoholimétricas unidas a prueba suficiente influencia alcohol en conducción
        • Irrepetibles en juicio oral
        • Ratificadas en juicio
          • Declaración personal policía
            • Testigo referencia

5.1.4.- LA PRUEBA PROHIBIDA
  • Presunción inocencia exige que actividad jurisdiccional no practicable con vulneración normas tuteladoras derechos fundamentales
    • Claros supuestos prohibición valoración prueba
      • Posible obtención vulneración garantías constitucionales
        • Inviolabilidad domicilio o secreto comunicaciones
          • Violación derechos fundamentales
            • O a través medios que Constitución prohibe o no autoriza

5.1.5.- LA DECLARACIÓN DE COINVESTIGADOS
  • TC puesta en cuestión testimonio coinvestigados
    • Estátus procesal distinto a testigo imparcial (obligación comparecencia y decir verdad)
      • Coinvestigado puede impunemente mentir
        • Mediante falsa incriminación demás coinvestigados exoneración responsabilidad penal
          • O situaciones materiales ventaja
        • No fundar sentencia condena exclusivamente en declaración coinvestigado
          • Necesita corroboración con otros medios prueba
            • Y garantizar siempre posibilidad contradicción

5.1.6.- LA DECLARACIÓN DE LOS TESTIGOS INDIRECTOS
  • TC Tribunal Penal no puede fundar sentencia exclusivamente en declaración testigo indirecto (de referencia, conoce de oídas hechos que se imputan al encausado)
    • Si testigo directo pudo ir y no lo hizo a prestar declaración en celebración juicio oral

5.1.7.- OBLIGACIÓN DEL TRIBUNAL DE RAZONAR LA PRUEBA
  • Apreciación en conciencia distinto de libre arbitrio
    • Tribunal debe motivar sentencia (en proceso penal razonar prueba)
      • Deber motivar sentencia implícito en derecho tutela
        • Máxime cuando de falta motivación ... infracción derecho fundamental (libertad)
      • De no reflejarse en prueba cargo
        • TC no podría si prueba indiciaria apreciar vulneración presunción inocencia
          • Necesario probar hechos base o indiciarios
            • Y determinar razonamiento lógico deductivo (hecho base ... conclusión)
      • Tribunal ad quem podría en apelación o casación por error de hecho en apreciación prueba
        • Revisar si órgano a quo incurrió o no en vicio in iudicando
          • De admitir lo contrario ... infracción derecho recursos
            • Implícito en derecho a tutela
        • Plasmado razonamiento en sentencia
          • TC no puede entrar a conocer valoración prueba Tribunal ordinario
            • Vigencia principio inmediación
              • TC no apelación

5.2.- EL DERECHO A LOS RECURSOS
  • Derecho fundamental condenado (en proceso penal)
    • Obtener revisión jurisdiccional Sentencia condenatoria
    • Previsto en Protocolo 7 al CEDH
      • Toda persona declarada culpable de infracción penal por Tribunal
        • Derecho declaración culpabilidad o condena examinada por órgano jurisdiccional superior
          • Ejercicio derecho incluidos motivos ejercicio regulación por ley
            • TC derecho recursos recogido implícitamente en derecho tutela
              • Ninguna dificultad surgiría hora tipificar en derecho a proceso con todas garantías

5.2.1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
  • Procedimiento penal
  • No directamente invocable en otros órganos jurisdiccionales
    • Legislador configuración libre sistema recursos
      • Supuestos procedencia
      • Requisitos formalización
  • Derecho recursos sólo reclamable ante sentencias condena (fallo condenatorio)
    • No contra resoluciones (como sobreseimiento) que ponen fin al proceso
    • Titular derecho = condenado
      • No le asiste ni al responsable penal, ni acusador popular ni particular
  • Art. 846 ter  LECrim
    • Autos finalización proceso por falta jurisdicción o sobreseimiento libre y sentencias AP o Sala Penal AN primera instancia
      • Recurribles en apelación ante Salas Civil y Penal TSJ territorio y Sala Apelación AN
        • Resolverán apelaciones en sentencia
    • Sala Civil y Penal TSJ y Sala Apelación AN
      • Constitución con 3 Magistrados
        • Conocimiento recursos apelación
    • Recursos apelación contra Resoluciones previstas
      • Regirán por arts. 790, 791 y 792
        • Referencias Juzgados Penal ... órgano resolución recurrida
          • Y referencias Audiencias a competentes conocimiento recurso

5.2.2.- CONTENIDO
  • Someter a Tribunal superior fallo condenatorio y pena
    • Cumplido si a recurrente se permite acceso a instancia legalmente preestablecida o ejercicios recursos Ley
      • No infringe derecho fundamental caso personas aforadas TS
        • Contra sentencia no cabe interposición recurso alguno
          • Ni vulnera art. 24 CE condena emitida por TS
            • Cuando revoca absolución efectuado por órgano instancia
    • Entender infringido precepto
      • Cuando Ley  no prevea recurso contra fallo condenatorio primera instancia
        • O cuando no se admita recurso de plano por notificación defectuosa
          • O ausencia requisitos fácilmente sanables
            • Referido derecho = obtención sentencia fondo en segunda instancia
              • Así como ser citado y poder comparecer
                • Garantizándose al recurrente asistencia abogado

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