DERECHO PROCESAL PENAL TEMAS 11 A 15

TEMA 11.- EL DERECHO DE DEFENSA

11.1.- CONCEPTO
  • Derecho fundamental investigado
    • Acceso al proceso penal tan pronto como se atribuye hecho punible
      • Designar Abogado confianza o solicitar uno de oficio
        • Actos alegación, prueba e impugnación
          • Hacer valer, con eficacia, derecho a libertad
            • Ciudadano no condenado, se presume inocente
  • Notas esenciales
    • Defensa auténtico derecho fundamenta art. 24
      • Integrado por conjunto derechos y garantías instrumentales
    • Primera manifestación acceso al proceso penal tan pronto como surja imputación
      • Debe comunicarse inmediatamente
    • Primer ejercicio reclamar derecho defensa técnica Abogado
    • Abogado y patrocinado = parte dual
      • Ordenamiento debe posibilitar
        • Defensa pública o técnica
        • Defensa privada o autodefensa
    • Contenido oponerse a imputación
      • Solicitud y obtención práctica actos investigación 
        • Y realización alegación, prueba e impugnación
          • Acreditar inexistencia o atipicidad hecho
          • Falta participación investigado
          • Ausencia responsabilidad penal
          • Concurrencia circunstancias atenuantes culpabilidad

11.2.- LA DEFENSA COMO DERECHO FUNDAMENTAL
  • Predicable a persona física, nacional o extranjera, e incluso jurídica
    • Se integra catálogo derechos fundamentales carácter instrumental (art. 24.2)
      • Asistencia abogado, silencio, utilizar medios prueba pertinentes, no confesarse culpable, presunción inocencia
    • CE no agota totalidad derechos instrumentales defensa
      • También en pactos internacionales derechos humanos y LECrim
        • Notificación detención a familiares, intérprete gratuito a extranjero detenido, reconocimiento médico forense
          • No derechos mera legalidad ordinaria por no figurar en CE
            • Inciden en derecho defensa genérico
              • Derechos fundamentales

11.3.- EL DERECHO DE ACCESO AL PROCESO PENAL
  • Primer derecho sujeto pasivo instrucción penal acceso libre al proceso
    • Ejercicio recurso efectivo
    • Derecho a ser oído por Tribunal independiente
  • Acceso efectivo
    • Ciudadano sometido a instrucción penal toma conocimiento previa existencia proceso
      • Obligatoria comunicación personal actos objeto comparecencia en calidad investigado
        • Sin frustrar fines instrucción ... derecho publicidad instrucción
          • Tomar conocimiento actuaciones practicadas
          • Participar contradictoriamente en sucesivas actuaciones
  • Comunicación hecho punible comisión atribuida
    • Clara y precisa
    • Sin tecnicismos, lengua comprensible
      • Vulneración derecho defensa si trasladan a investigado frases ininteligibles o expresiones genéricas o inconcretas
        • No conocer con absoluta fidelidad y  certeza 
          • No salvaguardado garantías procesales proceso penal
  • Sin dilaciones indebidas
    • Medios comunicación más rápidos para hacer llegar  la existencia del procedimiento a investigado
      • Sobre investigado (a diferencia de testigo) no gravita obligación comparecencia
        • Sino carga procesal
          • No realización ocasión procesal
            • Origina desfavorables efectos condena contumacia o suspensión proceso
              • Expedición orden detención
              • Requisitoria búsqueda y captura
      • Incomparecencia o mendacidad testigos
        • Sanción disciplinaria y penal
      • Incomparecencia partes en proceso penal
        • No contempla sanción
          • Pérdida posibilidad constituirse en parte acusadora
          • Declaración rebeldía investigado
          • Acreedor medida cautelar penal = detención
    • TC solo declarado vigente obligación partes, incluida defensa, no provocar dilaciones indebidas
  • Comienzo por permitir conocer contenido diligencias
    • Aunque no sepa por dónde se encamina investigación ni pueda intervenir
    • Sólo límite por declaración secreto actuaciones si imprescindible

11.4.- LA ADQUISICIÓN DEL STATUS DE PARTE
  • Reconocimiento posibilidad acceso al proceso
  • Derecho defensa exige que entrada titular derecho a la libertad
    • Otorgamiento estátus parte procesal
      • Investigado no objeto, sino sujeto procesal
      • Evidencia = presupuesto ineludible sentencia
        • Obtención mediante oposición acusación y antitético pensamiento (defensa)
  • Ser informado causas acusación
    • Obligación traslado escrito acusación
      • Tiempo acusado pueda contestarla
      • Cumplimiento garantías
        • Informar a investigado derechos modo comprensible
          • Derecho nombrar Abogado confianza o reclamar turno oficio
          • Ilustración efectos desfavorables sometimiento voluntario a acto investigación
        • Obligación ilustración a sujeto pasivo, con carácter previo a interrogatorio policial o judicial
          • Razones detención
            • Puede oponerse a ellas dentro instrucción
          • Tan pronto como se haya determinado hecho y presunto autor
            • Si investigado no sometido a medida cautelar
              • Cuando surja indicio racional criminalidad
            • Lo contrario burlar derecho defensa
              • Ninguna defensa eficaz si no se conoce previamente imputación a fin contestar
        • Puesta en conocimiento imputación lengua comprensible
          • Asistencia declaración intérprete
            • Gastos satisfechos por Estado
              • Si extranjero o español desconociendo castellano
        • Objeto puesta en conocimiento investigado
          • Hecho punible comisión atribuida
            • Breve relación circunstanciada fáctica y respectiva calificación legal
      • Se vulnera derecho defensa si ocultando hechos contra investigado se le toma declaración como testigo
        • Testigo obligación comparecencia, prestar declaración y decir verdad
          • Violación a investigado derecho silencio
          • Coacción por apercibimiento ilegítimo penas delito falso testimonio
        • Prueba valoración prohibida
          • Toma en consideración investigado en calidad testigo
            • Si estado instrucción puede objetivamente inferirse participación en hecho punible
      • Puesta en conocimiento imputación (acusación formulada) y designado Abogado Defensor
        • Conferir investigado derecho entrevista reservada anterior a primer interrogatorio judicial
          • Realizar ambos pretensión exculpatoria
            • Introducir en proceso hechos impeditivos, extintivos y excluyentes responsabilidad penal
            • Solicitar y obtener medios prueba estimados útiles para defensa
      • Prevenir comisión dilaciones indebidas
        • LECrim limitación derecho encausado a defenderse frente pretensión penal formulada
          • Posible continuación proceso aunque no se haya presentado escrito defensa acusado o tercero responsable
            • Norma parte ficción legal oposición acusaciones
              • Permite a defensa solicitar práctica pruebas

11.5.- EL EJERCICIO DEL DERECHO DE DEFENSA (defensa penal íntegra dual)
  • Realización propio investigado actuaciones defensivas
    • Defensa privada o autodefensa
  • Postulación Abogado defensor
    • Defensa técnica o pública

11.5.1.- LA AUTODEFENSA
  • Intervención directa y personal investigado en proceso
    • Actividades encaminadas a preservar o restablecer libertad, impedir condena u obtener mínima sanción posible
    • Exige capacidad discernimiento para hacerla valer en proceso
      • Si demencia sobrevenida ... archivo proceso
    • A diferencia países anglosajones, ordenamiento procesal español no permite autodefensa total y plena investigado
      • Limitada actos procesales
        • Proponer verbalmente recusación Juez si incomunicado
        • Asistir a diligencias investigación
        • Nombrar peritos
        • Reconocido a presencia judicial por quienes dirijan cargo contra él
        • Proponer diligencias
        • Proponer prueba anticipada
        • Prestar declaración en sumario cuantas veces quiera
        • Pedir de palabra reposición Auto elevando detención a prisión
        • Prestar conformidad con calificación más grave
        • Decir última palabra en juicio oral
    • Plena disposición investigado
      • Libre hacerla valer o no en proceso
    • Ejercitar derecho fundamental al silencio (no mentir)

11.5.2.- EL DERECHO A LA ASISTENCIA DE ABOGADO
  • Derecho instrumental
  • Diligencias policiales y judiciales
  • Ámbito Derecho Público
    • Indisponible
      • Sociedad interesa interrogatorio policial pleno respeto integridad y dignidad detenido
        • Y nadie condenado sin patrocinio abogado
  • Facultad poder elegir Abogado de confianza
    • O reclamar a su costa abogado de oficio
      • O solicitar asistencia gratuita abogado de oficio si carece de medios para litigar
  • Comunicación libre con Abogado
    • Asesoramiento ejercicio eficacia autodefensa
  • Derecho defensa conlleva facultad realizar Abogado actos y medios impugnación
    • Obtener restablecimiento y declaración derecho libertad detenido
      • Actuación en proceso penal derecho libertad y presunción inocencia
        • Obligación secreto profesional
          • Defensa parte procesal dialécticamente enfrentada a acusación
            • Misión constitucional hacer valer derecho libertad

11.6.- LA RENUNCIA A LA AUTODEFENSA: REBELDÍA
  • Investigado no obligación comparecer a llamada Juez Instrucción
    • Ni constreñido a ejercitar autodefensa (puede renunciar a ella)
      • Provocando declaración rebeldía
    • Deber comparecencia carga procesal
      • Si no la dispensa ... declaración rebeldía ... expedición requisitoria búsqueda y captura

11.6.1.- REBELDÍA Y CONTUMACIA
  • Si no existe constancia investigado conocimiento existencia proceso
    • Rebeldía ... obligación judicial indagar paradero
      • Citar personalmente comparecencia
        • Subsidiariamente edictos
          • Si persiste paradero desconocido ... requisitoria búsqueda y captura
            • Llamada a Policía Judicial para conducirlo ante el Juez Instrucción
  • Si investigado consciente existencia proceso penal contra él y decide no acudir a llamada Juez
    • Contumaz
      • No rebeldía a la fuerza
        • Sino deliberada o buscada por investigado
          • Implica conocimiento previo y desobediencia investigado a orden judicial comparecencia
            • Manifestación derecho defensa
              • Renuncia a ejercicio autodefensa o defensa privada
                • Pero no a defensa pública Abogado defensor
                  • En procedimiento penal abreviado
                    • Representación procesal
                    • Defensa técnica

11.6.2.- LA REBELDÍA EN EL SUMARIO ORDINARIO
  • LECrim no distinguía rebeldía y contumacia, tratamiento procesal idéntico
    • Juez Instrucción tras comunicación y emisión orden detención
      • Si no habido en domicilio y se ignorara paradero
        • Auto procesamiento
          • Requisitoria búsqueda y captura
            • Plazo comparecer ante él
              • Si no comparece transcurrido plazo
                • Declaración rebeldía
                  • Suspensión proceso penal hasta encontrado por Policía Judicial
                  • Lleva hasta últimas consecuencias principio general Derecho nadie condenado sin haber sido previamente oído
                    • Exigencia comparecencia física investigado en proceso
                      • Ejercicio autodefensa
                      • Derecho última palabra

11.6.3.- LA CONTUMACIA EN EL PROCESO ABREVIADO
  • Primera comparecencia investigado ante Juez
    • LAJ preguntará por domicilio notificaciones personales
      • Advertirle citación a domicilio comparecencia celebración juicio oral
        • Si no habido o citado en domicilio
          • Tratamiento común rebeldía
            • Suspensión diligencias previas o juicio oral
        • Si no comparece
          • Delitos leves continuidad celebración y resolución juicio si se ha citado con formalidades prescritas
            • Salvo juez, de oficio, o a instancia de parte cree necesaria declaración
          • Juicio oral en ausencia si pena solicitada no excede 2 años privación libertad o 6 años no privativa
            • Condena en ausencia puede interponer condenado
              • Anulación de sentencia o purga contumacia
          • Personas jurídicas si no comparece representante juicio en ausencia cualquiera gravedad delito enjuiciado
            • Necesaria intervención Abogado y Procurador

11.6.4.- LA SUSPENSIÓN DEL JUICIO ORAL POR INCOMPARECENCIA ALGÚN ACUSADO
  • Art. 746.6
    • Incomparecencia juicio oral pluralidad acusados
      • No suspensión juicio si Tribunal estima elementos suficientes juzgarlos con independencia
        • Abstención irrogación pena acusado ausente
          • Efectuar segundo juicio oral

11.7.- CONTENIDO DEL DERECHO A LA ASISTENCIA DE ABOGADO
  • Defensa penal parte dual
    • Dos sujetos procesales
      • Abogado defensor: efectúa defensa técnica
      • Defendido o investigado: defensa privada o autodefensa
    • Coincidentes único objetivo
      • Hacer valer derecho libertad
        • Causa que obedece a objeto distinta
          • Investigado ejercita derecho libertad
          • Defensa técnica dimensión objetiva
            • Proteger libertad valor superior ordenamiento
              • Otorga a defensor cierto grado autonomía
                • Condicionando actuaciones defendido
                • No significa exclusión autodefensa
  • Mientras detenido incomunicado
    • Abogado designado oficio
  • Investigado derecho elegir Abogado confianza
    • Defensa proceso
    • Si no ejercita derecho o reclama Abogado turno oficio ... intervención abogado oficio
    • Revocación abogado asistiendo y designación otro Abogado
      • No incondicional
        • No posible utilización para provocar suspensiones repentinas juicio oral
          • Fraude procesal
    • TC derecho fundamental asistencia Abogado no designación formularia formal e ilusoria
      • Sino real y efectiva
        • Exigencia constitucional garantizar presencia Abogado actos prueba
          • Interrogar libremente testigos cargo y testigos descargo

11.8.- NACIMIENTO Y FINALIZACIÓN DEL DERECHO DE DEFENSA
  • Derecho defensa
    • Nace con imputación
    • Finaliza con resolución firme terminación proceso penal
    • Reclamable
      • No sólo cuando se ha incoado proceso penal
        • Antes, cuando policía ha atribuído persona participación en hecho punible
          • Detenido preventivamente
          • MF diligencias formativas
      • Art. 17.3 asistencia abogado diligencias policiales establecidas por Ley
    • LECrim garantiza derecho defensa
      • Designación defensor
        • Imputación persona por cualquier órgano público persecución penal
          • Policía, MF, Juez iniciado proceso penal
            • Independiente situación personal investigado y si no detenido (art. 118)
    • Si investigado detenido
      • Contar con asistencia abogado
        • Elección propio detenido
        • Designación oficio
          • Previa solicitud propia policía
            • Abogado asunción defensa durante todo proceso (art. 767)
              • Desde detención o actuaciones imputación delito contra persona determinada
                • Necesidad asistencia letrada
                  • Policía Judicial, MF, Autoridad Judicial recabará de Colegio Abogados designación abogado oficio, si no nombrado por interesado
                  • Habilitación legal para representación defendido
                    • No resulta necesaria intervención Procurador hasta trámite apertura juicio oral (art. 768)

11.9.- EL DERECHO A LA ÚLTIMA PALABRA
  • Máximo exponente principio
    • Nadie puede ser condenado sin ser oído
      • Obligado cumplimiento
        • No sólo en ámbito jurisdicción penal
          • Incluso en procedimientos administrativos carácter sancionador
  • Derecho encausado reclamable
    • No sólo al término juicio oral
      • También al finalizar vista apelación e incluso casación
        • Tribunal ad quem decida revocar sentencia absolutoria
    • Objeto acto procesal no encierra contenido material concreto
      • Derecho potestativo acusado
        • Derecho constitucional silencio o derecho a no declarar
          • No vulnera derecho Presidente Tribunal cuando decide expulsar de Sala al acusado
            • O cuando provoca precipitadamente suspensión juicio
              • Derecho encausado
                • Naturaleza disponible
                  • Estimar cumplido otorgamiento posibilidad ejercicio dentro mantenimiento orden público necesario para realización juicio oral
    • Omisión trámite última palabra
      • Vulnera art. 24 CE
        • TEDH derecho garantizar en juicio oral
          • E instancias Tribunal ad quem decida gravar más la condena



TEMA 12.- EL OBJETO DEL PROCESO PENAL

12.1.- LOS DIFERENTES OBJETOS DEL PROCESO PENAL
  • Art. 100 LECrim Delito ... acción penal
    • Castigo culpable
    • Acción civil
      • Restitución cosa
      • Reparación daño
      • Indemnización perjuicios hecho punible
    • Posible acumular (diferentes objetos proceso penal)
      • Acción penal
      • Interposición pretensión civil resarcimiento

12.2.- EL OBJETO PRINCIPAL: LA PRETENSIÓN PENAL (punitiva)
  • Declaración voluntad
    • Dirigida contra acusado
      • Solicita de Juzgado o Tribunal Penal
        • Sentencia condena
          • Cumplimiento pena o medida seguridad
            • Fundada en comisión hecho punible

12.2.1.- REQUISITOS SUBJETIVOS
  • Distinción
    • Atinentes órgano jurisdiccional
    • Partes acusadoras
    • Acusado (exclusivamente elemento subjetivo determinante objeto procesal)
      • Determinación e identidad acusado parte de objeto procesal
        • Tantas pretensiones cuantas personas acusadas
          • Aún misma comisión hecho punible
        • Dentro fase instructora
          • Función esencial sumario = determinar legitimación pasiva
            • Hacer constar culpabilidad delincuentes
            • Se asume a través
              • Auto Procesamiento proceso penal común delitos muy graves
              • Auto Incoación Proceso Penal Abreviado
                • Partes acusadoras no dirigir escrito acusación contra persona no imputada en dicha resolución (TS)
          • Nadie acusado sin haber sido declarado judicialmente investigado
            • Y haber sido oído por Juez Instrucción

12.2.2.- REQUISITOS OBJETIVOS
  • Fundamentación fáctica pretensión penal: el hecho punible
    • Atribución acusado comisión hecho punible (hecho histórico subsumible en tipos penales carácter homogéneo, tal como ocurrió desprovisto calificación jurídica salvo referente bien jurídico protegido por norma penal)
      • Si distintas calificaciones sobre hecho
        • Sólo subsunción en tipos penales bienes o intereses jurídicos homogéneos
          • Tribunal no puede condenar acusado calificación distinta no previamente objeto acusación
    • Hecho natural e indivisibilidad
      • Objeto proceso penal determinado por hecho anterior y externo proceso
        • Exigencia derecho defensa, cosa juzgada y principio seguridad jurídica
          • Nadie condenado por hecho no objeto acusación
            • Si aparece nuevo hecho punible
              • Suspensión juicio
                • Practicar nueva instrucción sumaria complementaria
                  • Deducir nueva acusación para ese hecho
          • Mismo hecho histórico no objeto doble condena penal
            • Aún cuando Tribunal no agotado en primera sentencia todas posibilidades subsunción jurídica
              • Si doble condena penal infracción principio non bis in idem
                • Dimensión constitucional
      • Objeto proceso penal integra
        • Identidad subjetiva
        • Identidad objetiva o del hecho punible = hecho histórico (natural)
          • Partes enteramente dueñas aportación al proceso
            • Autorizadas introducción fragmentaria
            • Tribunal no vinculado a aportación
              • Proceso penal rige principio indivisibilidad hecho punible
                • Partes fase instructora cierto poder determinación subjetiva u objetiva hecho
                  • Pero vedada en fase juicio oral poder disposición fáctico
                    • Tribunal obligado descubrir verdad material
                      • Exhaustivo complementar actividad probatoria no aportado o  inejecutada
                      • Hecho punible enjuicidado en toda plenitud fáctica
                      • Partes no pueden aportación fraccionaria o sesgada hecho condicionar  actividad cognoscitiva y decisoria Tribunal
    • Hecho típico y homogeneidad bien jurídico
      • No todo acontecimiento externo interesa al proceso penal
        • Sólo hechos aparentemente típicos
          • Sólo de hecho penalmente antijurídico surge acción penal
      • A efectos determinación pretensión
        • Calificación jurídica hecho no constituye elemento esencial alguno
          • En proceso penal rige iura novit curia
            • Tribunal dueño individualización y aplicación a hecho normas CP
              • Individualización normas jurídicas no potestad absoluta e incondicionada Tribunal
                • TC y TS exigen cambios calificación hecho punible respeten homogeneidad bien jurídico
                  • Protección derecho defensa limitación iura novit curia
                    • Tribunal puede modificar calificación jurídica sustentada por acusación si nueva subsunción hecho corresponde a normas penales tuteladoras bienes jurídicos homogéneos, o si cambio calificación  obedece a simple error acusación constatable por defensa
  • Fundamentación jurídica: título condena
    • Objeto procesal penal determinado exclusivamente
      • Identidad subjetiva
      • Identidad objetiva
      • Homogeneidad bien jurídico
      • Art. 650.2 escrito acusación reflejar calificación legal hechos
        • Determinando delito que constituyan dichos hechos
          • ¿Medida e independencia homogeneidad o heterogeneidad bien jurídico, calificación penal integra objeto procesal penal?
            • Negativa desde perspectiva constitucional
              • No traslado a través recurso amparo vulneraciones a eventuales vinculaciones calificación jurídica no reconducidas a homogeneidad bien jurídico
  • Petición de pena
    • No elemento esencial pretensión penal
      • Individualización corresponde a Tribunal decisor
        • TS declara contrario a art. 24.2 irrogación a encausado pena principal no solicitada por acusación
          • Posible imponer de oficio pena accesoria
            • Exigencia objeto proceso penal
              • Objeto proceso penal determinada por petición pena principal sustanciada en hecho histórico homogéneamente típico
                • Y por identidad acusado

12.2.3.- REQUISITOS FORMALES
  • Ejercicio acción penal e interposición pretensión distanciados procedimentalmente
    • Acción ejercicio en acto iniciación proceso penal (denuncia, querella, oficio)
    • Pretensión proceso escalonado
      • Fase Instructora
        • Función en determinación objeto procesal doble
          • Contribuye a aportación material hecho tendente a demostrar tipicidad hecho punible
          • Determinar legitimación pasiva en proceso penal
        • Art. 299
          • Sumario = actuaciones preparación juicio y practicadas para averiguar y hacer constar perpetración delitos, con circunstancias influyentes en calificación y culpabilidad delincuentes
            • Asegurando personas y responsabilidades pecuniarias
        • Función objetiva no determina fundamentación fáctica pretensión
          • Posibilita afirmación por partes acusadoras
            • En proceso penal rige principio aportación
              • A partes acusadoras incumbe carga efectuar fundamentación fáctica pretensión
                • Partiendo de hechos investigados en sumario
                  • Conclusión primera o principal escrito calificación provisional
                    • Hechos punibles que resulten del sumario
      • Escrito Acusación
        • Escrito acusación proceso penal abreviado o escrito calificación provisional en proceso común
          • Formaliza pretensión penal
            • Cumple función similar a escrito demanda en proceso civil
        • Contenido
          • Descripción hecho punible
          • Determinación acusado
          • Calificación legal hechos
          • Pena solicitada
        • Primera delimitación objeto procesal
        • Determinación tema prueba sobre el que recaerá actividad probatoria juicio oral
      • Conclusiones Definitivas
        • No fijada definitivamente en escrito acusación
          • Puesta manifiesto distintas calificaciones jurídicas a invocadas en escrito calificación
            • O mutación pretensión consecuencia entrada nuevos hechos punibles en juicio oral
              • Ordenamiento faculta a partes
                • Modificar calificaciones provisionales
                  • Transformar en definitivas
        • Escrito conclusión última posibilidad partes acusadoras modificar pretensión penal
          • Definitivamente fijada en proceso
            • Deber congruencia Tribunal con respecto a conclusiones definitivas

12.2..4.- LA LITISPENDENCIA
  • Antecedente o proyección cosa juzgada
    • Identidad subjetiva
    • Identidad objetiva
    • Causa pedir
  • En proceso penal (múltiples partes acusadoras, no extensión efectos cosa juzgada) no rige doctrina tres identidades
    • Únicas determinantes las que integran objeto proceso penal
      • Identidad acusado
        • Salvo procesos comisión delito privado
          • Derecho no perseguibilidad delito
            • Necesario cumplir identidad subjetiva parte acusadora
              • Causa petendi no forma parte objeto procesal
                • Se circunscribe a hecho natural o histórico
      • Hecho punible (natural e indivisible)
  • Efectos
    • Procesales
      • Efecto positivo perpetuatio iurisdictionis
        • Juez Instrucción obligado resolución motivada notitia criminis
          • Inadmisión
          • Admisión
            • Resolución sobreseimiento
            • Conclusión sumario (proceso común) ... AP
            • Conclusión Diligencias Previas, apertura juicio oral y remisión JP (proceso abreviado)
      • Efecto negativo impedir apertura segundo proceso penal por mismos hechos y contra mismo acusado
        • Ningún otro juez instrucción autorizado apertura instrucción investigado contra el que exista instrucción en curso sobre mismo hecho
          • Inhibición segundo juez en favor primero
          • Suscitar cuestión inhibitoria o declinatoria competencia
        • No excepción alguna defensa
          • Sino auténtico presupuesto procesal
            • Hacerse valer y estimación oficio dentro instrucción
              • Sin perjuicio alegar artículo previo y especial pronunciamento amparo art. 666.1
                • O cuestión previa audiencia preliminar (en proceso abreviado) defensa o MF
                  • Jurisdicción penal improrrogable
      • Se producen desde momento admisión a trámite notitia criminis
        • Auto incoación sumario o diligencias previas momento traslado a Juez sospecha hecho punible susceptible investigación
          • A partir de este momento
            • Identidad objetiva necesaria para que objeto procesal determinado
              • No se integra mediante calificación jurídica
    • Materiales
      • Interrupción prescripción (art. 132.2 CP)
        • Prescripción interrupción, sin efecto tiempo transcurrido, cuando procedimiento dirigido contra persona indiciariamente responsable delito
          • Corre de nuevo
            • Desde paralización procedimiento
            • Finalización sin condena
      • Interrupción prescripción
        • Presentación denuncia o querella en Juzgado
          • Si Juzgado dicta Resolución judicial imputación
            • 6 meses desde incoación proceso penal delito
            • 2 meses desde incoación proceso penal delito leve
            • Efectos interrupción prescripción
              • Retrotraerán momento presentación  acto iniciación
        • No secundado por TS
          • Conflicto con TC (sentencias amparo)

12.3.- EL OBJETO EVENTUAL: LA ACUMULACIÓN DE LA PRETENSIÓN CIVIL AL PROCESO PENAL

12.3.1.- RÉGIMEN LEGAL Y FUNDAMENTO

  • Art. 100 LECrim
    • De todo delito o falta ... puede nacer acción civil pata restitución cosa, reparación daño e indemnización perjuicios causados por hecho punible
  • Fundamento acumulación acción civil a la penal derivada de delito
    • Economía procesal
      • Sistema permite discutir y decidir en un sólo proceso
        • Pretensión penal
        • Pretensión civil resarcitoria
          • Consecuencia daños por acción delictuosa
            • Evitar gastos y dilaciones

12.3.2.- CONCEPTO Y ELEMENTOS ESENCIALES
  • En realidad acción civil no nace del delito
    • Del delito nace derecho acción penal
      • Se ejercita a través distintos medios iniciación proceso penal
        • Del delito nace pretensión civil resarcimiento
          • Declaración voluntad planteada ante Juez o Tribunal Penal
            • Dirigida contra encausado o responsable civil
              • Sustanciada en comisión acto antijurídico
                • Daños en patrimonio perjudicado o actor civil
          • Acumulable a proceso penal en curso
            • O separable y reservarse para correspondiente proceso civil declarativo
              • Finalizado proceso penal (art. 111)
  • Requisitos subjetivos
    • Parte que deduce pretensión civil = actor civil
    • Parte que se opone a pretensión civil = responsable civil
    • Han de concurrir presupuestos especiales proceso civil
      • Capacidad ser parte
      • Actuación y conducción procesal
      • Legitimación activa y pasiva
        • Legitimación activa = perjudicados
          • Sufren en esfera patrimonial daño acción delictuosa
          • Víctimas delito
            • Daño o perjuicio sobre propia persona o patrimonio causados por comisión delito
              • Lesiones físicas o psíquicas
              • Daños emocionales
              • Perjuicios económicos
        • Legitimación pasiva = causantes daños
          • Responsabilidad directa
          • Solidaria
          • Subsidiaria
      • Postulación procesal
    • Objeto procesal penal a efectos identificación pretensión sólo necesaria identidad subjetiva investigado
      • En objeto procesal civil concurrencia identidad ambas partes
        • Actora
        • Demandada
  • Requisitos objetivos
    • Fundamentación o causa petendi
      • Alegación fáctica pretensión fundamento existencia delito o acto ilícito
        • Producida lesión a patrimonio actor civil
      • Decisivo actos y omisiones ilícitos intervención culpa o negligencia (auténtica fuente obligación)
      • A efectos deducción pretensión civil
        • Indiferente responsabilidad penal extinguida
          • No impide que acción típica, antijurídica, culpable y punible haya existido
            • Sostenible que declarada inexistencia delito
              • Juez Penal puede condenar civilmente consecuencia comisión acusado acto ilícito mediante culpa o negligencia, o mera responsabilidad objetiva
    • Petición
      • Pretensión penal indivisible e indisponible
      • Petición pretensión civil sometida a principio dispositivo
        • Actor dueño interposición y renuncia
          • Expresa
            • Vinculando mediante decisión actividad decisoria Tribunal
      • Reviste naturaleza pretensiones condena (de dar)
        • Objeto pretensión civil
          • Restitución cosa
            • Reponer estado cosas momento anterior a comisión delito, o devolver cosa a su legítimo propietario
              • Comisión delitos contra propiedad privada
                • Hurto, robo, estafa, alzamiento, apropiación indebida
              • Procedente incluso supuestos tercero adquirido cosa sustraída legalmente
                • Salvo adquisición buena fe adquirido cosa irreivindicable
              • Caben sentencias declarativas nulidad negocio jurídico
                • Objeto material a través del cual se consuma acción delictuosa
          • Reparación daño
            • Efectuar prestación personal
              • Paliar o remediar menoscabos sufridos en cosa
            • Art. 112 obligaciones dar, hacer o no hacer
            • Si prestación personal
              • Cabe ejecución subsidiaria
            • Si prestación personalísimas
              • Juez condena condenado cumplimiento
                • Aplicación supletoria multas coercitivas
                  • Salvo ejecutante opte por novación indemnización daños y perjuicios
          • Indemnización perjuicios
            • Condena pago cantidad dineraria suficiente cubrir daños perseguidos por delito
            • Surge cuando no es posible restitución y delito produzca perjuicio patrimonial
            • Daños
              • Materiales
              • Morales perjudicado, familia e incluso terceros
            • Ha de cuantificarse
              • No admisión sentencias condena a reserva liquidación
  • Requisitos formales
    • Pretensión civil se deduce en escrito acusación o calificación provisional
      • No se puede modificar sustancialmente pretensión civil en conclusiones definitivas
        • Se contravendría principio prohibición ampliación demanda
          • Generaría indefensión al responsable civil
      • Escrito acusación determina objeto procesal civil
        • Obligación congruencia Tribunal
          • Sentencia resolución cuestiones responsabilidad civil objeto juicio
      • Pretensión civil la puede deducir perjudicado
        • Comparece en instrucción mediante querella
        • A través ofrecimiento acciones
        • Adhesión
          • Se permite intervención litisconsorcial
            • Bajo misma representación y dirección letrada
      • Si perjudicado no comparece en proceso ni reserva acción para correspondiente proceso declarativo
        • MF
          • Vía sustitución procesal
            • La ejercita en su nombre

12.4.- EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN CIVIL POR EL MINISTERIO FISCAL

12.4.1.- NATURALEZA Y FUNDAMENTO
  • Proceso penal rige principio acumulación pretensión civil a proceso penal incoado
    • Con sola excepción renuncia o reserva acción civil por perjudicado
      • Si no sucede
        • MF obligado ejercitar acción civil en propio interés perjudicado
          • Supuesto legitimación derivada o por sustitución procesal
            • MF actúa en nombre propio
              • En interés perjudicado
                • MF misión velar por derechos ciudadanos
                  • De modo especial por personas desvalidas
        • Jurisprudencia niega legitimación activa para ejercicio pretensión resarcitoria

12.4.2.- PLURALIDAD DE PARTES
  • MF ejercicio acción civil en interés perjudicado
    • No exonera a Juez Instrucción obligación a entrar en procedimiento
      • Ofrecimiento acciones
        • Derecho tutela
        • Si perjudicado ejercitara derecho querella o comparecencia parte acusadora
          • Pluralidad partes
            • ¿Capacidad postulación MF y perjudicado referente ejercicio pretensión civil?
              • Constitución perjudicado parte actora
                • Eximir a MF ejercicio pretensión civil
                  • Art. 108 impone necesidad haya o no acusador particular ejercicio acción civil
              • No misma capacidad postulación
                • Única parte originariamente legitimada perjudicado = única parte principal
                  • Titular derecho subjetivo carácter disponible
                    • Goza de todo poder disposición pretensión civil
                      • Puede
                        • Renunciarla
                        • Reservarla para el declarativo
                        • Acumularla al procedimiento penal en curso
                  • MF subordinada a perjudicado
                    • Mero valor ilustración al órgano jurisdiccional
                      • Fundamentación pretensión resarcitoria
                        • Podría oponerse a concesión si la estimara infundada
                • Principio congruencia transcurre entre 
                  • Lo solicitado por perjudicado
                  • Resistido por responsable civil
                  • Concedido por órgano jurisdiccional


TEMA 13.- LA INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

13.1.- LOS ACTOS DE INICIACIÓN DEL PROCESO PENAL
  • Puesta en conocimiento órgano jurisdiccional notitia criminis
    • Sospecha comisión acción que revista caracteres delito
      • Determinación y presunto autor
        • Incoación fase instructora
          • Excepto procesos comisión delito perseguible a instancia de parte
            • Titularidad ofendido
              • Cumplimiento especiales requisitos formales
              • Cumplimiento especiales presupuestos procesales
              • Querella o denuncia
                • Medios ordinarios iniciación procedimiento penal
                  • Frente medios especiales
                    • Iniciación oficio
                    • Excitación especial Gobierno
      • Sospecha perpetración delito perseguible de oficio
        • Obligación Juez competente o no
          • Práctica primeras diligencias
            • Dar cuenta incoación a MF y Presidente AP

13.2.- LA DENUNCIA
  • Declaración conocimiento y voluntad
    • Transmisión a órgano judicial, MF o Autoridad funciones Policía Judicial
      • Noticia hecho constitutivo delito

13.2.1.- NATURALEZA
  • Declaración conocimiento
    • Transmisión a Policía o Autoridad Judicial sospecha comisión delito público

13.2.2.- SUJETOS
  • Denunciante
    • Capacidad y legitimación
      • Delito perseguible de oficio: persona física, aunque fuera incapaz
      • Art. 271 obliga a MF deducir querella
        • Pero Memoria FTS confirió plena capacidad denuncias
      • Delitos perseguibles a instancia de parte
        • Denunciante requisitos capacidad y legitimación
          • Legitimación activa requerida
            • Cualidad ofendido o sujeto pasivo hecho punible
      • Art. 259 LECrim testigos presenciales o directos perpetración hecho punible
        • Obligación conminada con multa denuncia hecho
          • Exención genérica incapaces (impúberes y no pleno uso razón) art. 260
          • Exenciones específicas razón parentesco (art. 261)
          • Obligación cualificada si relación funcionarial o Derecho Público vinculación especial Estado (art. 262)
            • Obligación denunciar por razón profesión u oficio
              • No alcanza a amparados por secreto profesional
                • Abogados no revelar secretos clientes
                  • Conminada con responsabilidad penal (art. 263)
  • Denunciado
    • Determinación e identificación investigado no requisito denuncia
      • Función fase instructora averiguar presunto autor hecho punible
        • Deber colaboración ciudadana obliga a transmitir datos identificación denunciado a Autoridad ante quien se formaliza denuncia, si son conocidos
        • Si se determinara tras primeras diligencias
          • Autoridad Judicial traslado a denunciado
            • Admitida denuncia e incoado procedimiento contra persona por determinado delito
              • No posible omisión imputación conocida por interesado
                • Ni clausurar instrucción sin haberle ilustrado derechos
    • Propio denunciado puede formular denuncia (autodenuncia)
      • No expresamente contemplada por LECrim
        • Pero es posible admisión
          • Atenuante arrepentimiento espontáneo CP

13.2.3.- ÓRGANO COMPETENTE
  • Juzgados
    • LECrim no exige a ciudadano lego en conocimientos jurídicos denuncia ante Juzgado competente
      • Presentación denuncia ante cualquier Autoridad Judicial encargada de prevención e investigación delitos
        • Si se presenta ante Juzgado competente
          • Constatación tipicidad
            • Iniciación correspondiente procedimiento penal (diligencias previas)
          • Inadmisión
            • Inexistencia de hecho
            • Ausencia tipicidad
            • ¿Exención o extinción responsabilidad penal?
              • No corresponde a esta fase
              • Requiere actividad probatoria o investigadora
            • Desestimación denuncia fundamento resolución
        • Si no se presenta ante Juzgado competente
          • Si hecho tipificado como delito
            • Práctica primeras diligencias
              • Dar cuenta inmediata a Juez Instrucción
              • Tras conclusión en plazo tres días remisión a Juez competente
                • Si elevación detención a prisión poner en dicho plazo detenido a disposición Juez competente
  • Ministerio Fiscal
    • LECrim legitima MF recibir y cursar denuncias formuladas
      • EOMF recibir denuncias
        • Envío a Autoridad Judicial
        • Decreto archivo
          • No fundamentos ejercicio acción alguna
            • Notificación decisión a denunciante
  • Policía
    • Denuncia dependencia FCSE o funcionarios Policía Judicial
      • Práctica diligencias prevención
        • Dar cuenta a Autoridad Judicial o MF
    • Policía facultada y obligada denunciar delitos mediante atestado

13.2.4.- REQUISITOS FORMALES
  • Denuncia no requisito especial
    • Transmisión notitia criminis
    • Identificación y ratificación denunciante
      • No autorización denuncias anónimas
    • Verbal o escrita
    • Personal o por medio mandatario poder especial

13.2.5.- ELEMENTOS MATERIALES
  • Notitia criminis o sospecha comisión delito
    • Puesta en conocimiento por denunciante a Policía Judicial o Autoridad Judicial
      • Apertura diligencias policiales prevención
      • Primeras diligencias (Juez Instrucción incompetente)
      • Diligencias previas o sumario
    • Única salvedad supuesto hecho punible
      • Inexistente
      • Carezca de capacidad

13.3.- LA QUERELLA

13.3.1.- CONCEPTO
  • Acto ejercicio acción penal
    • Querellante asume calidad parte acusadora a lo largo procedimiento
  • Acto procesal postulación
    • Asiste a ofendido o a sujeto derecho con capacidad necesaria
      • Se solicita de órgano jurisdiccional competente
        • Iniciación  procedimiento
        • Adquisición por querellante cualidad parte acusadora

13.3.2.- TIPOLOGÍA
  • MF, extranjeros ofendidos y ciudadanos españoles ofendidos o no por delito
  • Querella pública o acción popular
    • Art. 101 LECrim ciudadano no ofendido por delito
      • Pretende mero restablecimiento ordenamiento jurídico perturbado por comisión delito
        • Asiste a todo ciudadano español capaz, no ofendido por delito y MF
    • TC acción popular derecho constitucional (art. 125 CE)
      • No auténtico derecho tutela judicial efectiva
        • Pertenece a ofendido o perjudicado
  • Querella privada
    • La plantea ofendido por delito
      • Titular derecho fundamental tutela judicial
    • Admisión origina aparición en esfera proceso acusador particular
      • Puede o no ostentar titularidad acción penal e incluso procedimiento
    • Subdivisión
      • Querellas privadas exclusivas
      • Querellas privadas relativas

13.3.3.- PRESUPUESTOS
  • Presupuestos generales: la capacidad
    • Presupuestos genéricos querella = presupuestos procesales partes
      • Capacidad
        • MF
          • Ejercicio acción penal
            • Consecuencia misión CE promover acción justicia en defensa legalidad
              • A través denuncia o querella
                • Querella delitos contra libertad sexual, Hacienda Pública, Seguridad Social
        • Personas jurídicas
          • Capacidad ser parte y actuación procesal interposición querella
        • Personas físicas
          • Más amplia capacidad ejercicio querella pública o privada
          • Tres supuestos incapacidad absoluta ejercicio acción popular (no alcanza querella privada)
            • Incapaces civiles
            • Condenados dos veces delitos acusación calumniosa
            • Jueces y Magistrados
          • Art. 103 incapacidad relativa relacionada con parentesco en ejercicio querella privada
            • Parientes sólo ejercicio acciones penales entre sí
              • Causa comisión delitos contra las personas
                • En los demás incapaces para ejercicio acusación
                  • No obsta para denunciar delitos
                    • Y MF ejercite acción penal
                      • Prospera si no incursos en excusa absolutoria
      • Legitimación
      • Postulación procesal
  • Legitimación
    • Sujetos derecho capacidad ejercicio querella pública
      • También legitimación activa
        • En acción popular confusión presupuestos procesales
    • Querella privada
      • Legitimación activa determinada por cualidad ofendido acción delictuosa
        • Sujeto pasivo delito
  • Competencia
    • Competencia objetiva, salvo aforados, Juzgado Instrucción
    • Competencia territorial, demarcación judicial delito cometido
  • Postulación
    • Art. 277 LECrim
      • Querella se presentará por medio procurados poder bastante y suscrita por Letrado
        • Exige firma querellante si procurador no poder especial
    • Requisitos postulación querellante
      • Poder representación procesal
      • Firma Abogado
      • Ratificación querellante
    • Presentación querella poder especial
      • Requisito sanable
        • Poder general ... ratificar querellante apud acta
          • Si requerido querellante aportar poder especial no lo hace
            • Inadmisión como parte
  • Presupuestos especiales
    • Certificación acto conciliación sin avenencia (delitos perseguibles a instancia de parte)
    • Licencia Juez o Tribunal (calumnias o injurias vertidas en juicio)

13.3.4.- REQUISITOS FORMALES
  • Art. 277 LECrim
    • Necesidad plasmar por escrito 
      • Identificación querellante y ratificación
        • Ofendido mismo resultado si presenta denuncia y comparece como parte 
          • A través ofrecimiento acciones o interviniente adhesivo
        • En ejercicio intervención principal no necesario formalizar escrito querella en proceso penal abreviado
          • Salvo acción popular
      • Identificación querellado
        • Sólo exigible si se conociera
          • En otro caso acreditación a lo largo instrucción

13.3.5.- ELEMENTOS MATERIALES
  • Relación circunstanciada del hecho
    • Art. 277.4 querella relación circunstanciada hecho
      • Expresión lugar, año, mes, día y hora ejecución
    • En fundamentación fáctica querella reflejo notitia criminis
      • Si no ... desestimación
    • Si sospecha que se pone en conocimiento Juzgado penalmente típica
      • Aún incumpliendo otros requisitos querella
        • Obligación incoar instrucción ineludible
          • Querella irregular = denuncia
  • Declaración voluntad
    • En denuncia declaración voluntad se presupone (no necesidad reflejar)
    • Art. 277.6 exigencia declaración voluntad en querella
      • Petición admisión
      • Práctica diligencias indicadas
      • Proceder a detención y prisión presunto culpable
        • O exigir fianza libertad provisional
      • Y acuerdo embargo bienes en cantidad necesaria
    • Legislador olvidó incorporar petición querellante como parte acusadora a lo largo procedimiento
      • Elemento individualizador querella respecto a denuncia escrita
        • Si petición implícita con solicitud admisión querella y práctica diligencias
    • Solicitud graves medidas cautelares
      • No requisito querella
        • Ni puede Juez acceder a ellas (carácter prematuro)
          • Con sola excepción racional inferir peligro fuga investigado
            • Exigencias derecho defensa
              • Obligan a Juez a oir, con carácter previo a querellado

13.3.6.- LA FIANZA
  • Sólo exigible en querella pública o popular
    • Y querella privada extranjeros
    • Freno acusación calumniosa
      • Asegurando responsabilidades desistimiento querellante o renuncia querella
      • Cubrir costas acusador consecuencia maliciosa o negligente conducta
  • Principio proporcionalidad
    • TC cuantía adecuada al patrimonio querellante
      • Art. 20.3 LOPJ no podrán exigirse fianzas que por inadecuación
        • Impidan ejercicio acción popular
          • Siempre gratuita
  • Forma y efectos
    • Prestarse en alguna modalidad art. 591 LECrim
      • Personal
      • Pignoraticia
      • Hipotecaria
    • Si cuantía fianza fuera adecuada
      • No satisfacción dentro plazo indicado por Juzgado
        • Abandono querella
          • A sólo efectos no tener querellante como parte acusadora

13.3.7.- ADMISIÓN Y ESTIMACIÓN
  • Querella ha de interponerse ante órgano jurisdiccional competente (a diferencia denuncia)
    • Examen de oficio competencia
      • ¿Concurrencia o no demás presupuestos procesales?
      • ¿Fundamentación?
      • Pronunciación sobre fondo
        • Estimando o desestimando o inadmitiendo querella en función tipicidad
          • Rechazo ... razonar motivos inadmisión o desestimación
            • Notificar a querellante auto inadmisorio, desestimatorio o archivo
          • Estimación (admitida a trámite)
            • Incoación procedimiento penal
            • Litispendencia
            • Interrupción prescripción delitos
            • Admisión querellante como parte acusadora
              • Facultad expresa solicitar práctica diligencias
              • Publicidad relativa instrucción
                • Salvo Juez decreto secreto instructorio
      • Inadmisión querella por falta de competencia
        • Convierte querella en denuncia
          • Si delito público, Juez debe enviarla a Juez competente
  • Autos inadmisión actos postulación iniciación proceso
    • No producen totalidad efectos materiales cosa juzgada
      • No significa que no produzcan ninguno
        • Dentro relación circunstanciada hecho ... extensión
    • Denuncia
      • No supone ejercicio derecho acción
        • No conculca derecho tutela
      • Inadmisión por razones estrictas legalidad
        • Inexistencia hecho
        • Falta tipicidad hecho
        • En Proceso Menores MF puede inadmitir por falta autor conocido
    • Querella
      • Supone ejercicio derecho acción
        • Inadmisión conculca derecho tutela
      • Rechazo querella
        • Admisibilidad (inadmisión)
          • Ausencia en querella presupuestos y requisitos condicionan validez formal
          • Art. 313 LECrim dos motivos rechazo querella
            • Falta competencia
            • Falta tipicidad hecho
          • Art. 312 LECrim
            • Juez admitirá querella si fuera procedente
              • Puede repeler querella por falta requisitos distintos falta competencia o falta tipicidad hecho ... rechazo por improcedencia
                • Falta manifiesta legitimación activa
                • Falta presupuestos procesales
                • Falta de representación procesal
                • Falta competencia
                • Existencia litispendencia
                • Cumplimiento requisitos
                  • Identificación y ratificación querellante
        • Fundabilidad (desestimación)
          • Rechazo motivos fondo
            • Sólo cuando hechos en que se funde no delito
              • Falta absoluta tipicidad penal (art. 313 LECrim)
                • Recordemos que denuncia también desestimada porque el Juez la considere manifiestamente falsa
                • Auto desestimatorio
                  • No puede utilizar fórmula sobreseimiento
                    • Sólo reclamable si se han practicado determinadas diligencias en fase instructoria
        • Resoluciones inadmisión o desestimación querella
          • Provocan reanudación prescripción delitos
            • Y condena en costas querellante
          • Cabe interponer recurso reforma
            • Y subsidiario, en ambos efectos, apelación
              • Para que órgano ad quem pueda controlar procedencia inadmisión
                • Autos desestimatorios minuciosamente motivados

13.4.- LA INICIACIÓN DE OFICIO

  • Art. 308 LECrim
    • Inmediatamente Jueces Instrucción conocimiento noticia perpretración delito
      • Puesta en conocimiento Fiscal ... darán parte Presidente AP
        • Suele utilizarse iniciación comisión hechos punibles notoriedad y delitos contra Administración Justicia
          • Órgano jurisdiccional disponer previamente formación correspondiente testimonio particulares
      • No faculta ejercicio acción penal ex oficio por propio Juez Instrucción
        • Posibilidad expresamente prohibida
          • No capacidad ejercicio acción penal Jueces y Magistrados
            • Juez no facultad sostenimiento pretensión penal
              • Corresponde MF
                • LAJ puesta en conocimiento MF y Presidente AP iniciación Instrucción


TEMA 14.- EL ATESTADO

14.1.- CONCEPTO E INICIACIÓN
  • Atestado = acto procesal Policía Judicial
    • Diligencias policiales prevención
      • Surgidas como consecuencia conocimiento por policía comisión delito público
        • Práctica diligencias precisas y urgentes
          • Determinar hecho punible y participación autor
          • Detener delincuente y asegurar cuerpo delito
            • Traslado junto con detenido y plazo requerido a Autoridad judicial
    • Incoación consecuencia sospecha comisión delito público
      • Funcionario policía tomar conocimiento oficio
      • Denuncia particular
    • Si delito semipúblico o privado
      • No incoación atestado sin denuncia previa ofendido
        • Salvo delitos semipúblicos con interés público
    • Si media denuncia ofendido
      • Constatación verosimilitud y tipicidad
        • Realización atestado si fuera requerido
    • Ausencia denuncia
      • No impedirá práctica primeras diligencias prevención y aseguramiento delitos propiedad intelectual e industrial

14.2.- CONTENIDO
  • Atestado objeto fundamental
    • Práctica en sede policial
      • Diligencias prevención (Policía, Jueces incompetentes)
        • Policía Judicial objeto y obligación averiguar delitos públicos territorio
          • Práctica diligencias comprobación
            • Descubrir delincuentes
              • Recoger efectos, instrumentos o pruebas delito desaparición peligro
                • Puesta en disposición Autoridad Judicial

14.2.1.- EVOLUCIÓN HISTÓRICA
  • Interrogatorio policial
    • TC acabó con práctica forense utilización tortura para obtener confesión detenido
    • Mero valor denuncia atestado policial
    • A ningún ciudadano condenar con sóla confesión prestada en dependencias judiciales
  • Nuevos medios tecnológicos
    • 1988 instauración proceso penal abreviado
      • LECrim faculta a policía utilización fotografía actas constancia (reproducción realidad externa)
        • Valor prueba documental pública
          • Introducibles en juicio oral
            • Fundar sentencia condena
      • Pruebas alcoholimétricas
        • Carácter irrepetible resultado
          • Atestado policial efecto prueba preconstituida
      • Pruebas desarrollo tecnológico y Medicina Legal

14.2.2.- LOS ACTOS INSTRUCTORIOS DEL ATESTADO
  • Actos investigación
    • Robustecen notitia criminis
      • Fundan base fáctica juicio imputación
      • Fundamentación escrito acusación
    • Por sí sólos no generan acto prueba que permita Tribunal sentencia condena
      • Actos instructorios han de reproducirse en calidad actos prueba, en juicio oral
    • Declaración detenido
    • Declaraciones testificales
    • Informes periciales
  • Actos prueba preconstituida
    • Suficientes para desvirtuar presunción inocencia
      • Aptos para fundar sentencia condena
    • Recogida cuerpo delito
      • En especial estupefacientes
    • Pruebas alcoholimétricas
    • Grabaciones video - vigilancia
    • Geolocalización
    • Inspecciones corporales
    • Intervención actos electrónicos tráfico
    • Gestión bases datos policial indicadores ADN

14.2.3.- DECLARACIÓN Y CITACIÓN TESTIGOS, PERJUDICADOS U OFENDIDOS: EL DEBER DE INFORMACIÓN
  • Policía obligación identificar y prestar declaración testigos, perjudicados y ofendidos
    • Art. 293 policía presta declaración en calidad testigo a personas que presenciaron comisión delito
    • Art. 770 LECrim obligación Policía Judicial reseñar identificación personas lugar cometido hecho
      • Si hecho investigado ámbito aplicación juicios rápidos
        • Tras prestar declaración
          • Emplazar ante Juzgado Guardia
      • Si quien comparece lo hace en calidad ofendido o perjudicado
        • Previa a citación, Policía debe informar a víctima derechos que le asisten
          • Contenido
            • Mostrarse parte en causa sin necesidad formular querella, en paridad armas con MF
              • Derecho formular alegaciones, publicidad o toma conocimiento actuaciones practicadas
            • Derecho solicitar asistencia jurídica gratuita y nombramiento Abogado oficio
            • Si no se persona en procedimiento
              • MF ejercita acción penal y civil por sustitución procesal
                • Si no renuncia o reserva
            • Derecho asistencia médica y psicológica delitos violación y contra libertad sexual
            • Derecho percibir ayudas económicas con cargo PGE
            • Conocer actos procesales que puedan afectar a seguridad
            • Ser informada por servicios justicia restaurativa o mediación
          • De forma escrita en toma declaración
            • Al principio o final interrogatorio (no conculca derecho tutela)
              • Investigado siempre al principio

14.3.- LA INSTRUCCIÓN DE LOS JUICIOS RÁPIDOS
  • Preinstrucción atestado especial juicios rápidos
    • Actuación inicial presupuesto básico para incoación
    • Instrucción, ante Juzgado Guardia
      • Requiere actuación inmediata práctica diligencias
        • Omisión haría imposible aplicación proceso

14.3.1.- PLAZO PRÁCTICA DILIGENCIAS POLICIALES
  • Art. 796.1 Policía Judicial conclusión diligencias tiempo imprescindible
    • En todo caso tiempo detención
      • Excepto si imputado no detenido, ni localizado
        • Retener realización diligencias plazo máximo 5 días

14.3.2.- ACTUACIONES ASISTENCIALES
  • Posibilidad requerir presencia facultativo o personal sanitario
    • Prestar oportunos auxilios al ofendido
    • Facultada para solicitar copia informe asistencia prestada
      • Unión a atestado policial
        • Acredita realidad asistencia médica
          • Lugar, día y hora
          • Naturaleza lesiones apreciadas
        • Carácter prueba documental preconstituida

14.3.3.- ACTUACIONES RELATIVAS AL DERECHO DE DEFENSA
  • Art. 767 desde detención o actuaciones resultare imputación delito contra persona necesaria asistencia letrada
    • Policía Judicial, MF o Autoridad Judicial recabarán de Colegio Abogados designación abogado de oficio si no nombrado por interesado
      • Incoadas diligencias urgentes
        • Juez pondrá en conocimiento defensa atestado

14.3.4.- ACTOS DE CITACIÓN
  • Emplazamientos Policía Judicial a personas o entidades

14.3.5.- DILIGENCIAS PERICIALES
  • Art. 796.6 Policía Judicial colaboración, o excepcionalmente practicar por sí misma análisis sustancias intervenidas
    • A diferencia acto recogida estupefacientes, no valor prueba preconstituida
      • Acto investigación
        • Susceptible impugnación en juicio oral

14.4.- NATURALEZA
  • Actos procesales integrantes investigación preliminar
  • Diligencias atestado no actos administrativos
    • Policía no actúa titular supuestas potestades administrativas
    • Actos procesales
      • Realizados por Policía Judicial
        • A prevención Autoridad Judicial
        • Comisionado por razones urgencia
          • Notificación inmediata Autoridad Judicial y MF incoación atestado
          • Destinados a conformar objeto proceso penal
            • Determinación hecho punible y presunto autor
  • Si Juez Instrucción se presenta en diligencias policiales a instruir sumario
    • Cesan diligencias prevención Autoridad policial
      • Entrega en acto a Juez como efectos relativos delito recogido
        • Poniendo a disposición detenidos
  • Intervención atestado funcionarios públicos en marco competencias
    • Documentos públicos oficiales
      • Procesalmente, atestado examinado oficio en juicio oral por Tribunal sentenciador
      • Materialmente, funcionario policía puede incurrir en falsedad documental

14.5.- REQUISITOS FORMALES
  • Papel normal, foliado, incluso reverso ... desaparición con LEXNET
    • Sistema comunicación electrónica, Jueces, Magistrados, FCSE
  • Si funcionario se equivoca en redacción documento
    • Suple error con fórmula digo / quiere decir
      • Si posterior pero antes cerrar diligencia
        • Constancia al final
  • Estructura
    • ENCABEZAMIENTO
      • Funcionario instructor y secretario atestado, nº carnet profesional y unidad administrativa adscritos
      • Si atestado principiado mediante denuncia verbal
        • Identificación denunciante DNI y domicilio
      • Si atestado principiado mediante denuncia escrita
        • Firma denunciante
        • Rúbrica funcionario en todas hojas
        • Adjuntar a atestado
      • Si investigado detenido
        • Lugar, día y hora
          • Detención, puesta en libertad, disposición autoridad judicial
    • HECHOS
      • Núcleo fundamental atestado.
        • Se erige en denuncia trasladada al Juez Instrucción
      • Narración hechos no prueba alguna
        • Narración fáctica circunstancias espaciales y temporales, ordenado o estructurada
        • Objeto prueba notitia criminis
          • Principios legalidad: respeto a derechos fundamentales investigado
          • Imparcialidad
          • Objetividad
          • Veracidad
          • Precisión
          • Abstenerse funcionario juicios valor
        • Acto procesal aportación hechos al proceso
          • Autoridad judicial elabore base fáctica acto imputación y MF escrito acusación
    • CALIFICACIÓN JURÍDICA
      • Policía Judicial calificación hecho punible
        • Subsunción en preceptos sustantivos CP
          • Calificación no vincula al Juez Instrucción eventual acto imputación ni MF escrito acusación
    • ANEXOS
      • Diligencias o resoluciones Instructor
      • Actos investigación y prueba preconstituida (constatación)
        • Actas e informes técnicos
      • Atestado firmado al pie diligencias por funcionario instructor y secretario
        • Personas presentes, peritos, testigos invitados firma
          • Si no firmaran, exposición razón, salvándose en diligencia
            • No obligación deponer ante Policía Judicial
      • Si Atestado investigación compleja
        • Ordenar estructuralmente actas e informes de acuerdo a naturaleza y secuencia cronológica
      • Atestado debe contar con índice


14.6.- EL SECRETO DEL ATESTADO
  • Atestado actuación procesal
    • Obligación funcionarios garantizar secreto
      • Si vulneración ... responsabilidad disciplinaria e incluso penal

14.6.1.- FRENTE A LA SOCIEDAD
  • Más absoluto secreto atestado
    • Evitar posibles comunicaciones atestado con otros coautores
      • Y también juicios paralelos
  • Autoridades Instrucción han de abstenerse directamente a prensa
    • Y efectuar juicios culpabilidad investigado (Directiva UE 2016/343)
      • EEMM medidas necesarias garantía mientras no probado culpabilidad sospechoso o acusado con arreglo a Ley, declaraciones públicas y resoluciones judiciales no de condena no referidas a persona como culpable

14.6.2.- FRENTE AL INVESTIGADO
  • Art. 17.3 CE obligación policía informar detenido razones detención
    • Imputación hecho punible
      • Sin puesta en conocimiento no posibilidad defensa
  • Directiva 2012/13 derecho investigado informado hechos que se le imputan
    • Y cualquier cambio relevante en objeto de investigación y hechos imputados
      • Información facilitada con grado detalle suficiente para ejercicio efectivo derecho defensa
  • Información escrita, inmediata y comprensiva
    • Anterior a interrogatorio policial
      • No totalidad atestado
        • Sólo actuaciones esenciales para impugnar legalidad detención
  • Conveniencia Policía Judicial culmine rápido atestado
    • Puesta a disposición MF
      • Instar de Juez Instrucción pertinente Auto secreto instructorio
        • Garantía derechos e intereses constitucionales
          • Excepcionalmente MF solicitar auto declaración detención incomunicada
            • No privar nunca a detenido derecho notificación sucinta descripción hecho imputado
              • Ni elementos determinantes imputación material y requisitos formales detención
                • Posibiliten
                  • Ejercicio habeas corpus
                  • Derecho defensa

14.7.- PLAZO

14.7.1.- INICIACIÓN
  • Comunicación inmediata (LEXNET)
    • Apertura diligencias policiales prevención
      • Relevante cuando se practique detención investigado
        • Especiales plazos duración procesales y penales

14.7.2.- CONCLUSIÓN
  • Terminación atestado y remisión a Juez competente
    • Si determinado e identificado investigado
      • Policía Judicial retener atestado hasta culminar diligencia
        • Salvo supuestos art. 284.2 LECrim
          • Delitos contra vida, integridad física, libertad e indemnidad sexuales o delitos corrupción
          • Practicar diligencia después 72 horas desde apertura atestado, y hayan tenido resultado
          • MF o autoridad judicial soliciten remisión
      • Estatuto Víctima Delito
        • Policía Judicial comunicará a denunciante en caso no identificado autor en plazo 72 horas
          • Actuaciones no remisión a Autoridad Judicial
            • Sin perjuicio a reiterar denuncia ante Fiscalía o Juzgado Instrucción
    • Si sujeto pasivo no detenido
      • Plazo conclusión atestado = diligencias prevención 3 días
        • Si policía desea continuar elaboración diligencias sobre investigado
          • Posible presentar atestado en Fiscalía
            • Incoación diligencias informativas
              • Ordenar a Policía Judicial práctica diligencias pertinentes comprobación hecho o responsabilidad partícipes

14.8.- ENTREGA
  • Obsolescencia art. 496.1
  • Policía ha de entrar atestado con o sin detenido
    • A Juez Instrucción Guardia competente
      • Aún cuando Juzgados Centrales Instrucción distanciados

14.9.- VALOR PROCESAL ATESTADO

14.9.1.- EL ATESTADO COMO DENUNCIA
  • LECrim distingue
    • Diligencias manifestación
      • Mero valor denuncia
    • Declaraciones testificales
      • Hechos conocimiento propio
        • Actos investigación testifical
  • Jurisprudencia
    • Sólo auténticas pruebas vinculantes órganos justicia penal en momento dictar sentencia
      • Practicadas en juicio oral
        • Bajo vigencia principios legalidad, contradicción, inmediación y publicidad
          • Atestado policial uniforme doctrina valor denuncia hábil para incoación instrucción
            • No medio, sino objeto de prueba

14.9.2.- LA PRUEBA PRECONSTITUIDA
  • Jurisprudencia TC y TS distinción valor atestado y diligencias acompañantes anexo
    • Diligencias convertidas en actos prueba preconstuida
      • Pueden fundar sentencia condena si cumplen requisitos jurisprudencia constitucional
        • Versen sobre actos irrepetibles (no posible traslado a momento realización juicio oral)
        • Exista necesidad o urgencia (no puede reclamarse intervención autoridad judicial)
        • Garantía posibilidad contradicción (si investigado asistido de Abogado, policía debe notificarle previamente diligencia para intervenir y formular observaciones pertinentes)
        • Respeto genuidad cadena custodia en caso recogida cuerpo delito o ADN
    • Doctrina constitucional valor probatorio atestado policial
      • Sólo auténtico elemento probatorio si reiterado y ratificado en juicio oral
        • Mediante declaración testifical agentes policía firmantes
          • Vulnera derecho a presunción inocencia sentencia condenatoria que se dicte sobre base atestado policial no ratificado
      • Atestado virtualidad probatoria
        • Datos objetivos y verificables
          • Partes atestado utilizados como elementos juicio coadyuvantes
            • Si son introducidos en juicio oral
              • Como prueba documental
                • Posibilitar efectiva contradicción por partes
      • Actividad probatoria, prueba pericial preconstituida
        • Si atestados pericias técnicas agentes policiales
          • No posible reproducir en juicio oral
            • Atestado incorporación a proceso ratificado



TEMA 15.- LA FASE INSTRUCTORA: CONCEPTO, CONTENIDO Y CLASES

15.1.- CONCEPTO Y REGULACIÓN LEGAL
  • Conjunto actos investigación
    • Practicados por Juez Instrucción
      • Tras Auto Incoación
        • Hasta Auto conclusión o sobreseimiento
          • Objeto
            • Preparación juicio oral
              • Determinación hecho punible y presunto autor
            • Sobreseimiento causa
            • Adopción medidas cautelares y provisionales, penales y civiles
              • Tendentes a ulterior cumplimiento Sentencia
  • Fase instructora encomendada a órgano jurisdiccional distinto a enjuiciamiento
    • Actividad actitud inquisitiva
      • Compromiso imparcialidad órgano decisor
      • Derecho fundamental juez legal imparcial
      • Principio constitucional acusatorio
        • Evitar prejuzgamiento acerca culpabilidad imputado

15.2.- FUNCIONES DE LA FASE INSTRUCTORA
  • Fase instructora = sumario
  • Art. 299 LECrim sumario
    • Actuaciones preparar juicio
      • Practicadas averiguar y hacer constar perpetración delitos
        • Circunstancias que pueden influir en calificación y culpabilidad delincuentes
          • Asegurar personas y responsabilidades pecuniarias
  • Función genérica instrucción
    • Preparar juicio oral
  • Funciones específicas instrucción
    • Actos instructorios o investigación
      • Averiguar preexistencia, tipicidad hecho y autoría
    • Medidas cautelares penales y provisionales
    • Disponer medidas cautelares civiles (aseguratorias pretensión civil) 

15.3.- CLASES
  • Multiplicidad procedimientos ordinarios y especiales
    • Investigación Juez Instrucción ordinario
    • Diligencias policiales prevención
      • Conocimiento comisión delito
        • Denuncia ante Policía Judicial
    • Diligencias informativas MF
      • Investigación preliminar
        • Anterior a incoación instrucción judicial
    • Diligencias judiciales prevención (primeras diligencias)
      • Jueces Instrucción incompetentes
        • Determinar provisionalmente hecho punible
        • Asegurar cuerpo delito
        • Adoptar medidas cautelares urgentes
    • Sumarios Jueces Instrucción especiales
    • Instrucción MF proceso penal menores
    • Diligencias investigación Jueces Delegados y Comisionados
  • Fases instructoras (criterio objetivo o procedimental)
    • Sumario ordinario
      • Incoación ante sospecha comisión delito muy grave y no competencia Ley Jurado
    • Instrucción complementaria Ley Jurado
      • Objeto procedimiento delitos competencia Ley Jurado
    • Diligencias previas Procedimiento Abreviado
      • Enjuiciamiento delitos competencia JP y AP
        • Pena objetiva privativa libertad menor 9 años
    • Diligencias Urgentes
      • Juicios rápidos delitos art. 795
        • Cumplido presupuestos procedimiento especial vocación ordinario
    • Diligencias Instructoras Juicios delitos leves
      • Juicios rápidos
      • Juicios faltas ordinarios

15.4.- CONTENIDO
  • Funciones art. 299 ... Actos procesales fase instructora
    • Actos instructorios o investigación
      • Actos aportación hechos al proceso
    • Actos prueba sumarial (preconstituida y anticipada)
      • Actos aportación hechos al proceso
    • Medidas cautelares y provisionales (penales y civiles)

15.5.- ACTOS DE APORTACIÓN DE HECHOS
  • Finalidad exclusiva: introducir hechos en proceso
  • Proceso declarativo penal dos fases
    • Instructora
      • Actos aportación fáctica función preparar juicio oral (actos instructorios o de investigación)
        • Comprobación o investigación notitia criminis
          • Determinar hecho punible y presunto autor
            • Presupuestos materiales partes acusadoras confeccionen escritos acusación
              • Entrada definitiva hechos en escrito acusación o calificación provisional
    • Juicio oral
      • Hechos función lograr evidencia Tribunal dicte sentencia condena vs absolutoria (actos prueba)

15.6.- LOS ACTOS DE INVESTIGACIÓN
  • Actos instructorios (diligencias sumariales)
    • Actos partes y Juez Instrucción
      • Introducen en fase instructora hechos necesarios
        • Acreditar existencia hecho punible, tipicidad y autoría
        • Evidenciar ausencia presupuesto condicionante apertura juicio oral

15.6.1.- ACTOS INSTRUCTORIOS PARTES ACUSADORES
  • Actos aportación en sumario ordinario o diligencias previas
    • Hechos constitutivos pretensión penal
      • Obtención del juez de Instrucción convencimiento participación imputado en hecho punible
        • Obtener apertura juicio oral
  • Directos e indirectos
    • Actos directos instructorios
      • Introducen o amplían notitia criminis
        • Iniciación proceso penal
        • Escritos ampliación denuncia o querella
        • Peticiones adopción medidas
        • Auto procesamiento
    • Actos indirectos
      • No aptos para entrada en objeto procesal
        • Petición práctica diligencias
          • Si atendidos por Juez y dispuesta práctica
            • Conversión en actos instructorios

15.6.2.- ACTOS INSTRUCTORIOS  DEFENSA
  • Proceso penal presunción inocencia
    • Fase instructora
      • Investigación hecho punible
      • ACREDITAR INOCENCIA IMPUTADO
        • Inexistencia hecho
        • Falta tipicidad
        • Falta participación en hecho de imputado
        • Concurrencia causa extinción responsabilidad penal
        • Causas exención responsabilidad
        • Provocar archivo o sobreseimiento actuaciones sumariales
  • Directos
    • Escritos defensa actos iniciación proceso penal
    • Declaraciones imputado
    • Oposición a solicitud medidas cautelares
    • Auto procesamiento
    • Peticiones archivo y sobreseimiento
  • Indirectos
    • Petición diligencias por parte defensa
      • E intervenir en mismas
        • Salvo declaración secreto instructorio

15.6.3.- ACTOS DEL JUEZ DE INSTRUCCIÓN
  • Fase instructora no rige principio aportación
    • Investigación de oficio
      • Policía Judicial como Juez Instrucción
        • Ante sospecha comisión delito público
          • Obligados a incoar sumario o diligencias previas
            • Y practicar actos investigación
              • Acreditar hecho
              • Presunta responsabilidad autor
    • Director instrucción Juez vs partes
      • Actos instructorios practicados y declarados Juez Instrucción
        • No asunción plena, sino fragmentaria
          • Asunción Juez de manera negativa al dictar auto inadmisión querella, archivo o sobreseimiento
            • Determina definitivamente actos aportación (benefician a defensa)
          • Fija hechos determinantes legitimación pasiva en actos instructorios de imputación
            • Auto procesamiento (en proceso común se erige en presupuesto subjetivo acusación)
            • Auto Transformación Procedimiento Penal Abreviado
  • Actos instructorios
    • Preparación juicio oral
      • Investigación hecho punible y autoría
        • Mayor parte prescripciones actos instructorios
          • Aplicación supletoria a correspondientes medios prueba en juicio oral
            • Junto a actos instructorios clasicos
              • Consecuencia progreso Ciencia
                • Intervenciones corporales y análisis ADN, intervención comunicaciones, datos electrónicos tráfico e Internet
                  • Ausentes regulación normativa
                  • Previstos en LECrim defectuoso

15.7.- LOS ACTOS DE PRUEBA
  • No son actos investigación sumarial
    • Actos sumario introducción hechos en proceso para que partes puedan instar sobreseimiento, apertura juicio oral y formular escrito acusación
  • Pueden generarse en instrucción
    • Dirigidos a fundar una sentencia condena


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